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Tema: Un local ubicado en el primer piso del inmueble, ocupada la esquiva con la extencion de 10 mts de fondo x 7 mts de frente con la carrera 23

Enviado por   •  31 de Enero de 2018  •  3.217 Palabras (13 Páginas)  •  367 Visitas

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QUINTA RECIBO y ESTADO. La arrendataria declara que ha recibido el inmueble objeto de este contrato en buen estado; en ei misrno se deferminan los servicios, cosas y usos conexos. La arrendataria se obliga a la termination del contra-to a devolver a la arrendadora el inrnueble en el mismo estado que lo recibia, (pintura y demos) salvo el deterioro provenient,:: de! transcurso del tiempo y el use legitimo del bier. arrendado.

SEXTA.- REPARACIONES. La arrendataria tendra a su cargo las reparaciones locativas a que se refiere la Iey y no podra realize- otras sin e! consentimiento escrito de la arrendadora. En caso que la arrendataria realice reparaciones indispensables no locativas que se causen sin su cuipa, a menos que las partes acuerden otra cosa, podr6 la arrendataria descontar el costo de las reoaraciones dei valor de la renta, previa presentacian de la factura de yenta cancelada par la arrendataria, sin que tales descuentos excedan el veinte por ciento (20%) del valor de la misma.

SEPTIMA.- OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS PARTES: a) De Ia arrendadora:

1. la arrendadora hara entrega material del inmuebie a la arrendataria el dia 23 de mayo de 2015 en buen .estado de servicio, seguridad y sanidad y pondral a su disposition los servicios, cosas y usos conexos convenidos en el presente contrato, del cual hara entrega a la arrendataria, asi coma copia del contrato con firmas originales.

2. Mantendra en el inmueble los servIcios, ias cosas y los usos conexos y adicionales en buen estado de servir para el cumplimienfo del objeto del contrato. 3. librara al arrendatario de toda turbacion en el goce del inmueble.

4. hacer as reparaciones necesarias del bien objeto del arriendo, y !as locativas pero solo cuando estas provinieren de fuerza mayor o caso fortuito, o de la mala calidad de la coca arrendada.

5. Expedir comprobante escrito en el que conste la fecha, cuantia y period° al cual corresponde el pago del arrendamiento, so pena que sea obligada, en caso de renuencia, por is autoridad competenie,

6. Las demos obligaciones contenidas en la ley.

b) De is arrendataria:

1. Pagar a la arrendadora en el lugar y termino convenido en la clausula segunda del presente contrato, el precio del arrendamiento. Si la arrendadora se rehCisa a recibir el canon o renta, la arrendataria cumplira su obligation consignando dicho pago en is orrna prevista en el articulo 10 de la ley 820 de 2003.

2. Gozar del inmueble seg6n los terminos y esPiritu de este contrato.

3. Velar y cuidar por Ia conservation del inmueble y as cosas recibidas en arrendamiento. En caso de darn o deterioros distintos a los derivados del uso normal o de la action del tiempo y que fueren imputables al mal uso del inmueble o a su propia cuipa, efectuar oportunamente y por su cuenta as reparaciones o sustituciones del caso.

4. Restituir el inmueble a la termination del contrato, en ei estado en el que le fue entregado, salvo el deterioro natural causado por el tiempo y el uso legitimo y poniendolo a disposition de la arrendadora. Los arrendatarios restituiran el inmueble con todos los servicios p6blicos domiciliarios totalmente al olio y a paz y salvo con as empresas prestadoras del servicio, y se obliga a cancelar las facturas debidas que Ileguen posteriormente pero causadas en vigencia del cantata. En:3ningan caso la arrendadora sera responsable por el pago ale serviCias .o cone4ones a • acometidas ;Clue fueren directamente contratadas par le) arrendatarid, salvo pacto e)(preso.entre las pprtes.

5. No hacer !rnejoras al inmueble:disfintas de Yels locativas Sfh,autorizacion de la arrendadora. Si as hiciere seran de piopiedad de este. • .

OCTAVA incumplimiento: El incumplimiento de Id Arrendataria a cualquiera de sus obligaciones legales a contractuales faculta a is Arrendadora para ejercer las siguientes acciones, simultaneamente a en el orden que el elija:

a) Declarar terminado este Contrato y reclamar la devolution del Inmuebie judicial y/o extrajudicialmente;

b) Exigir y perseguir a traves de cualquier media, judicial o extrajudicialmente, a la Arrendataria y/o coarrendataria el monto de as perjuicios resultantes del incumplimierto, asi coma de la multa por incumplimiento pactada en este Contrato.

Paragrafo: Son causales de termination del Contrato en forma unilateral por la Arrendadora as previstas en el Articulo 16 de Ia Ley 56 de 1985; y por parte de la Arrendataria las consagradas en el Articulo 17 de la rnisma Ley. No obstante lo anterior, las Partes en cualquier tiempo y de comi.m acuerdo podran dar por terminado el presente Contra-ft). NOVENA. - TERMINACION DEL. CONTRATO. Son causales de termination unilateral del contrato, las de ley y especialmente as siguientes:

A. Por parte de Ia arrendadora:

1. La no cancelacian por parte de la arrendataria del precio del canon y reajustes dentro del termino estipulado del misrno.

2. La no cancelacion de los servicios pUblicos que ocasione Ia desconexiOn o perdida del servicio, o del pago de las expensas comunes cuando su pago estuviere a cargo gel arrendatario.

3. El subarriendo total o parcial del inmueble, is cesian del contrato o del goce del inmueble, o el cambia de destination del inmueble sin consentimiento expreso del arrendador.

4. Las mejoras, cambios y arnpiiaciones que se hagan al inmueble sin autorizaciOn expresa al arrendador o la destruction total o parcial del inmueble a area arrendada por parte del arrendatario.

5. La incursión reiterada de los arrendatarids en procederes que afecten la tranquilidad ciudadana de los vecinos, o la destinación del inmueble para actos delictivos o que impliquen contravención, debidamente comprobados ante la autoridad de policía.

6. La arrendadora, con el cumplimiento de lo establecido en el artículo 23 de la Ley 820 de 2003 podrá dar por terminado unilateraimente el contrato de arrendamiento durante las prórrogas, previo aviso escrito dirigido a la arrendataria a través del servicio postal autorizado, con una antelación de uno a tres (3) meses y el pago de una indemnización equivalente al precio de un (1) mes de arrendamiento. Cumplidas estas condiciones los arrendatarios estarán obligado a restituir el inmueble.

7. La arrendadora podrá dar por terminado unilateralmente el contrato de arrendamiento a la fecha de vencimiento del término inicial o de sus prórrogas invocando cualquiera

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