Pequeño análisis sobre la trata y tráfico en la ciudad de La Paz Bolivia
Enviado por Jerry • 18 de Diciembre de 2018 • 2.098 Palabras (9 Páginas) • 426 Visitas
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FINES DE LA TRATA DE PERSONAS
Según la legislación boliviana, se consideran como fines de explotación:
- Venta u otros actos de disposición del ser humano con o sin fines de lucro.
El o la tratante realiza una transacción comercial de un bebé, niña, niño, adolescente, joven, hombre, mujer, adulto mayor con un cliente por una determinada cantidad de dinero. Los otros actos de disposición están referidos a que los y las tratantes utilizan a un ser humano como cosa, para alquilarlo, arrendarlo, prestarlo a otra persona a cambio de dinero.
- Extracción, venta o disposición ilícita de fluidos o líquidos corporales, células, órganos o tejidos humanos.
El o los y las tratantes previamente ya tienen clientes para proveer los órganos de la víctima desde riñones, hígado, corazón; Tejidos como la córnea, piel hueso superior del cuerpo, hueso y tejido conectivo; los líquidos y fluidos pueden ser sangre, líquido pre seminal, semen y sebo. Siendo extraídos de la víctima para comercializarlos.
- Reducción a esclavitud o estado análogo.
Es cuando la víctima una vez captada se convierte en propiedad del tratante (su amo) e implica el completo y absoluto dominio sobre la victima por parte de su tratante. La víctima se convierte en un objeto de posesión y, por lo tanto, carece de libertad de su condición de ser humano y dignidad. Es así que el tratante puede disponer de ella como quiera.
- Explotación laboral, trabajo forzoso o cualquier forma de servidumbre.
La victima en la explotación laboral, se encuentra carente de dignidad y sin libertad. Esta es obligada a realizar una actividad laboral y ciertas tareas sin su elección.
- Servidumbre costumbrista
Es una mala práctica cultural que se realiza en nuestro país, consiste en que los progenitores entregan a sus hijos o hijas a terceras personas (tratantes) bajo la figura de padrinazgo, supuestamente para que los cuiden y les hagan estudiar. En realidad, el o la tratante, las o los utilizara para venderlos o explotarlos.
- Explotación sexual comercial.
La explotación sexual comercial consiste en la utilización de niñas, niños y adolescentes sean hombres o mujeres menores de 18 años de edad por parte de los tratantes para relaciones sexuales, pornografía, espectáculos sexuales, a cambio de dinero por parte de los clientes.
- Embarazo forzado.
El tratante utilizará para este fin a víctimas mujer (niñas, adolescentes y mujeres) con el propósito de obligarlas a embarazarse y posteriormente negociar con su hijo o hija.
- Turismo sexual.
Los tratantes con el fin de incentivar los viajes de personas a ciertos lugares del país, ofrecen a niñas, niños, adolescentes, mujeres y hombres para cualquier actividad sexual (prostitución, espectáculos sexuales, pornografía), obteniendo ganancias lucrativas.
- Guarda o adopción.
Bebés, niñas, niños y adolescentes son captados a través de la compra de sus padres, o son sustraídos de sus hogares con la finalidad de iniciar un proceso legal de guarda o adopción donde el cliente paga por este servicio al tratante.
- Mendicidad forzada.
El o la o las y los tratantes obligan a bebes, niñas, niños, adolescentes, hombres, mujeres, adultos y adultas mayores a pedir limosna en diferentes calles, avenidas, centros comerciales, mercados con la finalidad de que las y los mismos les entreguen lo ganado.
- Matrimonio servil, unión libre o de hecho servil.
El o la tratante capta una mujer u hombre adolescente o mayor de edad. La víctima no tiene la libertad para decidir, es prometida o dada en matrimonio a cambio de un pago en dinero o en especie, para luego ser explotada por el cliente.
- Reclutamiento de personas para su participación en conflictos armados o sectas religiosas.
Las y los tratantes captan o reclutan a través del engaño o la fuerza a niñas, niños, adolescentes, hombres y mujeres para ser entregados a fuerzas armadas irregulares, con la finalidad que sean utilizados en actividades bélicas o sexuales. De igual forma son captadas o reclutadas para la entrega a sectas religiosas con la finalidad de que sean utilizadas en actividades como la prostitución, pornografía, explotación laboral, trabajos forzados, servidumbre, esclavitud.
- Empleo en actividades delictivas
Las y los tratantes captan o reclutan a víctimas hombres o mujeres para ser utilizadas o utilizados por si mismos o por sus clientes para cometer cualquier tipo de delitos (robo, hurto, homicidios, asesinatos, fraudes).
- Realización ilícita de investigaciones biomédicas.
Las y los tratantes reclutan o captan: bebes, niñas, niños adolescentes, mujeres y hombres adultos para que se experimenten en sus cuerpos nuevos productos farmacéuticos, experimentos genéticos, prácticas nuevas de cirugía, etc.
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ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA INSTITUCIONAL CONTRA LA TRATA Y TRÁFICO DE PERSONAS Y DELITOS CONEXOS
- Consejo Plurinacional contra la Trata y Tráfico de Personas
Es la instancia máxima de coordinación y representación, para formular, parobar y ejecutar la Política Plurinacional de Lucha contra la Trata y Tráfico de Persona, y delitos conexos. Está conformada por 9 ministerios, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo y la Sociedad Civil. La presidencia está a cargo de la Ministra o Ministro de Justicia (Art 7).
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- Dirección General de lucha contra la Trata y Tráfico de Personas
La DGTTP se encarga de promover la coordinación con entidades e instituciones que forman parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana en el marco del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y el Plan Plurinacional de Lucha contra la Trata y Tráfico de Personas.
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Conclusiones
Al referirse de
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