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Ética etimológicamente se deriva del vocablo griego ethos que quiere decir modo, carácter, costumbre o modo de ser. Y es una disciplina filosófica que tiene por objeto el estudio de la moral.

Enviado por   •  18 de Abril de 2018  •  4.975 Palabras (20 Páginas)  •  494 Visitas

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Derecho fiscal: Es el conjunto de normas referentes a los impuestos establecidos por el estado, entidades federativas o municipales con el objeto de recaudar los ingresos necesarios para la atención de los servicios públicos.

El derecho público se creó para que se pudieran regular o controlar las relaciones que los estados tienen con empresas, organizaciones e individuos que se encuentran en el mismo para que las relaciones sean claras y armónicas y así evitar problemas entre los ya mencionados.

Teoría de los hechos y Actos Jurídicos

Entre hecho jurídico y acto jurídico existe una relación de género a especie. Todo acto jurídico es un hecho jurídico, pero no todo hecho jurídico es un acto jurídico.

Hecho humano: Son acontecimientos o sucesos que ocurren por la acción de los seres humanos (revolución, comen, duermen, etcétera.)

Hecho Jurídico: se define como el acontecimiento de la naturaleza o del hombre que no se hace con la intención de producir consecuencias de derecho (legales), aunque estas consecuencias se producen.

El hecho jurídico se divide en dos tipos:

- Hechos Jurídicos de la naturaleza

- Hechos jurídicos del hombre

Hechos jurídicos de la naturaleza

Entendemos por hecho jurídico de la naturaleza cualquier acontecimiento generado por la sola acción de las fuerzas naturales que provocan consecuencias jurídicas.

El derecho ha clasificado al hecho jurídico de la naturaleza en dos importantes figuras:

- La fuerza mayor

- El caso fortuito

La fuerza mayor es el ímpetu de cosa mayor, que no se puede repeler, como las inundaciones, los temblores o las tempestades.

El caso fortuito, no es más que un error del agente, no un error cualquiera, sino un error cuyo carácter consiste en su inocencia, en otras palabras, lo fortuito es el error, no el caso.

Por ejemplo, si un rayo cae en un automóvil y lo quema, y ese automóvil está asegurado, además

de las consecuencias materiales (destrucción del vehículo) se tendrán consecuencias jurídicas, consistentes en el pago del seguro como resultado

de la celebración de un contrato

Ejemplo del proceso que sigue un acontecimiento de la naturaleza para convertirse en un hecho jurídico

[pic 1]

Hechos jurídicos del hombre

Cualquiera de las acciones ejecutadas por el ser humano sin la intención de producir consecuencias jurídicas.

Hay hechos que el hombre realiza y pueden ocasionar consecuencias legales; puede darse el caso, inclusive, de que en tales hechos no sólo no

sean deseadas dichas consecuencias jurídicas, sino que tampoco el hecho sea deseado por su autor, como en un accidente de tránsito o en delitos imprudenciales, por mencionar algunos.

Clasificación de los hechos jurídicos del hombre

[pic 2]

Características del hecho jurídico

[pic 3]

Acto jurídico

Acto humano: Surge de las facultades superiores del hombre (Inteligencia y voluntad), por consiguiente, él es responsable de sus actos

El acto jurídico es la manifestación expresa o tácita de la voluntad realizada con la intención de crear, transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones, las cuales son reconocidas por la ley.

Acto jurídico

El acto jurídico, junto con el echo jurídico, son conceptos fundamentales del derecho, cuyo estudio genera una teoría básica mediante la cual se construye prácticamente todo el derecho civil. Su aplicación permite a las personas comprometerse jurídicamente respecto a los derechos y obligaciones que se contraen.

Es decir, el acto jurídico permite la creación, transmisión, modificación y extinción de derechos y obligaciones.

** En el acto jurídico, a diferencia del echo, si hay intención de producir consecuencias jurídicas.

Clasificación del acto jurídico

- Unilateral

- Bilateral

Es acto jurídico unilateral aquel en el que sólo interviene una voluntad para su creación, por ejemplo una donación, en la cual una persona transfiere a otra la propiedad de una cosa de manera gratuita, es decir, únicamente existe una voluntad: la de quien otorga la donación.

Es acto jurídico bilateral o multilateral aquel en el que intervienen dos o más voluntades que buscan crear efectos jurídicos; en un contrato de compraventa de una casa, las voluntades son, por una parte, la de adquirir una casa y por la otra la voluntad de vender. En el acuerdo de voluntades para crear una persona moral existirán tantas voluntades como socios existan.

Elementos del acto jurídico

Para el derecho, un acto jurídico debe contar con ciertos elementos para que se reconozca su existencia, y posteriormente cumplir con determinados requisitos que le otorguen validez; por ello es necesario saber que hay una distinción entre los elementos de existencia y los requisitos de validez.

- Elementos de existencia

- Elementos de validez

Elementos de existencia del acto jurídico esenciales, de tal manera que, si falta alguno de ellos, el derecho considera al acto jurídico inexistente, es decir, la nada jurídica.

Para que un acto jurídico se reconozca como tal, debe contener los siguientes elementos de existencia:

Existen actos jurídicos: Unilaterales y Bilaterales o multilaterales

** El acto jurídico debe ser deliberado e intencional por parte de una persona

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