El mundo de las Patentes
Enviado por Sandra75 • 11 de Enero de 2019 • 4.572 Palabras (19 Páginas) • 325 Visitas
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- Los procesos esencialmente biológicos para la producción, reproducción y/o propagación de plantas y animales.
- El material biológico y genético según se encuentra en la naturaleza (si se puede patentar en EEUU y Japón).
- Las razas de los animales.
- El cuerpo humano y las partes vivas del que se compone.
- Las distintas variedades vegetales y minerales
En este apartado, debemos hacer mención también de las invenciones no patentables, las cuales son patentes que pese a cumplir en principio los requisitos de patentabilidad y no pueden ser patentados por preceptos conocidos como las “prohibiciones negativas”.
Así se excluyen de ser patentadas:
- Invenciones contrarias al orden público y a la moral[4], cuya explotación impida proteger la vida de personas, animales o vegetales o que impliquen graves daños al medio ambiente.
- Los métodos terapéuticos y quirúrgicos para el tratamiento de personas o animales, así como también los métodos de diagnóstico aplicados para éstos.
3.1 Beneficios y perjuicios del sistema de patentes.
A continuación me dispongo a citar una serie de argumentos a favor de las patentes y de los beneficios que otorgan a un inventor:
- Motiva la creatividad del inventor, ya que ahora tiene la garantía de que su actividad inventiva está protegida a lo largo de los veinte años así como también que tendrá un uso exclusivo para su explotación.
- Si la patente tiene éxito, el inventor se beneficiará con la o las licencias de explotación que decida otorgar a terceros.
- Evita poder sufrir plagio de sus inventos.
- El Gobierno a través de la patente promoverá la creación de invenciones de aplicaciones múltiples que harán que se fomente el desarrollo.
- Gracias al patentar tendrá derecho legal de demandar y reclamar sus derechos si un tercero fabrica, reproduce o comercializa con su producto.
Asimismo, también hay una serie de argumentos sobre los perjuicios sociales del sistema de patentes:
- Dificulta la libre difusión de las innovaciones lo que hace que se frene el desarrollo tecnológico.
- Supone un obstáculo monopolista a la libre competencia.
- Hace más difícil el acceso de los países empobrecidos a las tecnologías más actuales.
- Desincentiva la investigación a causa de establecer un periodo de utilización exclusivo de una tecnología.
3.2 ¿Cuál es el proceso de patentar en España?
A la hora de patentar en España, debe seguirse la Nueva Ley de Patentes y Modelos de Utilidad la cual fue promulgada el 20 de marzo de 1986. Dicha Ley establece dos procedimientos vascos para la concesión en España de patentes, un procedimiento general de concesión (el Informe sobre el Estado de la Técnica) y el procedimiento de concesión (el Examen Previo).
Al haber en el sistema español de la propiedad industrial las instituciones de patentes y modelos de utilidad, habrá distinción alguna de los pasos a seguir por cada una de ellas.
En esta oportunidad, nos centraremos con el uso de una figura[5] en el procedimiento para la concesión de las patentes y modelos de utilidad.
[pic 6]
3.3 ¿Quién concede las patentes?
Las patentes son concedidas por una oficina nacional de patentes o por una oficina regional que se encargue de esa función en nombre de varios países.
A día de hoy, hay una serie de oficinas regionales de patentes en funcionamiento:
- La Organización Africana de la Propiedad Intelectual (OAPI)
- La Organización Regional Africana de la Propiedad Intelectual (ARIPO)
- La Organización Eurasiática de Patentes (EAPO)
- La Oficina Europea de Patentes (OEP)
- La Oficina de Patentes del consejo de Cooperación de los Estados Árabes del Golfo (Oficina de Patentes CCG)
Debido a estos sistemas regionales, el solicitante solicita directamente protección por una invención en uno o más Estados miembros de la organización regional en cuestión.
Es muy importante resaltar que en la actualidad, es imposible obtener una “patente mundial” ni una “patente internacional” universal ya que las patentes son derechos territoriales y por lo general, la solicitud de patente debe ser presentada en cada país en el cual se quiere obtener la protección.
4. ¿Qué es un modelo de utilidad?
Al hacer mención anteriormente del concepto modelo de utilidad, creo que es conveniente el explicarlo de una manera breve.
Se entiende por modelo de utilidad los objetos, utensilios, aparatos o herramientas que, como resultado de una modificación en su disposición o configuración, estructura o forma, presenten una función diferente respecto de las partes que lo integran o ventajas en cuanto a su utilidad. Eso sí, siempre que cumplan las condiciones de novedad.
4.1 Diferencias entre modelo de utilidad y patente.[pic 7]
En primer lugar la patente se aplica a una invención biotecnológica, química o de proceso en lugar de aplicarse a la mejora de una herramienta, maquina o aparato tanto mecánico como eléctrico ya existente, como sí hace el modelo de utilidad (debe tener una aplicación industrial).
Asimismo, el modelo de utilidad dispone de una protección de diez años improrrogables y de tipo territorial, por lo que solo es válido en el mismo lugar donde es concedido, como también su tramitación es bastante más corta que la de la patente en España, seis meses aproximadamente frente a los treinta y seis meses de la patente.
A la hora de hablar de requisitos, puede decirse que los modelos de utilidad son menos estrictos ya que son de menor rango inventivo que las patentes.
Además,
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