DEMANDA DECLARATIVA ABREVIADA DE RECONOCIMIENTO FORZOSO DE PATERNIDAD.
Enviado por Sara • 16 de Marzo de 2018 • 781 Palabras (4 Páginas) • 432 Visitas
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Yo Abog. Janeth Jacquelin López Rodríguez con cedula de identidad número 0501-1978-03748 con domicilio en la Ciudad de San Pedro Sula departamento de cortes y con las oficinas profesionales ubicadas en Bo Guamilito 7 calle 6 ave. San Pedro Sula con teléfono 97986863 y actuando en representación de la Sra. Amparo Peralta, mayor de edad, con número de cedula de identidad 0501-1989-00125, soltera, de profesión comerciante individual y con domicilio en la ciudad de San Pedro Sula, comparezco ante usted, promoviendo LA DEMANDA ORDINARIA DE IMPUGNACION DE PATERNIDAD contra el Sr. José Raúl García Mendez,mayor de edad,soltero,comerciante, con cedula de identidad número 0501-1968-001679 con domicilio en la ciudad de San Pedro Sula ,para que previo los trámites legales correspondientes y en sentencia definitiva sea obligado a desistir de la paternidad y a su vez de todos los derecho que si fuese padre de la menor le correspondieran sobre la menor María Guadalupe Peralta.
Ya que el Sr. José Raúl García Méndez reconoció a la menor María Guadalupe Peralta. Como su hija legitima, lo cual no es cierto situación que acreditare en el momento procesal oportuno, razón por la cual realizo esta acción de impugnación de paternidad.
Se presenta adjunta la fotocopia de la partida de nacimiento de la menor María Guadalupe Peralta. , como la prueba de ADN realizada la cual constata que el demandado no es el padre biológico de la menor (art 117 del CF).
PETICION
Por lo expuesto anteriormente a este Juzgado respetuosamente solicito lo siguiente:
PRIMERO admitir la demanda
SEGUNDO por medio del Sr receptor mandar citar y emplazar en legal y debida forma al Sr. José Raúl García Méndez para que en el plazo de 6 días conteste la demanda y advirtiéndole que si no responde incurrirá a un juicio de rebeldía
TERCERO si la sentencia es definitiva declarando con lugar esta demanda ordenar la cancelación y nulidad del asiento en donde se encuentra inscrito el acto notarial por el cual el demandado la reconoció como su hija.
San Pedro Sula Cortes 18 de Marzo de 2015
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OBSERVACIONES DEL CATEDRATICO.
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