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En la comunidad Noria de San Gabriel, se acerca la temporada de levantar cosechas

Enviado por   •  29 de Octubre de 2018  •  2.435 Palabras (10 Páginas)  •  361 Visitas

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Ahora ya aclarado lo anterior, nos menciona que el director está tomando represarías administrativas en contra de la maestra, forzándola a que tome con carácter obligatorio la asistencia a honores, sin embargo esta situación no es acreedora a ninguna infracción o sanción, lo que se podría hacer en este caso sería hablar con los padres de familia, explicarles la importancia de fomentar el amor a la patria, y que la educación que el estado imparte está obligada a participar en estos eventos patrios, ya que se concienticen los padres de familia, dependerá de ellos, ya que los docentes no pueden violar el derecho de los alumnos de tener las creencias religiosas que decidan.

Caso 3

El profesor Francisco, de quinto grado, tiene en su proyecto semanal una visita al museo capitalino que se encuentra a una distancia de 30 km. ya ha hecho las gestiones correspondientes en el museo y consiguió el transporte, por lo que acude con el director por el permiso debido para sacar a los alumnos de la institución, al saber de esta situación, el Consejo Escolar de Participación Social, a través de su presidenta, se niega a que se realice la visita por lo que le indican de manera directa al profesor que cambie esa actividad o se le reportará a las autoridades educativas estatales para que lo remuevan del cargo, argumentan que las actividades escolares se deben llevar a cabo dentro del edificio.

La educación que se imparta, debe ser de calidad, con eficacia, y es obligación del maestro de crear ambientes de aprendizajes adecuados para que los alumnos se apropien de dichos aprendizajes esperados, el docente conoce a sus alumnos, y gracias a que sabe que aprenden y como se apropian de conocimientos, puede diseñar situaciones didácticas mediante su plan de clase, previamente autorizadas por el director de la institución.

El docente es el responsable de la elaboración y diseño de actividades, y están dentro de sus facultades organizar una salida siempre y cuando esté justificada académicamente, es decir que tenga un contenido, una competencia, un enfoque plasmado en el plan y programa de estudios con que se rijan, por ende mientras la actividad este bien justificada, se puede llevar a cabo, cabe mencionar que los padres de familia deben dar su autorización por escrito para que su hijo pueda acudir a esta actividad, y cualquier incidente rece directamente en el organizador de la escuela.

Por otro lado el consejo de participación social, esta para apoyar no para presentar un freno en la realización de las actividades ya que en el acuerdo 716 se menciona esto claramente Artículo 33.- La autoridad escolar hará lo conducente para que en cada escuela pública de educación básica se constituya y opere un Consejo Escolar de Participación Social.

El Consejo Escolar de Participación Social estará integrado por padres de familia y representantes de sus asociaciones, maestros y representantes de su organización sindical quienes acudirán como representantes de los intereses laborales de los trabajadores, directivos de la escuela, exalumnos, así como con los demás miembros de la comunidad interesados en el desarrollo de la propia escuela.

Este consejo:

- Conocerá el calendario escolar, las metas educativas y el avance de las actividades escolares, con el objeto de coadyuvar con el maestro a su mejor realización.

El consejo de participación social puede conocer el avance, incluso las actividades, puede sugerir mejoras, pero no puede interponerse en el desarrollo de las estrategias didácticas establecidas en el plan de clases.

Caso 4

La maestra María tiene en su grupo a una niña que se nota muy retraída en clases, casi no participa ni convive con sus compañeros, en ocasiones la ha visto que llora en el salón, por lo que citó a sus padres, pero no acudieron a la escuela, algunos compañeros han comentado que “su papá la trata mal cuando llega tomado” incluso hay comentarios por parte de otras madres de familia que la niña ha tomado muchas pastillas y la han tenido que llevar al hospital, la maestra está muy preocupada pero no sabe qué hacer en esta situación.

Primeramente este caso no puede estar sustentado en supuestos, antes de poder tomar decisiones sobre alguna acción, es necesario indagar y obtener evidencias concretas que demuestren que la alumna realmente está siendo víctima de un mal entorno familiar, para lo cual es necesario pedir apoyo a una persona especializada tal como una trabajadora social, o simplemente pedir apoyo a las autoridades educativas para realizar una visita domiciliaria y a cerciorarse de la situación en la que se encuentra esta alumna y de ser necesario pedir apoyo a las autoridades pertinentes, para que los derechos de la menor no sean violentados.

Una vez teniendo clara la situación de la menor, se deben buscar las soluciones pertinentes siempre y cuando no se violenten los derechos de la alumna que se menciona en la ley general de derechos de las niñas, niños y adolescentes, VIII. Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal.

La maestra está obligada a respetar los derechos de los niños, así que si está observando una conducta retraída en clases, y a la vez está mermando la adquisición de aprendizajes, ella debe tomar las medidas legales para erradicar esta situación y lograr que el desarrollo integral de la menor sea favorable para su bienestar.

Caso 5

En la comunidad del Sauz de la Sierra, existe una escuela multigrado unitaria con muy pocos alumnos, sin embargo el INEGI muestra que en esa comunidad hay mucha población infantil en edad escolar, el maestro ha indagado y se da cuenta que la mayoría de los niños se dedican a labores del campo por lo que no están matriculados en la institución educativa. El inspector de la zona ha comentado que la escuela está en riesgo de ser cerrada por falta de alumnos.

En este caso se están violentando innumerables derechos de los menores, en primer lugar los están privando de la educación que es su derecho recibir, como se establece en la constitución mexicana que a la letra dice Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios-, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.

La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará

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