Indagar la importancia que tiene el estado social de derecho, de garantizar a los padres de hijos en situación de invalidez o discapacidad, la pensión especial de vejez (mínimo 20 referencias de autores, que hayan tratado del tema con fuente, nombre de
Enviado por Jillian • 10 de Marzo de 2018 • 3.569 Palabras (15 Páginas) • 569 Visitas
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La corte constitucional se ha pronunciado en repetidas ocasiones a través de sentencia donde especifica la importancia que tiene la pensión especial de vejez como garante de los derechos fundamentales de las personas que se encuentran en situación de invalidez o discapacidad dándole el beneficio a los padres de adquirir dicha pensión especial de vejez, en la sentencia C-227-04 cuyo ponente fue MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA, con una acción de control de constitucionalidad logro que la corte constitucional Primero: Declarar INEXEQUIBLE la expresión “menor de 18 años”, contenida en el inciso II del parágrafo 4 del artículo 9 de la Ley 797 de 2003. Segundo: Declarar EXEQUIBLE el resto del inciso II del parágrafo 4 del artículo 9 de la Ley 797 de 2003, en el entendido de que la dependencia del hijo con respecto a la madre es de carácter económico, esto ha sido un aporte significativo ya que dicha ley limitaba la posibilidad de adquirir la pensión especial de vejez de padres con hijos en situación de invalidez o discapacidad. (Cepeda, 2003)
Se considera que el estado se ha obligado a la necesidad de buscar mecanismos que permitan a las personas con discapacidad tengas la posibilidad de considerarlas como personas pilares para que estas puedan tener una vida digna o en su defecto puedan subsistir con sus limitaciones ya sea sensoriales, psíquicas y discapacidades, por ende el estado siempre debe con la costumbres diarias de la sociedad poder brindar la posibilidad a estas personas a acceder a la seguridad social, bajo las circunstancias de la actualidad se plantea la necesidad de un amparo jurídico eficaz para las personas en situación de discapacidad. Desde esta perspectiva, en este artículo de investigación se analiza la protección a la persona con discapacidad desde la deficiencia física, síquica o sensorial en el ordenamiento jurídico colombiano. En esta medida, se realizó una descripción del concepto discapacidad desde los modelos de prescindencia, rehabilitador y social, un estudio de la normatividad dentro de esta evolución se ha buscado que La protección en materia de discapacidad en Colombia ha evolucionado ampliamente en los últimos años, pues hasta hace más o menos 20 años, o antes de la promulgación de la Ley 100 de 1993, la discapacidad era vista como un problema netamente médico que necesitaba únicamente de prestaciones asistenciales y solo había en el ordenamiento jurídico colombiano una pensión que protegiera a las personas frente a la invalidez, para pasar ahora a una visión más proteccionista, en la que no solo la ley prevé figuras que buscan garantizar los derecho de las personas con discapacidad y su especial protección en el ordenamiento jurídico, sino que también existe un amplio desarrollo por parte de la Corte Constitucional que ha permitido que no se vulneren los derechos de las hijos de padres en situación de invalidez o discapacidad, logrando así cumplir con los requisitos esenciales del estado social de derecho que sea participativa, general y garantista. (Gomez, Duque, & Quintero, 2014)
En los años que ha estado vigente esta pensión solo ha sufrido modificaciones por parte de la Corte Constitucional, la cual ha ido ampliando progresivamente la cobertura inicial que dispuso la ley para esta pensión, pues estaba restringida para madres cabeza de familia y para el padre si la madre fallecía y solo para aquellas que tuvieran hijos menores de 18 años, disposiciones que cuando fueron objeto de estudio por parte de la Corte, fueron declaradas inexequibles las palabras “menores de 18 años” y exequible condicionalmente el resto del inciso que se refiere a esta pensión bajo el entendido de que la dependencia debe ser económica, mediante la Sentencia C-227 de 2004. (Cepeda, 2003)
El estado por medio de la corte constitucional, ha ratificado la intención de brindar una garantía total a estas personas con discapacidad, además nos hemos visto afecto por las grandes irregularidades por parte de los fondos encargados de acreditar dicha pensión y se han visto en la necesidad de buscar un medio garantista que les permita acceder a la pensión especial de vejez a padres con hijos en situación de invalidez o discapacidad, esto tiene una gran importancia ya que permite que al padre o madre velar por una vida digna a su hijo o brindarle una rehabilitación, esta pensión más que una ayuda económica es una oportunidad donde los padres van a poder tener la posibilidad de tener un acompañamiento total a sus hijos, es ahí donde el estado social de derecho está garantizando por medio de dicha pensión la posibilidad de un crecimiento familiar y como la familia es considerada el núcleo fundamental de la sociedad. La protección del derecho al trabajo, mirado Desdé el acceso y la permanencia, de las personas con limitaciones físicas, síquicas o sensoriales en el ordenamiento jurídico Colombiano, establece que el estado no solamente permite el acceso a la pensión a los padres sino debe garantizar la permanencia dentro de este sistema para que así se pueda cumplir con los objetivos del estado social de derecho, los padres sus hijos en situación de invalidez o discapacidad sufren un daño psicológico importante por la urgente necesidad de adquirir por cualquier medio existente la posibilidad de una mejora económica y un tratamiento para lograr una vida digna, es ahí donde decimos que la dignidad humana se basa en lo que el estado pueda lograr o permitir que sus pobladores tengas acceso a la salud, pensión, trabajo y una calidad vida aceptable para poder subsistir, esta pensión es fundamental para la familia ya que es un mecanismo importante para la construcción de la familia y fortalecimiento del núcleo familiar.
El estado colombiano en repetidas ocasiones ha suscrito varios convenios para mejorar la parte legislativa de la seguridad social estableciendo nuevos parámetros para garantizar este derecho conexo con la vida, trabajo y demás, aunque este derecho ha sido muy tutelado por constantes vulneraciones, en opinión propia se debería hacer una cambio en estos fondos para garantizar una mayor transparencia en el proceso de solicitar la pensión especial de vejez de padres con hijos en situación de invalidez o discapacidad. Dentro de la sentencia T-563/11, se permitió que este derecho no fuera vulnerado y con su ponente HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO, estableció que colfondo estaba vulnerando el derecho al acceso a la pensión especial de vejez de padres con hijos en situación de invalidez o discapacidad, este ponente dentro de sus argumentos establecía que este derecho fundamental, con estos hijos en estas diferencias marcadas requieren de un amparo especial por parte del estado, estas personas que problemas físicos, psicológicos y discapacidades pertenecen a una población que se
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