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PROBLEMA PÚBLICO NACIONAL

Enviado por   •  3 de Junio de 2018  •  2.032 Palabras (9 Páginas)  •  368 Visitas

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Los requisitos que señala la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para regularizar los vehículos extranjeros son:

- Contar con el Título de propiedad original.

- Tramitar por conducto de agente o apoderado aduanal, por la aduana de su elección, el pedimento de importación definitiva, pagando honorarios entre 1,200.00 a 1,600.00 moneda nacional a dicho agente aduanal.

- Contar con el Certificado de Origen debidamente sellado por la Oficina de Aduana Extranjera por donde se exporta el vehículo y que se tendrá que obtener al cruzar el vehículo a territorio mexicano. CANDADO E INCONGRUENCIA.

- Presentar el certificado de cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SEMARNAT-2006, respecto a emisiones contaminantes, (Verificación vehicular).

- Contar con el Reporte de Robo.

- Pagar los impuestos correspondientes respecto a la fracción arancelaria.

- Emplacar el vehículo ante la autoridad de tránsito en la localidad del propietario.

Actualmente la introducción de dichos vehículos se efectúa al amparo del “Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados” publicado en el DOF del 1o de julio de 2011, cuya vigencia se ha venido prorrogando año con año, hasta el próximo 31 de diciembre de 2016.

Este instrumento prevé, entre otros lineamientos, diversas medidas administrativas, como el requisito de presentar un certificado de origen emitido por la compañía armadora para importar vehículos usados, sin pago de arancel conforme a los TLC´s suscritos por México. Asimismo, otorga de manera unilateral aranceles reducidos para vehículos usados cuyo Número de Identificación Vehicular corresponda a la fabricación o ensamble en los países miembros del TLCAN.

Todo esto generó al interior de la administración pública la intervención de varios presidentes en sus sexenios, secretarías de estado, decretos, organismos del poder judicial, convenios, las armadoras nacionales, amparos por parte de los ciudadanos afectados, incluso emitir jurisprudencia relativa a la misma problemática, sin obtener resultados claros y objetivos.

C O N C L U S I O N E S

El señor José Luis Hernández López* en adelante JLHL, (nombre ficticio para proteger su identidad y/ o ubicación), de actividad económica campesino y productor ganadero, adquiere a principios del año dos mil dieciséis en el estado de San Luis Potosí en la cantidad de SETENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL, una camioneta usada Ford pick-up, F150, modelo 2004, doble cabina, motor de 6 cilindros, equipada con A/AC, dirección hidráulica, suspensión reforzada para uso rudo, transmisión manual de 5 velocidades, en excelentes condiciones de funcionamiento y de origen extranjero, con su correspondiente Título de Propiedad.

En la región donde habita JLHL, existen varias organizaciones campesinas, siendo las más reconocidas la Unión Campesina Democrática y la Central Campesina Independiente, mismas que cobran por afiliación las cantidades de UN MIL TRESCIENTOS y CUATROCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL respectivamente por “ENLISTAR” el vehículo ante las autoridades; esto es que entregan un par de placas de circulación de su organización que usualmente menciona “Vehículo Amparado”, un engomado para adherir al parabrisas o medallón del vehículo y una carta de la agrupación donde se coloca una fotografía del afiliado que es quien debe conducir en todo momento el vehículo y la descripción general del mismo, así mismo el deber de acudir a las reuniones sabatinas en las instalaciones de la agrupación para obtener información y cubrir la cantidad de 50.00 en cada una de ellas.

El propósito es supuestamente conocer cuando aparecerán los datos en algún boletín o listado de la SHCP, del vehículo inscrito a efecto de poder cubrir los impuestos correspondientes. Unión Campesina Democrática maneja un costo de regularización o pago de impuestos que varía según el modelo del vehículo de los 31,000.00 a los 36,000.00 pesos y 500.00 USD extra si es la versión de lujo.

El señor JLHL, en el ánimo de regularizar su camioneta evitando usar a tal intermediaria, busca a su abogado solicitando asesoría y consultoría relatando el proceso de compra antes mencionado.

Al platicar el abogado con un Agente Aduanal, este hace una cotización por concepto de impuestos para el vehículo descrito, mencionando la necesidad de hacer un pago por la cantidad de SESENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL, toda vez que para vehículos modelos anteriores al año 2007 deben pagar el 50% del valor del mismo, del modelo 2008 o 2009 deben pagar CINCUENTA Y UN MIL PESOS MONEDA NACIONAL, y así mismo indispensable obtener el Certificado de Origen, sin embargo no hay claridad respecto a la mención de en qué casos específicos aplica el 10% de impuesto ad valorem.

Aunado a los SETENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL destinados a la compra de la camioneta mencionada, el señor JLHL, ahora debe pagar los impuestos regulares, aproximadamente SESENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL, más los honorarios del Agente Aduanal, aproximadamente UN MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL, lo cual suma aproximadamente CIENTO TREINTA Y SIETE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL incluido el pago de afiliación a la organización campesina, para que una vez teniendo la fracción arancelaria de mérito, acudir a la oficina de finanzas que corresponda a su domicilio para que sea realizado el cálculo del pago correspondiente a dar de alta el vehículo para otorgar las placas de circulación y realizar entonces el cálculo del pago de tenencia. (Se ignoran esos valores extras).

En consecuencia de todo lo anterior, el señor JLHL, al igual que 6’383,599 propietarios de este tipo de vehículos se encuentran en su mayoría en grave estado de indefensión, señalados directamente en el Código Fiscal de la Federación, artículos 92, 102, 103 y demás relativos, como responsables y poseedores ante el fisco federal, de vehículos irregulares, ilegales o de contrabando, al no poder demostrar su legal estancia en la nación.

Cabe hacer mención que se cotizó a efecto de tener una comparación realista y valorar la magnitud del problema en este caso concreto, con un vehículo de fabricación nacional usado en condiciones similares a la del presente problema, aunque en su versión austera, tal vehículo vale OCHENTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL en un negocio de automóviles ubicado en la población de Oblatos en el estado de

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