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Normas internacionales: Derecho comunitario de la Unión Europea y Tratados internacionales.

Enviado por   •  9 de Febrero de 2018  •  1.275 Palabras (6 Páginas)  •  464 Visitas

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El tiempo necesario, no remunerado.

6. Descanso por paternidad:

2 dias, remunerado.

7. Asistencia a juicio como testigo de parte:

El tiempo indispensable para el cumplimiento .Si se percibe una indemnización, se descontará el importe de la misma del salario a que tuviera derecho el trabajador o trabajadora. Cuando el cumplimiento del deber suponga la imposibilidad de asistir a trabajar en más del 20 por 100 de las horas laborales, en un período de tres meses, el Centro podrá pasar al trabajador a la situación de excedencia forzosa.

Remunerado.

8. Realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto:

Tiempo indispensable, previo aviso y justificación.

Remunerado.

9. Excedencia por cuidado de hijos menores de 3 años:

16 semanas ampliable en caso de de parto o adopción multiple en 2 semanas por cada hijo adicional.

No remunerado

10. La huelga:

1 dia, no remunerado.

ACTIVIDAD 6.

- Nacimiento de hijos prematuros o qué por alguna causa sean hospitalizados tras el parto.

- Trabajadora víctima de violencia de género (art. 37.7 ET).

- Cuidado de personas discapacitadas o familiares hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad ( 37.5 ET).

ACTIVIDAD 7.

El cálculo del salario neto descontando el 4.7% de contingencias comunes+ 1,60% de desempleo+ 0,1% profesional + el 8% de IRPF y sobre las horas extra el 4.7%+ 130€ de embargo es: 1.332,67€ y el embargo es de 130€ ya que supera el Sueldo Mínimo Interprofesional.

ACTIVIDAD 8.

- Tres faltas de puntualidad durante un mes sin que exista causa justificada. Leve. Amonestación verbal.

- La embriaguez ocasional. Leve. Suspensión de empleo y sueldo de un día

- Faltar al trabajo más de dos días al mes sin causa justificada. Muy grave. Pérdida temporal o definitiva de la categoría profesional

- Faltar dos días al trabajo sin justificación. Grave. Suspensión de empleo y sueldo de uno a diez días

- La reincidencia en las faltas leves, salvo las de puntualidad, aunque sean de distinta naturaleza, dentro de un trimestre, cuando hayan mediado sanciones. Grave. Suspensión de empleo y sueldo de uno a diez días

Los plazos prescriptivos son: 10 días para las faltas leves. 20 días para las faltas graves. 60 días para las faltas muy graves.

ACTIVIDAD 9

- La incapacidad permanente total del trabajador o trabajadora:

Finiquito y no tiene desempleo.

- Dimisión del trabajador o trabajadora:

Finiquito y no tiene desempleo.

- Agotamiento del plazo pactado en un contrato eventual por circunstancias de la producción:

Indemnización de 8 días de salario por año de servicio ampliable a partir de 2012 en 1 día más hasta llegar a 12 días por año trabajado a partir de 2015.

Si tiene desempleo.

- Muerte del empresario o de la empresaria sin que los herederos y/o herederas continúen con la actividad empresarial:

Indemnización de un mes de salario . Si tiene desempleo.

- Por cierre del negocio siendo la empresa una sociedad mercantil:

Indemnización de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de doce mensualidades. Si tiene desempleo

- Por quiebra de la empresa:

Indemnización de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de doce mensualidades. Si tiene desempleo

- Despido disciplinario del trabajador o de la trabajadora por malos tratos verbales a un compañero o compañera:

Finiquito y si tiene desempleo.

ACTIVIDAD 10

Al ser despido improcedente el trabajador tiene derecho a una indemnización de 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades.

Indemnización a percibir: cobra 72.08€/dia*45 dias= 3.243,70€*10 años= 32.437€

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