Análisis La constitucion
Enviado por Eric • 22 de Diciembre de 2018 • 861 Palabras (4 Páginas) • 373 Visitas
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Análisis
Este artículo tiene su antecedente directo en el artículo 111 del Proyecto de Código Civil de 1998[3], y en documentos internacionales sobre la materia, entre ellos la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos de la UNESCO.
La norma prohíbe alterar o producir una alteración genética. No prohíbe, sin embargo, la selección de un embrión no afectado por una patología en el caso de la fecundación in vitro (durante el diagnóstico genético preimplantacional o DGP), como tampoco prohíbe la selección de sexo de los embriones a implantarse en un tratamiento de reproducción asistida. Por tanto, puede decirse que la norma permite modificaciones genéticas únicamente si estas afectan a la persona destinataria, y no así a su descendencia.
Consecuentemente, teniendo en cuenta lo mencionado anteriormente, se entiende que la prohibición abarca técnicas como la terapia génica germinal o in ovo.
La terapia génica consiste en la búsqueda de cura y/o prevención de enfermedades a nivel genético. Las intervenciones que implica esta práctica modifican el genoma de las células reproductoras (óvulos o espermatozoides), lo que genera consecuencias y repercusiones tanto en el individuo como en su descendencia.
La terapia génica germinal encuentra una fuerte oposición en la comunidad científica, dado que esta modificación de los genes de los individuos a nivel celular acarrea un alto nivel de riesgo y una falta de conocimiento sobre las consecuencias derivadas de este tipo de intervención. Asimismo, comprende cuestiones como la integridad personal, la identidad de las personas y del género humano en general.
Otra de las razones de la prohibición es que la mutación puede resultar beneficiosa para el individuo, pero perjudicial para su descendencia.
Entre las excepciones a las que alude el mencionado artículo 111 del Proyecto de Código Civil de 1998 podemos mencionar los diagnósticos prenatales con finalidad terapéutica, dicha finalidad puede ser tanto a favor del embrión como a favor de terceros (siendo este último un tema de arduo debate, debido a que en torno a la decisión de los padres de dar nacimiento a un “bebé salvador”, que tendría el objeto de constituirse como donante de células madre, médula ósea u otro, se ha expuesto la necesidad de considerar el impacto psicológico que podría sufrir el futuro bebé donante)
Bibliografía
www.universojus.com
www.servicios.infoleg.gob.ar
www.campus.usal.es
www.portal.unesco.org
Código Civil y Comercial de la Nación
Código Civil y Comercial de la Nación, comentado por el Dr. Oscar Ameal, Editorial Estudio
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