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EL MATRIMONIO COMO CONCEPTO JURÍDICO

Enviado por   •  26 de Agosto de 2018  •  13.561 Palabras (55 Páginas)  •  226 Visitas

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repudio, decisión unilateral del marido, y luego también de la mujer, fueron en roma instituciones de muchísima frecuencia.

El emperador Justiniano en sus Institutas, nos ofrece otra definición similar: “Es la unión del hombre y la mujer, que comprende el comercio indivisible de la vida”.

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL MATRIMONIO

Los orígenes del matrimonio carecen de certidumbre. Empero, en la construcción teórica de la cuestión, se dice que la institución nupcial pudo haber tenido como punto de partida durante el tercer siglo de nuestra era, se produjo en Occidente, el pasaje de una sociedad en la que el matrimonio no era de ningún modo una institución creada para toda la sociedad, a una sociedad en la que se da por sentado, como natural que el matrimonio es una institución fundamental para todos.

En la sociedad pagana el matrimonio no era la norma, el matrimonio era utilizado solo por los poderosos, por las clases altas. En la antigua Roma la castidad no era una virtud, no era necesario contraer matrimonio para tener relaciones sexuales ni para tener hijos. Solamente cuando un miembro de una clase social elevada deseaba transmitir su patrimonio a sus descendientes directos, en vez de que lo reciban otros miembros de la familia o sus amigos, decidía casarse. Pero la mayor parte de las veces se legaba los bienes a un amigo o una persona muy querida, no a los hijos. Cuando se carecía de patrimonio o bienes el matrimonio era un trámite prescindible, los esclavos directamente carecían del derecho de hacerlo.

El griego ni siquiera tiene una palabra específica para designar el matrimonio. No existía un trámite ni civil ni religioso. Sin embargo, después del 33DC la palabra usada para matrimonio en griego Koine es "γαμέω, gaméo" cuya identificación en el diccionario griego "Strong" es G1062; su significado es casarse: "matrimonio, casado(a), casar."

En Atenas, en la Grecia clásica, para el acto mediante el cual un varón se comprometía a unirse a una mujer, se utilizaba el vocablo griego ἐγγύη, engúê, literalmente la garantía, la caución, es decir, el acto por el cual el padre cabeza de familia entregaba su hija a otro hombre. La ciudad no era testigo ni registraba ningún acta para este acontecimiento privado entre dos familias. Este contrato solo se realizaba cuando existía patrimonio para heredar. Los herederos de la mujer en la Antigua Grecia eran los hijos pero no el esposo.

La dote que la familia de la novia proporcionaba no era propiedad del esposo. Cuando la mujer moría sin hijos o en caso de divorcio, la dote volvía a la familia de la mujer. El tutor de la mujer (su padre o su hermano) podían pedir el divorcio (aun en contra del deseo de la mujer) pero ella no tenía derecho a solicitar la disolución del contrato. Tampoco tenía derecho a elegir a su futuro esposo. En caso de divorcio no recibía parte alguna de los bienes del matrimonio sino, simplemente la devolución de la dote que aportó.

El objetivo de la ἐγγύη, engúê era dar nacimiento a hijos legítimos que pudieran heredar los bienes paternos. Una estricta fidelidad era requerida de parte de la esposa, en caso de adulterio era devuelta a la casa paterna. Para el varón, el adulterio, especialmente con esclavas, esclavos o prostitutas, estaba permitido.

En Esparta los varones no convivían con sus mujeres, pero el objetivo era producir chicos fuertes. El varón se reunía con su mujer en la oscuridad y después de tener relaciones con ella se marchaba para reunirse en su dormitorio con el resto de los jóvenes varones.

Plutarco afirmaba que, así, los esposos «ignoran la saciedad y el declive del sentimiento que entraña una vida en común sin trabas».

Los varones, que generalmente doblaban en edad a sus mujeres, eran incitados a «prestar» sus mujeres a jóvenes fuertes. Plutarco menciona también que las mujeres tomaban a veces un amante para que su hijo niño pudiera heredar dos lotes de tierra en lugar de uno.

En la Europa del norte, durante la Edad Media, se produjo un lento reemplazamiento de la ley germánica -por la que el contrato matrimonial se establecía entre el novio y el guardián de la mujer- por los códigos civiles cristianos -donde se requería el consentimiento de la mujer-. En el siglo XII el principio legal del matrimonio por consentimiento estaba establecido y los matrimonios impuestos comenzaban a quedar atrás. El proceso de urbanización también contribuyó a dicho proceso ya que liberaba en parte a la mujer de la tarea de procreación.

Mauricio, Luis Mizrahì, cabe asentir que la unión heterogénea de los sexos en la sociedad arcaica o indígena más que responder a un acto herotico tuvo como causa primaria la satisfacción de una necesidad economía o de subsistencia humana, ello fue así porque, según Friedrich Engels, en tal época se llegó a suscitar una espontánea división sexual del trabajo, lo cual trajo consigo que el hombre se dedicara a lo suyo, yendo a la guerra, a la pesca o la casa para procurar las materias primas de los alimentos; mientras que la mujer hubo de tener en su cargo el cuidado de la casa, el guisado de la comida, le hechura de los vestidos y la crianza de los hijos.

En las postrimerías del siglo XVIII, tras el triunfo de la revolución francesa, el estado se arroga la atribución exclusiva en el ámbito matrimonial y con ello da inicio a la laicización del casamiento, pero a través del código civil decimonónico se erigió una secularización de la institución nupcial basada en el derecho canónico, pues los redactores del código civil napoleónico consignaron en el articulado de tal instrumento jurídico que el matrimonio por principio era indisoluble porque se contrae con espíritu de perpetuidad.

Tópicos relevantes

1. El matrimonio tanto en sociedad arcaica o indígena como en la sociedad gentilicia o en la época de la Roma primitivo, mostraba un exiguo contenido erótico; unas veces por responder a razones económicas, otras veces por estar ligado a motivos religiosos o de descendencia.

2. Posteriormente en la época de la Roma clásica, el matrimonio vino a ser un hecho jurídico, en cuanto a la convivencia de un hombre y una mujer estaba exenta de formalidad, animada por la affectio maritalis y la cohabitación.

3. El derecho matrimonial civil, puesto en boga a partir de la codificación decimonónica, el casamiento de la mujer vino a significar el hecho de salir del yugo del padre para pasar al yugo de marino.

4. En cualesquiera de los puestos fácticos, el coito como acto de mera sexualidad se equipará como condición animal, en cuyo caso el placer conlleva a la reproducción

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