ACTA DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA
Enviado por karlo • 13 de Diciembre de 2017 • 2.861 Palabras (12 Páginas) • 622 Visitas
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D. DISPONER LA REALIZACIÓN DE INVESTIGACIONES, AUDITORIAS Y BALANCES. Y;
E. RESOLVER LOS CASOS EN QUE EL ESTATUTO O A LA LEY DISPONGAN SU INTERVENCIÓN Y SOBRE CUALQUIER OTRO QUE REQUIERA EL INTERÉS SOCIAL Y QUE HAYA SIDO OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: LAS CONVOCATORIAS JUNTAS GENERALES SE EFECTÚAN MEDIANTE ESQUELAS DIRIGIDAS A LOS SOCIOS EN SU DOMICILIO O AVISOS PUBLICADOS EN EL DIARIO DE MAYOR CIRCULACIÓN DE LA CIUDAD, CON ANTICIPACIÓN NO MENOS A DIEZ DÍAS. PODRÁ HACERSE EN EL AVISO, LA FECHA EN LA QUE SE PROCEDIERA, SE REUNIRÁ LA JUNTA EN LA SEGUNDA CONVOCATORIA, ENTRE LA PRIMERA Y LA SEGUNDA REUNIÓN DEBERÁ MEDIAR POR LO MENOS TRES DÍAS. NO OBSTANTE LA DISPOSICIÓN ANTERIOR, LA JUNTA SE ENTENDERÁ CONVOCADA SI ESTÁ PRESENTE LA TOTALIDAD DEL CAPITAL PAGADO Y LOS ASISTENTES ACEPTAN POR UNANIMIDAD LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA Y LOS ASUNTOS A TRATAR.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: EL QUÓRUM PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS JUNTAS GENERALES SE COMPUTA Y ESTABLECE DE ACUERDO A LO QUE DISPONE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: CADA ACCIÓN DA DERECHO A UN VOTO; LOS ACUERDOS DE JUNTA GENERAL CONSTAN EN UN LIBRO DE ACTAS QUE SE FORMARAN LOS SOCIOS CONCURRENTES.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO: LA GERENCIA-. EL GERENTE ES EL ADMINISTRADOR DE LA SOCIEDAD Y SERÁ ELEGIDO POR LA JUNTA GENERAL, POR TIEMPO INDEFINIDO, Y PODRÁ SER O NO SOCIO, EN CASO DE VACANCIA, RENUNCIA O SEPARACIÓN DE JUNTA ACORDARA QUIEN DEBE SUSTITUIRLO; LA SOCIEDAD PODRÁ TENER MÁS DE UN GERENTE Y LA JUNTA SEÑALARA SUS FACULTADES.
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO.- EL GERENTE TENDRÁ LA REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD Y REALIZARA TODOS LOS ACTOS NECESARIOS PARA LA BUENA MARCHA DE LA SOCIEDAD, DANDO CUENTA A LA JUNTA OBLIGATORIA ANUAL DE SU LABOR Y PRESENTAR LAS CUENTAS SOCIALES Y EL PLAN PARA LA CONDUCCIÓN DE LOS NEGOCIOS DEL PRÓXIMO EJERCICIO. EL GERENTE ESTÁ OBLIGADO A FORMULAR EL BALANCE CON LA CUENTA DE GANANCIAS Y PÉRDIDAS, LA PROPUESTA DE DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES Y EL PLAN EXPLICATIVO PARA LA CONDUCCIÓN DE LOS NEGOCIOS SOCIALES PARA EL SIGUIENTE EJERCICIO.
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO.-EL GERENTE GENERAL, ESTA FACULTADO PARA TODOS LOS ACTOS Y/O CONTRATOS CORRESPONDIENTE AL OBJETO DE LA SOCIEDAD, PUDIENDO REALIZAR A SOLA FIRMA A LOS SIGUIENTES OPERACIONES.
A).- DIRIGIR LAS OPERACIONES COMERCIALES Y ADMINISTRATIVAS DE LA SOCIEDAD, DE CONFORMIDAD CON EL ESTATUTO Y LAS RESOLUCIONES DE LAS JUNTAS DE ACCIONISTAS.
B).- REPRESENTAR LA SOCIEDAD ANTE TODA CLASE DE AUTORIDADES, EN LO JUDICIAL GOZA DE LAS FACULTADES GENERALES Y ESPECIALES SEÑALADAS EN LOS ARTÍCULOS 74°, 75°, 77°Y 436° DEL C.P.C. REPRESENTAR ANTE LAS AUTORIDADES NACIONALES Y DE LA REGIÓN, PREFECTURA. MINISTERIOS, SUNAT, SUNAD ,SUNARP, Y OTRAS IDENTIDADES PÚBLICAS Y PRIVADAS, ASA COMO LA FACULTAD DE REPRESENTACIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 10°DE LA LEY N°26636Y DEMÁS NORMAS CONEXAS Y COMPLEMENTARIAS, TENIENDO EN TODOS LOS CASOS FACULTAD DE DELEGACIÓN O SUSTITUCIÓN.
C).- CELEBRAR CONTRATOS DE CRÉDITOS EN CUENTA CORRIENTE, CRÉDITOS DOCUMENTARIOS Y ARRENDAMIENTO FINANCIERO, APERTURAR CARTAS DE CRÉDITO, SOLICITAR CARTAS FIANZAS.
D).- PODRÁ ABRIR , TRANSFERIR, CERRAR Y ENCARGARSE DEL MOVIMIENTO DE TODO TIPO DE CUENTA BANCARIA, GIRAR, COBRAR, RENOVAR, ENDOSAR, DESCONTAR Y PROTESTAR LETRAS DE CAMBIO, VALES, PAGARES, OTROS, CERTIFICADOS, CONOCIMIENTO, PÓLIZAS, CARTAS FIANZAS Y CUALQUIER CLASE DE TÍTULOS VALORES, DOCUMENTOS MERCANTILES Y CIVILES, OTORGAR RECIBOS Y CANCELACIONES, SOBREGIRARSE EN CUENTA CORRIENTE CON GARANTÍA O SIN ELLA, SOLICITAR TODA CLASE DE PRÉSTAMO CON GARANTÍA HIPOTECARIA Y DE CUALQUIER FORMA ABRIR Y CERRAR CUENTAS CORRIENTES Y CUALQUIER CUENTA BANCARIA, GIRAR CHEQUES CONTRA CUENTA DE LA SOCIEDAD QUE ESTÉN PROVISTAS DE FONDOS O CONTRA CRÉDITOS O SOBREGIROS QUE HAYAN SIDO CONCEDIDOS A LA SOCIEDAD Y CONTRATAR CAJAS DE SEGURIDAD, OPERARLAS Y CANCELARLAS.
E).- PODRÁ ADQUIRIR Y TRANSFERIR BAJO CUALQUIER TÍTULO, COMPRAR, VENDER, ARRENDAR, DONA, DAR EN COMODATO, ADJUDICAR Y GRABAR LOS BIENES DE LA SOCIEDAD, SEAN MUEBLES O INMUEBLES, SUSCRIBIENDO LOS RESPECTIVOS DOCUMENTOS YA SEAN PRIVADOS O PÚBLICAS EN GENERAL, PODRÁ CELEBRAR TODO CLASE DE CONTRATO NOMINADOS O INNOMINADOS, INCLUSIVE LOS DE LEASING O DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO CONSORCIO, ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN Y CUALQUIER OTRO CONTRATO DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL VINCULADO CON EL OBJETO SOCIAL, ADEMÁS PODRÁ SOMETER LAS CONTROVERSIAS A ARBITRAJE Y SUSCRIBIR LOS RESPETIVOS CONVENIOS ARBITRALES.
F).- GIRAR, COBRAR, RENOVAR, ENDOSAR, DESCONTAR, PROTESTAR, ACEPTAR Y REACEPTAR CHEQUES, LETRAS DE CAMBIO, VALES, PAGARES, WARRANTS, GIROS, CERTIFICADOS, CONOCIMIENTOS DE EMBARGUE, PÓLIZA DE SEGURO Y CUALQUIER CLASE DE TÍTULO VALORES DOCUMENTO MERCANTILES Y CIVILES.
G).- COMPRAR, VENDER Y ARRENDAR BIENES MUEBLES E INMUEBLES, OTORGAR FIANZAS MANCOMUNADAS O SOLIDARIAS.
H).- OTORGAR RECIBOS Y CANCELACIONES, SOBRE GIRARSE EN CUENTA CORRIENTE CON GARANTÍA O SIN ELLA, SOLICITARSE TODO CLASE DE PRÉSTAMO CON GARANTÍA HIPOTECARIA, PRENDARIA O DE CUALQUIER FORMA.
I).- PODRÁ ADQUIRIR Y TRANSFERIR BAJO CUALQUIER TÍTULO, COMPRAR, VENDER, ARRENDAR, HIPOTECAR, DONAR, ADJUDICAR Y GRABAR LOS BIENES DE LA SOCIEDAD, SEAN MUEBLES O INMUEBLES, SUSCRIBIENDO LOS RESPECTIVOS DOCUMENTOS YA SEAN PÚBLICOS O PRIVADOS.
J).- SOLICITAR, ADQUIRIR, DISPONER, TRANSFERIR, REGISTRO DE PATENTES, MARCAS, NOMBRES COMERCIALES CONFORME A LEY, SUSCRIBIENDO CUALQUIER CLASE DE DOCUMENTO VINCULADOS Y PROPIEDAD INDUSTRIAL O INTELECTUAL.
K).- PARTICIPAR EN LICITACIONES, CONCURSO PÚBLICOS Y/O ADJUDICACIONES SUSCRIBIENDO CONTRATO DE CONSORCIO Y LOS RESPECTIVO DOCUMENTOS QUE CONLLEVE A LA REALIZACIÓN DEL OBJETO SOCIAL.
L).-EJERCER LA PRESENTACIÓN MERCANTIL DE LA SOCIEDAD CON LAS FACULTADES Y LAS LIMITACIONES QUE ESTABLECE LA LEY.
M).- SUSCRIBIR LA CORRESPONDENCIA, CELEBRAR CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO COMO PRODUCTOR POR TIEMPO DETERMINADO O INDETERMINADO, CON PACTO DE ADELANTO DE MERCED CONDUCTIVA O SIN ÉL, CON PACTO DE ABONO DE MEJORA O SIN ÉL, ASÍ MISMO ARRENDAR CAJA DE SEGURIDAD, ABRIR, RETIRAR SU CONTENIDO Y CANCELAR EL ARRIENDO, CONTRATAR SEGUROS DE CUALQUIER CLASE O ENDOSARLO, ACEPTA LETRAS DE CAMBIO Y SUSCRIBIR VALES Y PAGARES, ASÍ COMO DESCONTAR DICHO DOCUMENTOS PARA SU IMPORTE SEA ABOGADO EN LA CUENTA CORRIENTE DE LA SOCIEDAD, ASÍ MISMO PODRÁ REACEPTAR, RENOVAR, ENDOSAR O REALIZAR CUALQUIER TIPO DE OPERACIONES CON TÍTULOS VALORES, EN FORMA MANCOMUNADAS ENDOSARÁ CHEQUES PARA QUE SEA ABONADAS A LA CUENTA DE LA SOCIEDAD.
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