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Estructura del estado colombiano.

Enviado por   •  28 de Marzo de 2018  •  1.406 Palabras (6 Páginas)  •  324 Visitas

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ORGANIMOS DE CONTROL: Dentro de estos organismos tenemos al Ministerio Público que le corresponde la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas. Es ejercido por el Procurador General de la Nación, por el Defensor del Pueblo,por los procuradores delegados y los agentes del Ministerio ante las autoridades jurisdiccionales y por los personeros municipales. El procurador es elegido por el senado de terna integrada por candidatos del Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado por un periodo de 4 años, igual tiempo para el defensor, solo que este es elegido por la cámara de terna del Presidente de República.

ORGANOS DE CONTRO FISCAL: Función pública consistente en la vigilancia del manejo de los recursos públicos por parte de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación. El control fiscal incluye control financiero, de gestión y de resultados y está a cargo de la Contraloría General de la República, Es dirigida por el Contralor que es elegido por el Congreso en pleno por periodo igual al del Presidente de la República.

ORGANIZACIÓN ELECTORAL: Tiene a su cargo la organización de las elecciones, su dirección y vigilancia, así como lo relativo a la identificación de las personas. Está integrada por Consejo Nacional Electoral; el Registrador Nacional del Estado Civil; los Delegados del Registrador Nacional; los Registradores Distritales, Municipales y Auxiliares y los Delegados de los Registradores Distritales y Municipales. Su composición no puede ser menor a 7 miembros y es elegido por el Consejo de Estado para un periodo de 4 años.

REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL: Elegido por el Consejo Nacional electoral por un periodo de 4 años.

LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL: Gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, dentro de los límites de la Constitución y la Ley, en virtud de ella se gobiernan como autoridades propias, ejercer las competencias que les corresponden, administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para su cumplimiento y participar en las rentas nacionales. Está compuesta por:

El departamento está integrada por municipios y bajo la autoridad de un Gobernador. Creado por el Congreso de la República. Sus autoridades son La asamblea departamental (ejerce el control político sobre los gobernadores, secretarios de despacho y Gerentes Territoriales) y el Gobernador (Agente del Presidente de la República, jefe de la administración seccional y representante legal). Sus características son: autonomía de la gestión, autoridades propias, personería Jurídica, hacienda pública departamental y categorización.

Las regiones son las compuestas por 2 o más departamentos podrán constituirse en regiones administrativas y de planificación, con personería jurídica, autonomía y patrimonio propio. Su objeto principal será el desarrollo económico y social del territorio de los Departamentos que la integran.

Los Municipios fundamental de la división político administrativa, con autonomía política, fiscal y administrativa. Su creación corresponde a la Asamblea Departamental. Sus Elementos son: El geográfico, El político y El demográfico. Su objeto principal es prestar los servicios públicos que determine la Ley; construir obras; ordenar el desarrollo del territorio; promover la participación comunitaria y el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes. Se catalogan por categorías (especial y de la primera a la sexta) según población y recurso corrientes de libre destinación. Son gobernados por el consejo municipal y le alcalde, elegidos por voto popular, cada uno por un periodo de 4 años

Territorios Indígenas: Su se hace de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, delimitado por el Gobierno Nacional, con participación de los representantes de las comunidades indígenas, previo concepto de la Comisión de Ordenamiento Territorial. Los resguardos son de propiedad colectiva y no enajenable, Cuando un territorio indígena comprende dos o más departamentos, su administración se hará porlos consejos indígenas en coordinación con los Gobernadores de los respectivos departamentos.

BIBLIOGRAFÍA

http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/derecho/constitucion-politica-de-colombia-1991/titulo-5-capitulo-1

Constitución Política de Colombia de 1991

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