PRÁCTICA N° 2: PERTURBACIONES, DEGRADACIONES, DAÑOS Y AGRAVIOS AL MEDIO AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES DE LA PROVINCIA DE TRUJILLO
Enviado por poland6525 • 4 de Febrero de 2018 • 1.796 Palabras (8 Páginas) • 510 Visitas
...
Los objetivos de la presente práctica fueron realizar un inventario de perturbaciones, daños y agravios sobre el ambiente y los recursos naturales de la provincia de Trujillo, revisar el Código Penal, Titulo XIII Delitos de Contaminación, Delitos contra los Recursos Naturales, Responsabilidad funcional e información falsa y Medidas Cautelares y Exclusión o Reducción de Pena; Revisar el Decreto Legislativo N°1102 y Obtener una aproximación cualitativa de la situación actual de los Delitos que se están cometiendo sobre el Ambiente y Recursos Naturales, en la Provincia de Trujillo.
- METODOLOGÍA
Para llevar a cabo la práctica se inició formando grupos de 3 o 4 alumnos, cada grupo se agenció de distintas bases de datos y referencias bibliográficas relacionadas a los temas a tratar, para posteriormente ser organizados y vaciados en la Matriz de Delitos y Sanciones sobre el Ambiente de la Provincia de Trujillo. Datos que posteriormente fueron analizados.
- RESULTADOS
---------------------------------------------------------------
MATRIZ DE DELITOS Y SANCIONES SOBRE EL MEDIO AMBIENTE EN LA PROVIINCIA DE TRUJILLO
N°
FORMACIÓN VEGETAL O SISTEMA NATURAL O SISTEMA ANTROPICO O FLORA Y FAUNA
ACCIÓN DEL PROBLEMA AMBIENTAL
RESPECTO AL PROBLEMA
OBSERVACIONES Y/O COMENTARIOS
DAÑO
PERTURBACIONES
DETERIORO
EXTINCIÓN
DELITO
SANCIÓN
01
Cerro Campana
Turismo no controlado e irrespetuoso con el medio ambiente.
Art, 304
Pena privativa de la libertad de no
menor de cuatro años ni mayor de
seis años y con cien a seiscientos
días-multa.
Contaminación del medio ambiente por restos de basura.
02
Cerro Campana
Depredación de flora y fauna.
Art.
308 C
Pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de cinco años y con cincuenta a cuatrocientos días-multa.
03
Complejo Arqueológico Chan-Chan
Destrucción de las estructuras del complejo debido a las invasiones.
Degradación de las estructuras del complejo.
Depredación de la flora característica del lugar.
Art. 313
Pena privativa de libertad no mayor de cuatro años y con sesenta a noventa días-multa
Alteración del ambiente natural o el paisaje urbano o rural, o modifica la flora o fauna, mediante la construcción de obras o tala de árboles.
04
Rellenos sanitarios y botaderos
Daños a la salud, promueve vectores de enfermedades.
Enfermedades en los animales de consumo humano.
Alteración de la calidad del aire
Deterioro de la calidad de vida en personas y animales.
Art. 306
Pena privativa de libertad no mayor de Si por efecto de la actividad cuatro años.
Cuando el agente, contraviniendo leyes, reglamentos o disposiciones establecidas, utiliza desechos sólidos para la alimentación de animales destinados al consumo humano, la pena será no menor tres años ni mayor de seis años y con doscientos sesenta a cuatrocientos cincuenta días-multa.
05
Chacras de caña de azúcar ( Laredo)
Emisión de sustancias contaminantes.
Restos de cenizas.
Enfermedades respiratorias.
Perturbaciones de los procesos respiratorios.
Deterioro de la calidad del aire.
Art. 304
Pena privativa de la libertad de no
menor de cuatro años ni mayor de
seis años y con cien a seiscientos
días-multa.
Aplicado a quien provoque o realice descargas o emisiones de gases tóxicos
---------------------------------------------------------------
- DISCUSIÓN
De los resultados obtenidos a base de la información recaudada, podemos afirmar que a pesar de que hoy en día se cuenta con el Código Penal, Titulo XIII: Delitos de Contaminación, Delitos contra los Recursos Naturales, Responsabilidad funcional e información falsa y Medidas Cautelares y Exclusión o Reducción de Pena; así como con el Decreto Legislativo N°1102 que incorpora al Código Penal los Delitos de Minería ilegal, la situación del Medio Ambiente en nuestro País no ha cambiado mucho, al compararse con años anteriores, esto debido a que es un marco jurídico que aún no se ha logrado conciliar con la Legislación que promueve las inversiones privadas y a que el Ministerio del Ambiente no tiene en dicha legislación las facultades necesarias para ejercer una sólida protección del Medio Ambiente, ya que carecen de medidas eficaces que concreten y ejecuten de manera
...