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Interpretar, significa buscar el sentido de la norma

Enviado por   •  31 de Octubre de 2018  •  1.762 Palabras (8 Páginas)  •  224 Visitas

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Métodos y escuelas de interpretación

Existen numerosos métodos para la interpretación de las normas jurídicas y diversas escuelas que discuten dónde pueden extraerse el sentido de la norma, si de la intención de legislador que la hizo o si de la norma misma que cuando es prescrita se emancipa de su autor y adquiere un sentido propio, que puede ir corrigiendo según las circunstancias históricas.

- Escuela clásica o tradicional

La escuela clásica de interpretación tuvo su época de grandiosidad durante el siglo XIX. Propuso el método aclarativo de interpretación cuya finalidad es descubrir la intención que el legislador puso en la norma. Para ella coincide el sentido de la ley con la intención del autor.

El racionalismo jurídico que impulsó la obra de la codificación realizada luego de la Revolución Francesa es la base de la escuela. Opinaron que el legislador, por la razón, podía expresar en las leyes todo el Derecho.

En 1872 un autor escribía que sería muy extraño que tuviera un caso al cual no fuera aplicables, en algo, las disposiciones legales. Con ese pensamiento no era raro que los autores presumieran en decir: “No conozco al Derecho civil, no enseño más que el Código de Napoleón”, porque siempre pensaron que el hombre con sus facultades racionales pudo aprehender todo el Derecho y verterlos en los Códigos.

La finalidad de la interpretación, consiste, exclusivamente, en descubrir la voluntad del legislador puesta en la ley. Para esta escuela la intención de la norma coincide con la de su autor, la función del intérprete es entonces, frente a la duda u oscuridad, tratar de descubrir cuál fue la finalidad del que hizo la ley.

Técnica

La técnica de la escuela tradicional es el método exegético, que consiste en el estudio detallista de la letra de la ley para descubrir en ella la finalidad de los legisladores. Se propone un estudio similar al que se hace con las Escrituras Sagradas investigando la voluntad de Dios.

Crítica

Este método que tiene una perfecta ubicación en su época histórica, ha tenido dos virtudes principales: su perfecta apariencia lógica y su garantía contra la arbitrariedad.

El sometimiento del Juez a la voluntad del legislador, si bien es garantía contra la arbitrariedad, le quita al Poder Judicial esa elasticidad, indispensable para aplicar la ley al caso particular, tan infinitamente variado como la propia realidad.

- Escuela histórica o evolutiva

Exposición

Esta escuela parte de la crítica de la anterior y sustenta que obteniendo la ley vida propia e independiente del autor que la hizo, el intérprete debe considerarla simplemente como un molde que debe irse repletando de contenido según las necesidades de cada época.

La ley, tomada como independiente de su fuente procedente, va progresando por sí misma, subordinada, especialmente al medio social en el cual varía. La interpretación que se exalta es la que mejor se adapte a las necesidades del momento, dejándose un amplio margen de libertad judicial.

Crítica

Este sistema parte del mismo error que el anterior: no diferencia la interpretación de la integración de la ley. Considera que en ésta deben encontrarse todas las soluciones jurídicas y trata de hacerle dar mucho más de lo que contiene.

Si bien sobresale a la escuela clásica por comprender que la ley no puede referirse a la voluntad de su autor, en cambio desconoce que la tarea del intérprete no es crear normas nuevas en cada momento, sino aclara el sentido de las ya existentes.

- Escuela lógico-sistemática

Esta doctrina, como la anterior parte del presupuesto de que la ley debe considerarse como una significación objetiva y autónoma, no tomando en cuenta en la tarea de interpretación la voluntad del legislador, sino de la ley misma.

El método propuesto es el lógico-sistemático. Lógico: deben examinar las significaciones de la ley misma, considerada en su sentido objetivo, desprendida de la voluntad de su autor y entendida como una manifestación, con ciertos fines propios, que pueden desarrollarse por el intérprete aunque no hayan sido los del autor. La ley se desprende de la voluntad de su creador, tiene vida propia. Sistemático: porque se considera la ley como un todo orgánico (sistema) el cual las partes están relacionadas entre sí de forma armónica.

Este procedimiento coincide con el histórico, en cuanto considera a la ley con vida propia, desprendida de la voluntad del autor, pero se diferencia de aquél, pues entiende que no todas las soluciones pueden caber en la ley, que la fecundidad del desarrollo de los pensamientos que existen en la norma tiene un límite: hay vacíos en la ley, para llenarlos debe recurrirse a la integración.

- Escuela del Derecho libre

Más que un sistema de interpretación compone una tendencia doctrinaria de varios autores, que tratan de rebelarse contra la teoría de la sumisión incondicional del Juez a los textos legales y preconiza la absoluta libertad del magistrado para interpretar la ley.

Rechaza todos los sistemas de interpretación, todos los métodos, le repugna la analogía, las ficciones, los razonamientos basados en el espíritu de la ley y trata de que el Juez decida, según su sentimiento, como si fuera un legislador en el caso concreto.

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