Contrato de Servicio de Soporte y Mantenimiento y Monitoreo sobre la red
Enviado por Antonio • 15 de Febrero de 2018 • 3.707 Palabras (15 Páginas) • 506 Visitas
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Séptima.
“La Empresa” será la única responsable de garantizar a “El Cliente” la disponibilidad del personal técnico especializado requerido para el cumplimiento del presente contrato y se encargará de suministrar a dicho personal todos los implementos, insumos y equipos de seguridad necesarios establecidos en la legislación peruana y de seguridad social para ello, por cuanto cualquier reclamación laboral, social o civil que dicho personal intentase en contra de “El Cliente” será cubierta totalmente por “La Empresa”, sufragando todos los gastos que genere dicha reclamación.
Octava.
La prestación de los servicios ofrecidos a “El Cliente” mediante la firma de este contrato contempla el traslado de personal a las instalaciones de “El Cliente” para la ejecución de los trabajos correspondientes, en este sentido, “El Cliente” no deberá efectuar el traslado de ninguno de los equipos cubiertos a ninguna ubicación distinta a la existente para el momento de la firma del contrato salvo comunicación escrita de “La Empresa”
Cualquier violación a lo indicado en esta cláusula la “La Empresa” deberá notificar a “El Cliente” previo a la prestación del servicio.
Novena.
Este contrato podrá ser resuelto a solicitud de cualquiera de las partes, siempre y cuando dicha solicitud sea derivada de las siguientes causas.
- Imposibilidad de llevar a cabo las tareas necesarias para el cumplimiento de las funciones requeridas para la prestación del servicio de acuerdo a lo indicado.
- o quiebra.
“El Cliente” podrá resolver este contrato en cualquier momento después de haber transcurrido un período mínimo de tres (3) días, notificando su decisión por escrito a “La Empresa” con 2 días de anticipación a la fecha de cancelación. Para todos los casos de resolucion de contrato, la notificación deberá ser hecha por escrito.
Décima.
Este contrato podrá ser modificado en acuerdo entre ambas partes las modificaciones efectuadas entrarán en vigencia a los 2 días consecutivos.
Décima Primera.
DECLARA EL CLIENTE Y LA EMPRESA
Que se reconocen como personas jurídicas constituidas legalmente, y que cuentan con la capacidad financiera y administrativa, así como las condiciones técnicas y económicas para obligarse frente a terceros.
Que sus respectivos apoderados legales cuentan con las facultadas suficientes para obligar a su pondérate, por lo que la firma de los apoderados legales de las partes significara la plena aceptación de los términos y condiciones establecidos en el presente documento.
Que las partes están interesadas en celebrar un contrato de SERVICIO DE SOPORTE DE SEGURIDAD PERIMENTAL CON FORTINET, en verdad del cual LA EMPRESA preste al CLIENTE los servicios de:
Asesoría Soporte Mantenimiento presencial y/o remoto de los equipos que actualmente son propiedad de CONCAR y que se encuentran distribuidos en las sedes de Lima y provincias
El CLIENTE está interesado en contratar dichos servicios, que en adelante se conocerá (n)
En singular como EL SERVICIO, para mantener la disponibilidad constante de sus sistemas informáticos y manejo de administrativos de sistema. EL SERVICIO, será utilizado por EL CLIENTE para actividades propias de su giro comercial EL CLIENTE se obliga a cumplir en todo momento con las leyes , reglamentos o cualquier disposición administrativa y/o contractual que regule EL SERVICIO, LA EMPRESA es una empresa especializada en la prestación de servicios de suministros de soluciones integrales de redes corporativas.
Decima Segunda.
INFRAESTRUCTURA, PROPIEDAD Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO
Los bienes a los cuales LA EMPRESA les brindara el servicio de soporte de Seguridad Perimental son de propiedad de EL CLIENTE, este deberá acondicionar el(los) Sitio (s) y brindar al equipamiento las condiciones técnicas y ambientales indicados por LA EMPRESA o el fabricante de los equipos, el punto de conexión es la unión entre la red/equipos y los equipos de EL CLIENTE. SUPRA será responsable por los servicios hasta el punto de conexión inclusive. EL CLIENTE permitirá el libre acceso al (los) Sitio (s) a los trabajadores o contratistas de. LA EMPRESA, para la instalación de la infraestructura necesaria para la prestación de. EL SERVICIO o cuando se trate de inspección, reparación y mantenimiento previa coordinación con. EL CLIENTE, si por causad imputables a. EL CLIENTE, LA EMPRESA no se puede reparar las fallas reclamadas por este, o realizar las inspecciones necesarias para su identificación, el ticket de reclamo se tendrá por no resuelto, sin responsabilidad para. LA EMPRESA, se entiende por laborares de reparación a las actividades que se originen por un uso inadecuado imputable a. EL CLIENTE o a terceros que este autorice y/o que se encuentre fuera de las condiciones de mantenimiento preventivo y/o correctivo establecidos por LA EMRPESA. La retribución por las labores de mantenimiento preventivo y correctivo se encuentra incluida en las rentas mensuales contemplados en el apartado 5.1 según el nivel de servicio establecido en el apartado 4.6 y 4.7 las labores de reparación serán retribuidas por EL CLIENTE. LA EMPRESA no es responsable por los problemas, fallas, contingencias o similares que tengan lugar en los dispositivos conectados a la red interna de EL CLIENTE.
EL CLIENTE autoriza a LA EMPRESA para llevar a cabo los mantenimientos preventivos y/ o correctivos que considere necesarios realizar a la infraestructura que LA EMPRESA utiliza para prestar EL SERVICIO.
EL CLIENTE brindara seguridad a toda la instalación y conexiones que realice LA EMPRESA, al interior de su inmueble y notificara a LA EMPRESA inmediatamente de producida cualquier circunstancia que pueda alterar la seguridad de las instalaciones.LA EMPRESA no será responsable ni estará sujeto a la imposición de penalidades y/o indemnizaciones por incumplimiento o demora de sus obligaciones, por caso fortuito o fuerza mayor, o de manera general, por cualquier causa fuera de control de LA EMPRESA. En tal sentido, LA EMPRESA no será responsable por retrasos en la instalación de EL SERVICIO, en tanto esta se encuentra supeditada a la obtención de los permisos
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