Jucio oral mercantil
Enviado por monto2435 • 10 de Julio de 2018 • 992 Palabras (4 Páginas) • 287 Visitas
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Juicio ejecutivo: tiene gran similitudes con el juicio oral solo tienen algunas entapas diferentes. 1. Demanda 2. Auto de ejecución (de embargo) 3. Contestación de la demanda 4. Período probatorio 5. Publicación de probanzas 6. Alegatos 7. Sentencia
Publicasion de probanzas: tiene por objeto hacer del conocimiento de las partes las pruebas aportadas al juicio, a fin de que puedan alegar de su derecho. Ahora bien, la omisión de esa publicación imposibilita a las partes para alegar sobre pruebas que no conocen
Juicio ordinario: tiene gran similitudes con el juicio oral solo tienen algunas entapas diferentes. 1. Demanda 2. Auto de radicación 3. Contestación de la demanda 4. Período probatorio 5. Publicación de probanzas 6. Citación para sentencia 7. Sentencia
Auto de radicasion: es el mandamiento que realiza el juez en el auto admisorio de un juicio ejecutivo mercantil,el orden de ejecucion es:
1. requerimiento de pago
2.embargo
3.emplazamiento requerimiento de pago.
Citacion de sentencia: presentados los alegatos o transcurrido el término para ello, previa citación y dentro del término de ocho días, se pronunciará la sentencia, independientemente de que las partes lo pidan o no.
COMPETENCIA MERCANTIL. ES JUEZ COMPETENTE AQUEL A QUIEN SE SOMETEN LAS PARTES Y A ELECCION DE UNA DE ELLAS. Si en un contrato mercantil las partes se someten a las leyes y tribunales de dos diversas entidades federativas, a elección de una de aquéllas, no pierde el derecho de escoger al juzgador que deba conocer del juicio aunque en éste aparezca como parte demandada, pues en tal caso son aplicables los preceptos procesales del Código de Comercio que hablan de la competencia del Juez al cual se someten las partes; y no es aplicable el precepto del Código Civil, referente a la nulidad de la obligación condicional cuando el cumplimiento de la condición depende exclusivamente de la voluntad del deudor, en virtud de que la controversia competencial sólo resuelve cual de los Jueces contendientes es el competente para conocer del juicio, pero no sobre nulidad de cláusulas del contrato que sería materia del juicio.
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