PROGRAMA DE UTILIZACIÓN DE RECURSOS MATERIALES PARA EL CONOSEJO DE HONOR Y JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
Enviado por Christopher • 26 de Diciembre de 2017 • 3.360 Palabras (14 Páginas) • 586 Visitas
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La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal es una dependencia del Gobierno Capitalino, que posee las funciones de Ministerio Público, investigador de los delitos y persecutor de los inculpados dentro del territorio referente a la Ciudad de México.
Su titular es nombrado por el Presidente de la Republica a sugerencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal.
Actualmente ocupa el cargo
SEÑOR PROCURADOR: Lic. Rodolfo Fernando Ríos Garza.
MISIÓN
Representar legalmente los intereses de los habitantes del Distrito Federal, a través de la implementación de acciones eficaces y eficientes para la Persecución del Delito y la Procuración de Justicia con respeto irrestricto a los Derechos Humanos, a efecto de fortalecer la confianza y seguridad en la convivencia de los habitantes.
VISIÓN
Ser una Procuraduría con rostro humano, de excelencia en su servicio y con un alto compromiso social, integrada por servidores públicos altamente capacitados que empleen tecnología de vanguardia para la Investigación del Delito y la Persecución del Delincuente en forma ágil, confiable, transparente y científica, siendo éticamente responsables al basar su actuación en el respeto a los Derechos Humanos para responder así a la demanda social de justicia y seguridad; colocándose como una Institución Modelo en el tema de Procuración de Justicia a nivel nacional e internacional.
VALORES
- Vocación de Servicio.
- Eficiencia y Eficacia.
- Profesionalismo.
- Valentía.
- Honestidad.
- Honradez.
- Respeto a los Derechos Humanos.
Estructura organizacional para poder ubicar donde se encuentra el Consejo de Honor y Justicia de la Policía de Investigación.
OFICINA DEL PROCURADOR:
a) Jefatura General de la Policía de Investigación.
b) Visitadora Ministerial.
c) Coordinación General de Servicios Periciales;
d) Coordinación General de Políticas Administrativas de Planeación y Organización;
e) Coordinación de Agentes del Ministerio Publico Auxiliares del Procurador;
f) Fiscalía para la Investigación de los delitos cometidos por Servidores Públicos;
g) Fiscalía de Revisión y Seguimiento de Asuntos de Alto Impacto;
h) Dirección General de Policía y Estadística Criminal;
j) Dirección General de Asuntos Internos;
k) Instituto de Formación Profesional;
l) Consejo de Honor y Justicia de la Policía de Investigación;
DEL CONSEJO DE HONOR Y JUSTICIA
(Artículo 40 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal)
Es el órgano colegiado encargado de determinar las políticas de estímulos y recompensas de la Policía de Investigación, así como de emitir las resoluciones que previo procedimiento, determinen la separación temporal o definitiva de los miembros de la Policía de Investigación que incurran en conductas que transgredan los principios y normas disciplinarias que rijan su actuación
FUNDAMENTO LEGAL.
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Adscripción: El Consejo De Honor y Justicia está Adscrito a La Oficina del Procurador General De Justicia Del Distrito Federal. (ARTÍCULO 21 FRACCIÓN I, INCISO L) DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PGJDF
- Competencias y Atribuciones según la ley ARTÍCULO 21 FRACCIÓN I, INCISO L) DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PGJDF
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Marco normativo de la Policía De Investigación (jerarquía de leyes)
- CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
- TRATADOS INTERNACIONALES RATIFICADOS POR MÉXICO
- LEYES REGLAMENTARIAS DE LA CONSTITUCIÓN
- LEYES ORDINARIAS FEDERALES Y LOCALES
- REGLAMENTOS
- ACUERDOS, MANUALES, CIRCULARES Y OTROS.
RELACION JURIDICA DE LA POLICIA DE INVESTIGACION CON EL CONSEJO DE HONOR Y JUSTICIA.
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PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN.
- Artículo 21 de la Constitución
- Artículos 16 y 17 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal
- LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
- ARTÍCULO 68 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL
(Ley de Seguridad Publica del Distrito Federal, 2004)ARTICULO 16.- El servicio a la comunidad y la disciplina, así como el respeto a los derechos humanos y a la legalidad, son principios normativos que los Cuerpos de Seguridad Pública deben observar invariablemente en su actuación.
(Ley de Seguridad Publica del Distrito Federal, 2004)ARTICULO 17.- Los elementos de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal, independientemente de las obligaciones que establecen la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y otras leyes especiales, deberán:
I.- Actuar dentro del orden jurídico, respetando en todo momento la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen;
II.- Servir con fidelidad y honor a la sociedad;
III.-
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