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DIVORCIO POR JUICIO ORDINARIO

Enviado por   •  15 de Diciembre de 2018  •  3.320 Palabras (14 Páginas)  •  336 Visitas

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- DE LAS PRUEBAS RENDIDAS POR LA PARTE DEMANDADA:

La parte demandada no diligencio prueba alguna dentro del presente proceso.

- DE LA EXPOSICIÓN DE LOS MOTIVOS QUE SUSTENTAN MI PRETENSIÓN:

- Como lo expuse en el escrito inicial para accionar el presente proceso, contraje matrimonio con el demandado en el Municipio de San José Pinula del Departamento de Guatemala, ante los oficios de la Notaria Ana Coral López Aguirre, en fecha dieciséis de diciembre de 2009, adoptando como Régimen económico el de Comunidad de Gananciales, y que quedó inscrito en fecha dieciocho de diciembre de dos mil nueve bajo el número 433 del Registro Civil del Registro Nacional de las Personas del Municipio de San José Pinula, Departamento de Guatemala, acompañando para el efecto de probar mi afirmación la certificación de matrimonio extendida por el Registrador Civil de las Personas del Registro Nacional de las Personas del municipio de Guatemala, del departamento de Guatemala el 22 de julio de de 2016

- También expuse que con el demandado procreé al menor SANTIAGO RECINOS SILVA, a quien le corresponde el Código Único de Identificación dos mil ciento dieciséis cero cero quinientos cuatro cero ciento uno (2116005040101) acreditando su existencia con la Certificación de la partida de nacimiento extendida por el Registrador Civil de las Personas del Registro Nacional de las Personas del municipio de Guatemala, del departamento de Guatemala el 22 de julio de 2016; mismo menor que a la fecha tiene siete años y tres meses aproximadamente, y a quien he auxiliado económicamente en todos los aspectos necesarios para su desarrollo, sin que el demandado ejerciera una paternidad responsable en cuanto a sus obligaciones como alimentista.

- Otra afirmación que vertí en el memorial inicial refería que Durante la vida conyugal con mi aún cónyuge adquirimos un inmueble que fue inscrito a nombre del demandado, Antonio José Recinos Reyes bajo la finca doscientos veintiocho (228) del folio (228) del libro (2786) de Guatemala, por medio de la escritura pública ciento cincuenta y siete (157) autorizada el 2 de septiembre de 2014 por el notario Marco Vinicio Valenzuela Totola, como consta en la Certificación extendida por el Registrador auxiliar del Registro General de la Propiedad de la zona Central el 29 de julio de 2016.

- Para el presente proceso invoqué como causal para solicitar el divorcio los subcausales contenidos en el numeral 9° del artículo 155 del Código Civil consistentes en: a) Los hábitos de embriaguez, y b) el uso indebido y constante de estupefacientes cuando constituye un continuo motivo de desavenencia conyugal; informando al juzgador que desde el año 2011 aproximadamente, habitualmente consumía alcohol en grandes cantidades y estupefacientes causando serios problemas en nuestra relación. Adjunté para comprobarlo copias de los resultados de pruebas de laboratorio realizadas al demandado en el “Centro de Diagnóstico de Urgencias Condado Concepción” en las cuales se evidencia la presencia de cocaína en su organismo. También informé que para dicho periodo de tiempo el señor Recinos Reyes se ausentaba frecuentemente por lapsos de tiempo que oscilaban entre una noche y una semana para darle rienda suelta a sus vicios. Además de esto, debido mi carrera como médica yo debía cubrir turnos ocasionalmente y al retornar al hogar conyugal en varias ocasiones encontré señales de que ahí el demandado había realizado fiestas con consumo de alcohol presentando para el efecto fotografías que lo demostraron. Adicionalmente presente fotocopias de los estados de cuenta de tarjetas de crédito a nombre del demandado en que pueden observarse pagos constantes y excesivos a entidades que distribuyen alcohol como Bar El Establo, Feel Good Entertamment, Pelícanos, Papúa, Rapi Licor, Cevichería Los Chavos, Rattle and Hum Snake Bar Guatemala, 7 Caldos, Le Club, etc. Finalmente, el Honorable Juzgador puede constatar con los informes rendidos por la institución “Casa de Recuperación Asociación antigua” que el demandado ha padecido estas adicciones y aún que se ha sometido constantes veces a tratamiento de rehabilitación, el mismo deviene ineficaz, toda vez que no existe en el demandado el interés de abandonar la vida irresponsable de vicios.

- También invoqué para este proceso el causal contenido en el numeral 1° del artículo 155 del Código Civil. “La infidelidad de cualquiera de los cónyuges” haciendo mención al Juez del daño irremediable que la actitud de mi aún cónyuge causo en la relación y el temor que he padecido de haber sido contagiada de una enfermedad de transmisión sexual, toda vez que las infidelidades del demandado han sido cometidas en centros de prostitución, tal y como ha podido demostrarse con las fotocopias de los estados de tarjetas de crédito mencionadas en que se observan pagos a la entidad Le Club.

- Otro causal pertinente para solicitar el divorcio ha sido el contenido en el numeral 4° del artículo 155 del Código Civil: “El abandono voluntario de la casa conyugal por más de un año”, Ello en virtud que el veinticinco de Octubre de 2014, la conducta del demandado me obligó a dejar el hogar conyugal. El Honorable Juzgador puede comprobar con las diferentes actuaciones judiciales que presenté como medios prueba, que se han otorgado a mi favor medidas de seguridad que impiden que el demandado se acerque a mi domicilio constatando así, la separación de cuerpos hasta la presente fecha.

- Finalmente, invoque el causal el numeral 2° del artículo 155 del Código Civil: “Las riñas continuas” Toda vez que los problemas sostenidos con el demandado me han llevado incluso, a la necesidad de acudir al Sistema de Justicia solicitando protección a través de medidas de seguridad en diferentes ocasiones, y demostré lo anterior con diferentes actuaciones judiciales.

- Considerando que lo expuesto en este proceso ha sido debidamente probado, y que todo revela que el matrimonio entre las partes no cumple con el ánimo de permanencia ni los fines de vivir juntos y auxiliarse entre sí; es procedente denotar que el vínculo matrimonial está irremediablemente roto y es procedente disolver el matrimonio.

- DEL DERECHO A PENSIÓN ALIMENTICIA QUE NOS ASISTE A MI HIJO MENOR DE EDAD Y A MI PERSONA:

Dentro del memorial inicial de demanda, presenté un presupuesto detallado de gastos necesarios para la subsistencia de mi persona y de mi menor hijo; solicité que se declare mi derecho, como cónyuge inculpable, a una pensión alimenticia a mi favor por la suma mensual de DOS MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS

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