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PROGRAMA DE UTILIZACIÓN DE RECURSOS MATERIALES PARA EL CONOSEJO DE HONOR Y JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.

Enviado por   •  26 de Diciembre de 2017  •  3.360 Palabras (14 Páginas)  •  483 Visitas

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La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal es una dependencia del Gobierno Capitalino, que posee las funciones de Ministerio Público, investigador de los delitos y persecutor de los inculpados dentro del territorio referente a la Ciudad de México.

Su titular es nombrado por el Presidente de la Republica a sugerencia del Jefe de Gobierno del Distrito Federal.

Actualmente ocupa el cargo

SEÑOR PROCURADOR: Lic. Rodolfo Fernando Ríos Garza.

MISIÓN

Representar legalmente los intereses de los habitantes del Distrito Federal, a través de la implementación de acciones eficaces y eficientes para la Persecución del Delito y la Procuración de Justicia con respeto irrestricto a los Derechos Humanos, a efecto de fortalecer la confianza y seguridad en la convivencia de los habitantes.

VISIÓN

Ser una Procuraduría con rostro humano, de excelencia en su servicio y con un alto compromiso social, integrada por servidores públicos altamente capacitados que empleen tecnología de vanguardia para la Investigación del Delito y la Persecución del Delincuente en forma ágil, confiable, transparente y científica, siendo éticamente responsables al basar su actuación en el respeto a los Derechos Humanos para responder así a la demanda social de justicia y seguridad; colocándose como una Institución Modelo en el tema de Procuración de Justicia a nivel nacional e internacional.

VALORES

- Vocación de Servicio.

- Eficiencia y Eficacia.

- Profesionalismo.

- Valentía.

- Honestidad.

- Honradez.

- Respeto a los Derechos Humanos.

Estructura organizacional para poder ubicar donde se encuentra el Consejo de Honor y Justicia de la Policía de Investigación.

OFICINA DEL PROCURADOR:

a) Jefatura General de la Policía de Investigación.

b) Visitadora Ministerial.

c) Coordinación General de Servicios Periciales;

d) Coordinación General de Políticas Administrativas de Planeación y Organización;

e) Coordinación de Agentes del Ministerio Publico Auxiliares del Procurador;

f) Fiscalía para la Investigación de los delitos cometidos por Servidores Públicos;

g) Fiscalía de Revisión y Seguimiento de Asuntos de Alto Impacto;

h) Dirección General de Policía y Estadística Criminal;

j) Dirección General de Asuntos Internos;

k) Instituto de Formación Profesional;

l) Consejo de Honor y Justicia de la Policía de Investigación;

DEL CONSEJO DE HONOR Y JUSTICIA

(Artículo 40 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal)

Es el órgano colegiado encargado de determinar las políticas de estímulos y recompensas de la Policía de Investigación, así como de emitir las resoluciones que previo procedimiento, determinen la separación temporal o definitiva de los miembros de la Policía de Investigación que incurran en conductas que transgredan los principios y normas disciplinarias que rijan su actuación

FUNDAMENTO LEGAL.

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Adscripción: El Consejo De Honor y Justicia está Adscrito a La Oficina del Procurador General De Justicia Del Distrito Federal. (ARTÍCULO 21 FRACCIÓN I, INCISO L) DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PGJDF

- Competencias y Atribuciones según la ley ARTÍCULO 21 FRACCIÓN I, INCISO L) DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PGJDF

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[pic 13]

Marco normativo de la Policía De Investigación (jerarquía de leyes)

- CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

- TRATADOS INTERNACIONALES RATIFICADOS POR MÉXICO

- LEYES REGLAMENTARIAS DE LA CONSTITUCIÓN

- LEYES ORDINARIAS FEDERALES Y LOCALES

- REGLAMENTOS

- ACUERDOS, MANUALES, CIRCULARES Y OTROS.

RELACION JURIDICA DE LA POLICIA DE INVESTIGACION CON EL CONSEJO DE HONOR Y JUSTICIA.

[pic 14]

PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN.

- Artículo 21 de la Constitución

- Artículos 16 y 17 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal

- LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

- ARTÍCULO 68 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

(Ley de Seguridad Publica del Distrito Federal, 2004)ARTICULO 16.- El servicio a la comunidad y la disciplina, así como el respeto a los derechos humanos y a la legalidad, son principios normativos que los Cuerpos de Seguridad Pública deben observar invariablemente en su actuación.

(Ley de Seguridad Publica del Distrito Federal, 2004)ARTICULO 17.- Los elementos de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal, independientemente de las obligaciones que establecen la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y otras leyes especiales, deberán:

I.- Actuar dentro del orden jurídico, respetando en todo momento la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen;

II.- Servir con fidelidad y honor a la sociedad;

III.-

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