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LA FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES.

Enviado por   •  9 de Marzo de 2018  •  2.161 Palabras (9 Páginas)  •  442 Visitas

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El aborto puede traer varias consecuencias las cuales pueden ser físicas, psicológicas y emocionales pues si la mujer lo realiza en un centro que no tenga los cuidados necesarios y la higiene correspondiente puede causar esterilidad si se dejan restos del niño en el útero, la mujer esta propensa a morir o quedar en estado de coma.

Consecuencias psicológicas que afectan mucho a la madre que se practicó un aborto culpabilidad, estrés, insatisfacción, bajo autoestima y desesperación.

Resulta una experiencia traumática para muchas mujeres que han sido presionadas para el aborto ya sea por sus parejas, esposos, convivientes, padres quedando así en un estado de fragilidad y vulnerabilidad la honra de esa mujer.

POSTURAS FRENTE AL ABORTO

Existen diversas posturas sobre el aborto ya que es un tema de polémicas, críticas y argumentos, para ciertas personas el aborto es considerado como algo normal y luchan por su despenalización, ya que se busca permitir a la mujer ejercer el derecho a decidir “ser o no ser madre” pues para otras no existe justificación alguna para que una persona termine con la vida de un nuevo ser que está dentro del vientre de la madre por lo que debería recibir una pena, por ende la vida se considera el bien jurídico más importante y que debemos protegerlo.

La iglesia Católica nos da su punto de vista aduciendo así que esto es considerado un pecado y que no lo deberían practicar se opone totalmente y aconseja a sus miembros que no se sometan a ello a menos que sea por los motivos permitidos en la ley.

Por tanto nos queda claro que siempre existirán muchos argumentos en contra y favor del aborto, la verdad es que debería permitirse el aborto de una forma libre ya que son las mujeres las encargadas de decidir y tener la voluntad de ser madres, además considero que es de gran responsabilidad traer un hijo al mundo sin tener los recursos necesarios para poder solventar sus gastos y llevar una vida digna.

Además cuestiono a las mujeres por el hecho de ser irresponsables con su sexualidad, ya que en esta época existen muchos métodos anticonceptivos para evitar este tipo de situaciones que traen una serie de dificultades y conflictos, pero considero prudente la realización del aborto en los casos en donde la madre corra peligro o donde se pueda diagnosticar que él bebe nacerá con una serie de mal formaciones. También me encuentro a favor del aborto cuando se haya dado la violación a personas con discapacidad mental ya que el futuro de ese ser no será prometedor ni favorable.

TIPIFICACION DEL DELITO DE ABORTO DENTRO DEL CÓDIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL.

En el Ecuador como señala la Constitución de la Republica, se protege el derecho a la vida de todos los seres humanos y por lo tanto este derecho no excluye a ninguna persona por razón de edad, sexo o etnia. Adicionalmente el Código de la Niñez y Adolescencia protege el derecho a la vida del que está por nacer desde la concepción y señala que es obligación del Estado, sociedad y la familia asegurar a todos los niños, niñas y adolescentes su supervivencia y desarrollo.

El tema de la penalización del aborto se tipifica en el Código Óganico Integral Penal en sus artículos Artículo 147.- Aborto con muerte.- Cuando los medios empleados con el fin de hacer abortar a una mujer causen la muerte de esta, la persona que los haya aplicado o indicado con dicho fin, será sancionada con pena privativa de libertad de siete a diez años, si la mujer ha consentido en el aborto; y, con pena privativa de libertad de trece a dieciséis años, si ella no lo ha consentido.

Artículo 148.- Aborto no consentido.- La persona que haga abortar a una mujer que no ha consentido en ello, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Si los medios empleados no han tenido efecto, se sancionará como tentativa.

Artículo 149.- Aborto consentido.- La persona que haga abortar a una mujer que ha consentido en ello, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. La mujer que cause su aborto o permita que otro se lo cause, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a dos años.

Artículo 150.- Aborto no punible.- El aborto practicado por un médico u otro profesional de la salud capacitado, que cuente con el consentimiento de la mujer o de su cónyuge, pareja, familiares íntimos o su representante legal, cuando ella no se encuentre en posibilidad de prestarlo, no será punible en los siguientes casos:

1. Si se ha practicado para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.

2. Si el embarazo es consecuencia de una violación en una mujer que padezca de discapacidad mental.

Sujeto activo.- La persona que provoque el aborto de una mujer.

Sujeto pasivo.- La mujer

Bien jurídico protegido.- La vida.

Es así que la Constitución protege el derecho a la vida que tienen las personas, incluso nos da la libertad de decidir cuantos hijos tener es decir sobre la vida reproductiva.

CONCLUSIONES

-El aborto es un problema social de gran importancia dentro de nuestra legislación ecuatoriana ya que es un tema controversial en donde se conjugan aspectos muy fundamentales como es el hecho de precautelar la vida del no nacido.

-El aborto trae consecuencias a la mujer que lo práctico afecta a su intimidad y a su honra ya que es bastante complicado recuperarse de este hecho por cuanto las mujeres que lo realizan quedan marcadas de por vida con sus recuerdos y muchas de estas con ciertas deficiencias como quedar estériles, depresión y ansiedad.

-Según la legislación ecuatoriana penaliza el aborto de acuerdo a la circunstancia que se realiza es así que existen 4 tipos de aborto tipificados como son aborto con muerte con una pena de 5 a 7 años con consentimiento y de 13 a 16 años sin su consentimiento, aborto consentido de 1 a 3 años, aborto sin consentimiento 5a 7 años y aborto no punible.

BIBLIOGRAFIA

CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL

CABANELLAS DE TORRES, Guillermo, Diccionario jurídico elemental, Buenos Aires: Heliasta, 2007, pag. 16

ENCICLOPEDIA DEL ESTUDIANTE (2006). Ciencias de la vida. Buenos

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