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Este ensayo muestra una contextualizacion teorica de las definiciones de Estado Social de Derecho

Enviado por   •  18 de Diciembre de 2018  •  2.737 Palabras (11 Páginas)  •  490 Visitas

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objetiva de los derechos fundamentales asi que estos tienen un contenido normativo que busca la abstención y un deber de protección como obligacion positiva de los poderes publicos, personalmente me parece un apoyo de parte del estado, sin embargo, esto no es acabar con las fallas estructurales de las políticas públicas en el país y la violación masiva y sistematizada de derechos, sino que, se crea a causa de estas. Por lo tanto, deberian imprementarse mecanismos màs eficaces para que lo anteriormente mencionado no se violentara.

Por medio del presente ensayo se busca dar una contextualizacion teorica de las definiciones de Estado Social de Derecho, Estado Social y Democratico de Derecho y Estado de cosas inconstitucionales partiendo de un analisis de las distintas jurisprudencias de la Corte Constitucional de Colombia, contando con un componente critico respecto al papel que cada concepto anteriormente mencionado tiene en el ordenamiento juridico Colombiano.

Estado social de Derecho

Establecido en el capitulo primero de la constitucion politica de 1991, ante los peligros que la democracia enfrentó en el siglo XX (estalinismo, na-zismo, fascismo, etc.), surgió, como se dijo, una ola de desconfianza frente al Estado y frente a su capacidad normativa, pues se consideró que éste (aunque se autocalifi cara de «democrático») no necesariamente provocaba el progreso soñado por los demócratas (Botero Bernal, 2005, p. 33).

Objeto

 

Con el término social se señala que la acción del Estado debe dirigirse a garantizarle a los asociados condiciones de vida dignas. Es decir, con este concepto se resalta que la voluntad del Constituyente en torno al Estado no se reduce a exigir de éste que no interfiera o recorte las libertades de las personas, sino que también exige que el mismo se ponga en movimiento para contrarrestar las desigualdades sociales existentes y para ofrecerle a todos las oportunidades necesarias para desarrollar sus aptitudes y para superar los apremios materiales.

En el 1991 se llevò acabo un cambio estructural en el derecho constitucional Colombiano, en esta nueva constitucion se implemento un nuevo ordenamiento juridico denominado: Estado Social de Derecho, como respuesta a las problematicas sociales que el siglo XX dejò en el paìs, Para hablar de el estado social de Derecho estudiaremos a fondo la sentencia T-406 de 1992

la Corte Constitucional, en esta importante sentencia de tutela, sostiene que el principio del Estado Social de Derecho es cardinal a todo el sistema normativo. En el mismo orden de argumentos señala: La fórmula política del Estado colombiano a partir de 1991; más que un artifi cio simbólico, o que una simple muletilla retórica que proporciona un

elegante toque de fi lantropía a la idea tradicional del Derecho y del Estado, se trata de un principio cardinal de nuestro ordenamiento constitucional, que le imprime un sentido, un carácter y unos objetivos específi cos a la organización estatal en su conjunto, y que resulta vinculante para las auto-ridades, quienes deberán guiar su actuación hacia el logro de los cometidos particulares propios de tal sistema: la promoción de condiciones de vida dignas para todas las personas, y la solución de las desigualdades reales

que se presentan en la sociedad, con miras a instaurar un orden justo (Corte Constitucional de Colombia. Sentencia T-792 de 2005).

Esta sentencia nos habla de algunas caracteristicas del Estado Social de Derecho como es el nuevo caracter que toma el juez en este tipo de estado, definiendolo como un portador de la vision institucional de interes general, clasificando a la legislaciòn y a la decision judicial como proceso de creacion de derecho. Otra de sus caracteristicas es importancia de los valores y principios constitucionales su importancia radica en que la constitucion esta consibida de tan manera que la parte organica de la misma solo adquiere sentido y razon de ser como aplicacion y puesta en obra de los principios y de los derechos inscritos en la marte dogmatica de la misma, ademas diferencia los terminos principio y valores constitucionales Los valores son normas que establecen fi nes dirigidos en general a las au-toridades creadoras del derecho y en especial al legislador; los principios son normas que establecen un deber ser especifi co del cual se deriva un espacio de discrecionalidad legal y judicial. La diferencia entre principios y valores no es de naturaleza normativa sino de grado

Otra caracteristica es la intervencion del juez como mecanismo que bisca hacer màs eficaces los derechos fundamentales. Otra es la dimension objetiva de los derechos fundamentales que hace que el aparato organizativo del estado no tiene sentido si no se entiende como un mecanismo encaminado a la realizacion de los derechos, en segundo lugar establecen la accion de tutela como mecanismo de proteccion inmediata, esta acciòn se podra utiizar como resguardo de los derechos fundamentales y respecto a lo mismo tambièn son derechos fundamentales los DESC, colectivos o del ambiente cuando presenan conexibilidad con un principio de derecho fundamental, tambien hace que la tridivision de poderes en la democracia constitucional actual sea una separacion de ambitos funcionales dotados de control activo entre ello esto da una garantia de proteccio efectiva. tambien cuando algun DESC se vulnere el juez en caso de ausencia de pruncuiamento del legislador, ademas da un calor pedagocio e incluo normativo general a las jurisprudencias de tutela que crea la corte constitucional.

La sentencia de la cual hemos citado en su mayor parte trae por consiguiente las siguientes sentencias de la Corte Constitucional colombiana: T-505 de

1992, T-124 de 1993, T-230 de 1994, T-056 de 1994, T-309 de 1995, T-477

de 1996, SU-111 de 1997, C-237 de 1997, C-569 de 2004, T-792 de 2005 y

C-367 de 2006

Critica

ESTADO SOCIAL DE DERECHO Y DEMOCRATICO

La acepción Estado de derecho se refiere a que la actividad del Estado está regida por las normas jurídicas, es decir que se ciñe al derecho. La norma jurídica fundamental es la Constitución, lo cual implica que toda la actividad del Estado debe realizarse dentro del marco de la última. En esta situación se habla entonces de Estado constitucional de derecho.

 Con el término social se señala que la acción del Estado debe dirigirse a garantizarle a los asociados condiciones de vida dignas.

La definición del

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