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Podemos definir como un conjuntos de normas y facultades que rigen a la sociedad para que funcione armonicamente, es una creacion social. Viene de “Ius” que signifca justo y “Directum” que significa recto, podemo decir, lo que lleva a un fin justo

Enviado por   •  11 de Septiembre de 2018  •  1.772 Palabras (8 Páginas)  •  423 Visitas

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El derecho que respeta los derechos, impone una sociedad organizada, justa y solidaria, se convierte en los ojos de la sociedad, la que sería como en la novela de Saramago obscura, caótica, inhumana, conformada por ciegos que viendo no ven, como afirma la mujer del médico en el último párrafo del relato.

Necesitamos del derecho para que nos alumbre el camino a seguir, pero no de cualquier derecho, porque como bien nos recuerda Morales (2010, p. 15) el derecho no es neutro, necesitamos de uno que dignifique la naturaleza humana; que nos enseñe la solidaridad, entendiendo que el derecho de uno termina donde comienza el otro; que nada es ilimitado; que hay que tender una mano al débil, que todos somos iguales ante la Ley, por lo que si se presenta alguna condición biológica, racial, económica y social que provoque desigualdad, hay que compensar para promover la igualdad.

Por otra parte, si el derecho es una creación humana, es fundamental que quienes emiten y aplican la norma jurídica deben ser paradigmas de la sociedad en honestidad, sabiduría y justicia. Ciudadanos probos que dejen de lado el oportunismo, servilismo y hedonismo; para que ello ocurra depende en gran parte de que ejerzamos la ciudadanía y seamos partícipes activos de la vida política, exigiendo el respeto a los derechos.

Hasta aquí sostengo que el derecho es un producto social que su hábitat es la colectividad, que se alimenta de hechos y que se rige por fines supremos, los valores.

Pero también he referido que el derecho no es neutro, precisamente al ser concebido y aplicado por hombres que representan intereses, el derecho responde a aquellos que dominan en un tiempo y época determinada. El derecho no es neutro, como los hombres no son ángeles, por eso no ha sido fácil llegar a plasmar cuestiones fundamentales como el respeto de derechos: a la vida, a la igualdad, a la libertad, cuyo reconocimiento ha costado sangre, procesos revolucionarios que han promovido cambios que han permitido superar épocas de ceguera de la humanidad.

Estaban ciegos cuando se pretendió que un hombre era dueño de otro que era considerado una simple mercancía, estaban también ciegos cuando se formaron señoríos que en sus territorios: haciendas y plantaciones en las que ejercían el poder absoluto, eran hacedores del derecho y aplicadores de su rigor sobre los siervos de la gleba; en épocas recientes estaban obnubilados los teóricos de la tesis del superhombre que causó el holocausto judío, y estaba presenten el derecho no para ser ojos sino para vendarlos.

Por lo antes dicho, es un gran paso aunque esté aún cargado de lirismo que la Constitución del Ecuador supere el Estadio de derecho, para proclamar uno de derechos, lo que significa que el Estado no se somete a cualquier derecho sino a los derechos humanos y de la naturaleza, para alcanzar una vida digna para hoy y mañana. Pero, así mismo, lo que establece la Constitución por muy norma sustantiva y de aplicación directa e inmediata que sea, no tiene trascendencia en tanto no exista la voluntad de las autoridades administrativas, jueces y legisladores probos, de aplicar, resolver y emitir normas que respeten los derechos de las personas.

Hace unos pocos días (23.10.2015), la prensa difundió ampliamente la noticia de las declaraciones de Franklin Nieves, Fiscal 41 del Ministerio Público venezolano, quien afirma que el Ejecutivo nacional y sus superiores jerárquicos le presionaron para que continuara defendiendo las pruebas falsas con que se había condenado al ciudadano Leopoldo López, opositor al gobierno.

A mediados de agosto de 2015, el diario virtual la semana, publica: “…junto a los tres jueces también fueron capturados el fiscal Óscar Contreras Amaris, un comisario, un inspector de Policía, abogados y funcionarios de la oficina de asignación de procesos de la Dirección Judicial. Tras un año de investigaciones, las autoridades determinaron que los capturados se dedicaban a manipular y direccionar procesos judiciales y eran conocidos en Barranquilla como el ‘cartel de las libertades’ ”; un cartel de operadores jurídicos colombianos que negocian con la justicia, como si se tratara de una mercadería más en el mundo del comercio.

En el Perú ha sido duramente cuestionada la función judicial, por la decisión de una jueza que aparentemente emitió un fallo ilegal, ante lo cual el presidente de la Corte Superior de Justicia responde: “Un juez está vedado de tener miedo, un juez .no puede decir que lo van a matar y por eso va a resolver de tal manera”.

Estos escándalos son frecuentes a nivel mundial, ante lo cual cierro este ensayo con la pregunta ¿qué es derecho para ellos?, quienes son los protagonistas jurídicos.

BIBIOGRAFÍA

García Máynez, E. (413) Filosofía del Derecho, México, Editorial Porrúa, Décima Quinta Edición,

Morales, J. (2011), Ética y Sociedad, Ed.2, Ec: Cuenca, Universidad del Azuay.

Morales, J. (2010), Memorias: Plan de Implementación del Código Orgánico de la Función Judicial, Ec: Cuenca, Corte Nacional de Justicia.

La semana (2015) Los increíbles casos de los jueces y fiscales corruptos,http://www.semana.com/nacion/articulo/corrupcion-en-la-justicia-agrieta-la-confianza/438637-3

Perú 21 (2015), En poder judicial hay jueces corruptos e ignorantes, http://peru21.pe/opinion/oswaldo-ordonez-poder-judicial-hay-jueces-corruptos-ignorantes-2227023

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