ACTAS CONSTITUTIVAS PARA FORMAR UNA EMPRESA
Enviado por tolero • 19 de Noviembre de 2017 • 3.568 Palabras (15 Páginas) • 577 Visitas
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B).- DEDICARSE PRINCIPALMENTE: A LA AGRICULTURA.
C).- DAR SU APORTACIÓN PARA CONSTITUIR EL CAPITAL SOCIAL.
D).- SER ADMITIDO POR LA ASAMBLEA GENERAL.
ARTICULO DÉCIMO SEGUNDO.- CADA SOCIO SE COMPROMETE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, A CUMPLIR LOS PRESENTES ESTATUTOS Y LOS ACUERDOS DE LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS.
ARTICULO DÉCIMO TERCERO.- LOS SOCIOS TIENEN DERECHO A RENUNCIAR A LA SOCIEDAD SIEMPRE Y CUANDO NO SE REPERCUTA EN PERJUICIO DE LA MISMA Y PARA HACERLO DEBERÁN PRESENTAR SOLICITUD POR ESCRITO AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, PARA QUE ÉSTE A SU VEZ INFORME DE MANERA OPORTUNA A LA ASAMBLEA, SEÑALANDO LAS CAUSAS DE SEPARACIÓN.
ARTICULO DÉCIMO CUARTO.- SOLO POR ACUERDO DE LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS PODRÁ SER EXCLUIDO ALGÚN MIEMBRO, OYÉNDOSELE PREVIAMENTE EN CUMPLIMIENTO AL DERECHO DE LA AUDIENCIA.
ARTICULO DÉCIMO QUINTO.- SON CAUSAS DE EXCLUSIÓN Y PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE SOCIOS.
A).- LA VIOLACIÓN REITERADA DE LAS DISPOSICIONES DE LOS PRESENTES ESTATUTOS.
B).- REALIZAR ACTOS O HECHOS INTENCIONALES O NEGLIGENTES QUE PERJUDIQUEN EL BUEN NOMBRE DE LA SOCIEDAD O DE CUALQUIER SOCIO SIN CAUSA JUSTIFICAD.
C).- OBSTACULIZAR EL CUMPLIMIENTO O EJECUCIÓN DE LAS DECISIONES LEGALMENTE TOMADAS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS.
D).- COMETER ACTOS FRAUDULENTOS O DOLOSOS EN AGRAVIO DE LA MISMA SOCIEDAD.
E).- NEGARSE A DESEMPEÑAR LOS CARGOS, PUESTOS O COMISIONES QUE LE ENCOMIENDEN LOS ÓRGANOS SOCIALES, SIN CAUSA JUSTIFICAD.
F).- DESLINDARSE DE SUS OBLIGACIONES COMO SOCIO, CUALQUIERA QUE SEA EL MOTIVO.
ARTICULO DÉCIMO SEXTO.- EL SOCIO SEPARADO O EXCLUIDO ES RESPONSABLE DE PÉRDIDAS QUE LE CORRESPONDEN; LOS SOCIOS PODRÁN RETENER LA PARTE DEL CAPITAL DE UTILIDADES DE AQUEL HASTA CONCLUIR LAS OPERACIONES PENDIENTES AL TIEMPO DE LA DECLARACIÓN, DEBIÉNDOSE HACER HASTA ENTONCES LA LIQUIDACIÓN.
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS.
ARTICULO DÉCIMO SÉPTIMO.- LOS SOCIOS TENDRÁN DERECHO A:
A).- REPARTO DE UTILIDADES QUE OBTENGA LA SOCIEDAD.
B).- DISFRUTAR DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS QUE ADQUIERA LA SOCIEDAD.
C).- VOTAR EN LAS ASAMBLEAS GENERALES, GOZANDO CADA SOCIO DE UN SOLO VOTO QUE DEBERÁ EJECUTARLO PERSONALMENTE.
D).- ELEGIR Y/O SER ELEGIDO POR LA ASAMBLEA GENERAL PARA DESEMPEÑAR CARGOS DE LA SOCIEDAD.
E).- SOLICITAR Y OBTENER DE LA MESA DIRECTIVA TODA CLASE DE INFORMES RESPECTO A LAS ACTIVIDADES Y OPERACIONES DE LA SOCIEDAD.
F).- DENUNCIAR POR CONDUCTO DEL CONSEJO DE VIGILANCIA, ANTE LA ASAMBLEA GENERAL, LAS IRREGULARIDADES EN QUE INCURRA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN O CUALQUIER OTRA INSTANCIA.
G).- EN GENERAL LOS QUE DERIVEN DE LA MISMA LEY DE ÉSTOS ESTATUTOS.
ARTICULO DÉCIMO OCTAVO.- EN CASO DE FALLECIMIENTO DE UN SOCIO, SI LA SOCIEDAD HUBIERA DE CONTINUAR, LOS HEREDEROS DEL QUE MURIÓ TENDRÁN DERECHO AL CAPITAL Y UTILIDADES QUE AL FINADO CORRESPONDAN, Y EN LO SUCESIVO TENDRÁN PARTE SOBRE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES CONTRAÍDAS POR EL SOCIO QUE MURIÓ.
ARTICULO DÉCIMO NOVENO.- SON OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS:
A).- ASISTIR PUNTUALMENTE A LAS ASAMBLEAS DE LA SOCIEDAD.
B).- ACATAR ESTOS ESTATUTOS, REGLAMENTOS Y DECISIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL.
C).- SERÁ OBLIGATORIA SU ASISTENCIA A LAS ASAMBLEAS NO PUDIENDO EN NINGÚN CASO NOMBRAR REPRESENTANTE PARA QUE ASISTAN A LA MISMA O ÚNICAMENTE EN CASO DE QUE EL CASO SEA JUSTIFICADO.
D).- DESEMPEÑAR CORRECTAMENTE CUALQUIER CARGO, PUESTO O COMISIÓN QUE LES FUERE ASIGNADAS POR LOS ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD.
E).- APOYAR Y FORTALECER EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LA SOCIEDAD.
F).- RESPONDER POR LOS COMPROMISOS SOCIALES.
G).- EN GENERAL, TODAS LAS DEMÁS QUE RESULTEN DE LA MISMA LEY DE LOS PRESENTES ESTATUTOS.
CAPITULO CUARTO
DE LOS ÓRGANOS DE AUTORIDAD Y VIGILANCIA
ARTICULO VIGÉSIMO.- SON ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD.
A).- LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS.
B).- EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.
C).- EL CONSEJO DE VIGILANCIA.
DE LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS.
ARTICULO VIGÉSIMO PRIMERO.- LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS ES EL ÓRGANO SUPREMO O MÁXIMA INSTANCIA DE TOMA DE DECISIONES Y SE REUNIRÁN EN EL CASO DE LAS ASAMBLEAS ORDINARIAS EL PRIMER LUNES DE CADA SEIS MESES Y LAS EXTRAORDINARIAS DE ACUERDO CON LAS NECESIDADES QUE TENGA LA SOCIEDAD.
ARTICULO VIGÉSIMO SEGUNDO.- LAS ASAMBLEAS GENERALES SERÁN ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS Y DEBERÁN CELEBRARSE EN EL DOMICILIO SOCIAL DE LA SOCIEDAD.
ARTICULO VIGÉSIMO TERCERO.- SERÁ COMPETENCIA EXCLUSIVA DE LAS ASAMBLEAS ORDINARIAS LOS SIGUIENTES ASUNTOS.
I.- SEPARACIÓN, EXCLUSIÓN Y ADMISIÓN DE SOCIOS.
II.- DESIGNACIÓN O REMOCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y/O DEL CONSEJO DE VIGILANCIA.
III.- CONOCER Y ANALIZAR LOS INFORMES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y/O VIGILANCIA.
IV.- DISCUTIR Y APROBAR EN SU CASO, LOS PLANES DE TRABAJOS Y DE CRÉDITO DE LA SOCIEDAD.
V.- CONOCER Y APROBAR, EN SU CASO LOS ESTADOS FINANCIEROS Y ADOPTAR TODAS LAS MEDIDAS QUE RESULTEN DEL ANÁLISIS DEL ÚLTIMO EJERCICIO SOCIAL Y FISCAL.
VI.- CONOCER Y ANALIZAR LOS RESULTADOS Y AVANCES DE LOS CRÉDITOS RECIBIDOS Y PROGRAMAR LOS CRÉDITOS QUE SE REQUIERA.- VII.- AUMENTO Y DISMINUCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL.
VIII.- AUTORIZACIÓN PARA INTEGRARSE
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