Derecho Comunitario Humanitario Internacional
Enviado por John0099 • 4 de Junio de 2018 • 1.578 Palabras (7 Páginas) • 483 Visitas
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- ¿Cuándo se aplica el derecho internacional humanitario? [pic 7]
El DIH sólo se aplica en caso de conflicto armado. No cubre las situaciones de tensiones internas ni de disturbios interiores, como son los actos aislados de violencia. Sólo es aplicable cuando se ha desencadenado un conflicto y se aplica por igual a todas las partes, sin tener en cuenta quien lo inició.
- ¿Qué cubre el derecho internacional humanitario?
• La protección de las personas que no participan o que ya no participan en las hostilidades.
• Una serie de restricciones de los medios de guerra, especialmente las armas, y de los métodos de guerra, como son ciertas tácticas militares. [pic 8]
Consiste en proteger a las personas que no toman parte en las hostilidades, como son los civiles y el personal médico y religioso. Protege asimismo a las personas que ya no participan en los combates, por ejemplo, los combatientes heridos o enfermos, los náufragos y los prisioneros de guerra. Esas personas tienen derecho a que se respete su vida y su integridad física y moral, y se benefician de garantías judiciales. En particular, está prohibido matar o herir a un adversario que haya depuesto las armas o que esté fuera de combate. [pic 9]
- ¿Cuáles son los símbolos o señales que usan para identificar que está protegido por los Derechos Humanitarios Internacional? [pic 10]
Los signos distintivos que se pueden emplear para identificar a las personas, los bienes y los lugares protegidos. Se trata principalmente de los emblemas de la cruz roja y de la media luna roja, así como los signos distintivos específicos de los bienes culturales y de la protección civil.
- ¿Es realmente efectivo el DIH?
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- ¿En qué situaciones se aplican el Derecho Humanitario Internacional?
El derecho internacional humanitario es aplicable en dos situaciones o, lo que es lo mismo, tiene dos regímenes de protección:[pic 13]
- Conflicto armado internacional:
En esa situación, se aplican los Convenios de Ginebra de 1949 y el Protocolo I de 1977. El derecho internacional humanitario está destinado, principalmente, a las partes en conflicto y protege a todo individuo o categoría de individuos que no participa, o ya no participa de forma activa, en el conflicto.
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- Conflicto armado no internacional:
En esta situación, son aplicables el artículo 3 común a los cuatro Convenios y el Protocolo II. Conviene puntualizar que las condiciones de aplicación del Protocolo II son más estrictas que las previstas en el artículo 3. El derecho humanitario está destinado, en esta situación, a las fuerzas armadas, regulares o no, que no tomen parte, o hayan dejado de tomar parte activa, en las hostilidades.
- ¿Que son los Derecho de Ginebra y Derecho de La Haya?
A partir del Convenio de Ginebra de 1864, de la Declaración de San Petersburgo de 1868 y de los Convenios de La Haya, el derecho de la guerra se orienta, en el campo del derecho internacional convencional, hacia perspectivas bien articuladas: la protección internacional de las víctimas de conflictos armados, por una parte, y, por otra parte, la limitación de los medios y de los métodos de combate. Estos dos cuerpos de normas son conocidos como Derecho de Ginebra y Derecho de La Haya, respectivamente. El conjunto de ambos cuerpos de normas forma lo que se ha solido llamar jus in bello, es decir, la parte del derecho de la guerra por la que se rige el comportamiento del Estado en caso de conflicto armado.
- ¿Es lo mismo el Derecho Humanitario Internacional y los Derechos Humanos?[pic 15][pic 16]
Los derechos humanos y el DIH tienen orígenes distintos. Los derechos humanos se ges taron en el orden interno de los estados. Aparecen hoy día reconocidos en los sistemas jurídicos nacionales, incluso con rango constitucional. Los derechos humanos continúan siendo materia regida e implementada primordialmente por cada estado. A partir de la segunda guerra mundial la comunidad internacional experimentó la necesidad de controlar en el ámbito internacional a aquellos que en principio debían garantizar la efectiva aplicación de los derechos humanos den tro de sus propias jurisdicciones. En reiteradas ocasiones fue el propio estado quien, debiendo garantizar y proteger los derechos y garantías de los individuos reconocidos en su jurisdicción doméstica, terminaba siendo el violador sistemático de esos derechos.
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