Manual para la constitucion de una sociedad anonima
Enviado por Rebecca • 10 de Noviembre de 2018 • 2.333 Palabras (10 Páginas) • 266 Visitas
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Objeto.
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Las sociedades deben tener un objeto formal para determinar su naturaleza
mercantil. Si los actos que persigue la sociedad son mercantiles, la sociedad será mercantil,
en caso contrario será civil.
El código Civil señala en el artículo 2688: “Un fin común de carácter
preponderantemente económico, pero que no constituye una especulación
comercial”.
Las sociedades que tengan un objeto lícito o ejerciten habitualmente actos ilícitos,
serán nulas y se procederá a la liquidación a petición de cualquier persona.
Después de pagadas las deudas de la sociedad el remanente se aplicará:
¬En las sociedades mercantiles, “al pago de la responsabilidad civil, y en
defecto de ésta, a la beneficiencia pública de la localidad en que la sociedad haya
tenido su domicilio”. (Artículo 3°)
¬En las sociedades civiles a los socios, “se les reembolsará lo que hubieran
llevado a la sociedad. Las utilidades se destinarán a los establecimientos de
beneficencia pública del lugar del domicilio de la sociedad”. (Art.2692).
Patrimonio.
Los bienes que pertenecen a las sociedades forman parte de su patrimonio, el
que constituye la garantía de los acreedores con quienes se obliga.
El patrimonio se integra con las aportaciones de los socios, que pueden ser en
dinero o bienes, y por los resultados obtenidos en su operación, los que están
1 mercantil :
adj.
Relativo al mercader, a la mercancía o al comercio. 2 fig. Que tiene afán de lucro.
integrados en diferentes derechos, bienes y obligaciones que constituyen la
estructura financiera de la entidad.
Todo ello pertenece exclusivamente a la sociedad como un atributo de su
personalidad jurídica y en ninguna circunstancia sería aceptable se
destinará a cumplir con las obligaciones personales de los socios.
Cuando la sociedad se disuelva o liquide previo cumplimiento de todos los
compromisos a cargo de la sociedad el sobrante del patrimonio debe ser
distribuido entre sus socios.
Denominación.
Las sociedades requieren de un nombre o razón social con las que se den a
conocer y se designe a sí misma en sus diferentes actos que celebre. Si la razón
social menciona únicamente el nombre de un socio deben agregarse siempre las
palabras “Y Compañía”.
Regulaciones de las sociedades.
¬La Ley General de Sociedades Mercantiles regula las sociedades de
carácter mercantil.
¬Las sociedades civiles están reguladas por el Código Civil a través de su
título Décimo Primero.
La Sociedad Civil.
Las sociedades civiles están reguladas por el Código Civil a través de su título
Décimo Primero
Presenta las siguientes peculiaridades:
Concepto:
Artículo 2688, Código Civil:
“Por el contrato de sociedad los socios se obligan mutuamente a combinar sus
recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter
preponderantemente económico, pero que no constituya una especulación
comercial”.
Para proceder a la Constitución de una Sociedad Civil:
¬Que haya dos socios como mínimo.
¬Que el objeto social sea lícito.
¬Que se exhiba la aportación de los socios en dinero, trabajo o bienes que
implica la transmisión de su dominio a la sociedad, salvo que se pacte otra cosa.
¬Contrato por escrito e inscrito en el Registro de Sociedades Civiles.
La razón social:
Artículo 2699, Código Civil:
“Después de la razón social, se agregarán estas palabras: Sociedad Civil”.
Las obligaciones de la Sociedad Civil:
Artículo 2704, Código Civil:
“Las obligaciones sociales estarán garantizadas subsidiariamente por la
responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios que administren; los demás
socios, salvo convenio en contrario, solo estarán obligados con su aportación”.
La responsabilidad subsidiaria:
Significa que para exigir responsabilidad a los socios en lo individual, se deberá
haberle exigido antes a la persona moral, es decir,
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