Soft Law
Enviado por Christopher • 15 de Enero de 2018 • 963 Palabras (4 Páginas) • 367 Visitas
...
V. Criterios para determinar la existencia de un determinado instrumento de soft law (Christine Chinkin)
i) Que sean formulados en términos no obligatorios de acuerdo a los procesos tradicionales de creación de derechos (v. gr. tratado o costumbre)
ii) Contengan términos vagos e imprecisos
iii) Procedan de órganos carentes de autoridad para crear normas internacionales
iv) Estén dirigidos a actores no estatales, cuya práctica no pueda configurar una costumbre internacional
v) Permanezcan ajenos a cualquier teoría de la responsabilidad internacional
vi) Se basen exclusivamente en la adhesión voluntaria y no exista un mecanismo jurídico para su exigencia.
V. La eficacia del Soft Law
Uno de sus rasgos característicos es la coercibilidad puesto que es uno de los factores esenciales de su juridicidad, uno de los elementos que se han tomado para quitarle relevancia a este fenómeno es la falta de sanción ante el incumplimiento de los instrumentos de soft law
Hay distintos grados de normas, que en común buscan la consecución de fines legítimos. En la actualidad en las fuentes del derecho algunas no ofrecen directamente una norma si no una orientación de donde extraer la norma, y ahí es donde el soft law entra pues es un instrumento que genera reglas jurídicas
VI. Aspecto importante a considerar
Cuando se habla del Soft Law es el hecho de que faltan mecanismos de control y cumplimiento y que solo estos mecanismos pueden realizarse en el ámbito interno, pero sirve como una inspiración para la adopción de legislación interna , hay que destacar que ha ido cambiando el soft law en hard law no solo en el campo del derecho internacional si no como en el penal etc.
Conclusión
El soft law es un término paradójico y ambiguo puesto que es difícil identificar con claridad , es considerado por los juristas como un cajón de sastre , donde meter aquello que no encaja en las categorías tradicionales y que tiene una enorme potencialidad a la hora de causar dificultades al intérprete del derecho.
La globalización es un Elemento muy importante para el Soft Law pues varios factores son responsables de la sobrecarga de legislación, la ineficacia y la necesidad de adaptar la producción normativa de esta nueva realidad
Hace tiempo se viene sugiriendo que la “visión legalista” actual deba de volver a ser pensada y deberíamos preguntarnos si realmente funciona y admitir el brote de nuevas fuentes del derecho y superar la noción reductora de fuentes del derecho
Bibliografía
- http://www.derecho.uba.ar/revistagioja/articulos/R0008A006_0004_investigacion.pdf
- http://biblio.juridicas.unam.mx/estrev/derint/cont/6/art/art12.htm
- http://avalon.utadeo.edu.co/servicios/ebooks/derecho_ambiental/files/assets/basic-html/page183.html
- https://www.boe.es/publicaciones/anuarios_derecho/abrir_pdf.php?id=ANU-F-2014-10003700068_ANUARIO_DE_FILOSOF%26%23833%3B_DEL_DERECHO_Los_efectos_jur%EDdicos_del_soft_law_en_materia_de_igualdad_efectiva._La_experiencia_espa%F1ola
- http://biblio.juridicas.unam.mx/revista/DerechoInternacional/numero/6/art/art12.htm
- http://www.reei.org/index.php/revista/num8/archivos/MazuelosBellido_reei8_.pdf
- http://www.derecho.uba.ar/publicaciones/pensar-en-derecho/revistas/0/globalizacion-y-derecho.pdf
...