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Psicologia juridica. ADOPCIÒN IGUALITARIA

Enviado por   •  27 de Marzo de 2018  •  2.696 Palabras (11 Páginas)  •  274 Visitas

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Gratuidad de la adopción la norma Colombiana establece en el Código de la Infancia y la Adolescencia, Articulo 74, lo siguiente de estricto cumplimiento: “...Ni el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ni las Instituciones Autorizadas por éste para desarrollar programas de adopción, podrán cobrar directa o indirectamente retribución alguna por la entrega de un menor para ser adoptado. En ningún caso podrá darse recompensa a los padres por la entrega que hagan de sus hijos para ser dados en adopción ni ejercer sobre ellos presión alguna para obtener el consentimiento.[2]

El Artículo 68 del Código de la Infancia y la Adolescencia establecen que para adoptar de manera conjunta o individual se debe:

Ser plenamente capaz.

Tener 25 años de edad cumplidos.

Demostrar la idoneidad física, mental, moral y social suficiente para ofrecerle una familia adecuada y estable a un menor de 18 años de edad.

Tener al menos 15 años más que el adoptable.

Consideraciones generales para tramitar la adopción

La adopción tiene dos etapas:

Etapa 1 - Administrativa, que se surte ante el ICBF, en la cual se declara adoptable al niño.

Etapa 2 - Judicial: La adopción es decretada a través de sentencia judicial en los Juzgados de Familia, cuya sentencia debidamente ejecutoriada establece la relación paterno-filial.

Los lineamientos técnicos se constituyen en una herramienta a través de la cual el ICBF, tiene la posibilidad de seleccionar las familias que garanticen un hogar estable y seguro que garantice el desarrollo armónico del niño. Si la solicitud es para niños con características y necesidades especiales.

Estas solicitudes tendrán total prelación:

Tres (3) o más hermanos.

Dos (2) hermanos, uno de ellos con más de 8 años.

Un/a (1) niño/a mayor de 8 años sin discapacidad ni enfermedad.

Un/a (1) niño/a con discapacidad física o mental de cualquier edad.

Un/a (1) niño/a con enfermedad permanente (VIH, Cardiológicas, Renales, entre otras).

Para este tipo de adopciones se considerará la regla básica de que el adoptante deberá tener más de 25 años y 15 años de diferencia entre adoptante y adoptado. NO se someterá a los turnos de las listas de adoptantes.

Es importante tener en cuenta:

La adopción es irrevocable

El adoptivo llevará los apellidos de los adoptantes

Por la adopción el adoptivo deja de pertenecer a su familia biológica y se extingue todo parentesco de consanguinidad

Los trámites que se adelanten en el ICBF en relación con las adopciones son totalmente gratuitos.

(ART. 68) - Código de la Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 2006.

Los cónyuges (esposos).

Las personas solteras, viudas o separadas.

La pareja formada por un hombre y una mujer que demuestre una convivencia ininterrumpida de por lo menos dos años. Este término se contará a partir de la sentencia de divorcio, si alguno de ellos hubiera estado casado o con un vínculo matrimonial anterior.

El guardador al pupilo o ex pupilo, una vez aprobadas las cuentas de su administración.

El cónyuge o compañero permanente, al hijo del cónyuge o compañero, que demuestre una convivencia ininterrumpida de por lo menos dos años.

En Colombia se puede adoptar:

Niñas, niños o adolescentes menores de 18 años con declaratoria de adoptabilidad. (Art. 63)

Niñas, niños o adolescentes cuya adopción haya sido consentida previamente por sus padres. (Art. 63)

Niñas, niños o adolescentes de 18 años cuya adopción haya sido autorizada por el defensor de familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, cuando el niño no se encuentre en situación de adoptabilidad y carezca de representante legal.

También, puede adoptarse:

Al hijo de uno de los cónyuges o compañero (a) permanente, que podrá ser adoptado por el otro.

Podrá adoptarse al mayor de edad, cuando el adoptante hubiera tenido su cuidado personal y hubiera convivido con él bajo el mismo techo, por lo menos dos años antes de que éste cumpliera los 18 años. (Art. 69) Código de la Infancia y la Adolescencia Ley 1098 de 2006.

Otros datos sobre el trámite de adopción

La Coordinación administrativa del trámite corresponde a la Subdirección de Adopciones del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

El trámite lo resuelve conjuntamente la Subdirección de Adopciones, las Regionales y Agencias ICBF y las Instituciones Autorizadas por el ICBF para desarrollar programas de adopción, según sea el caso de la residencia de los solicitantes.

Las solicitudes de adopción son atendidas para su estudio y análisis en estricto orden cronológico de llegada para dar la correspondiente respuesta.

Tienen prelación las solicitudes de familia colombianas residentes en Colombia y en el exterior.

- METODOLOGIA

Para el manejo de esta investigación se dará un enfoque de la Metodología Cualitativa, debido a que se realizará un diagnostico situacional, teniendo en cuenta el conocimientos, análisis y evaluación y argumentación; de acuerdo a esto el tipo de diseño de la investigación será de un enfoque Fenomenológico, una vez tenemos el diseño nos remitimos al tipo de investigación la cual será la observación directa; de acuerdo a la fuente será documental.

Para la realización de este enfoque, se desarrollará a través de la entrevista semi- estructurada, las cuales van dirigidas a los estudiantes de la Universidad Francisco

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