APUNTES DEL SEGUNDO PARCIAL
Enviado por karlo • 2 de Febrero de 2018 • 3.285 Palabras (14 Páginas) • 491 Visitas
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- Injusto penal
- Hecho delictuoso
- Hecho delictivo
- Acción u omisión
- Sujeto-agente
VIII.1 instantáneo (artículo 17, fracción uno, CPDF) se agota en el mismo momento.
VIII.2 continuo o permanente (artículo 17, fracción dos, CPDF) la consumación se prolonga en el tiempo.
VIII.3 continuado (artículo 17, fracción tres, CPDF) unidad de propósito delictivo, pluralidad de conducta, mismo sujeto pasivo, que satisfacen los elementos, tipo penal.
Tema IX. Formas dé autoría y participación en el delito.
IX.I. Autor material: es aquel que ejecuta o realiza la conducta.
IX.2. Coautor: es aquel que participa como autor intelectual y material
IX.3. Autor intelectual: es aquel que piensa o planea el deLito.
IX.4. Autor mediato: es aquel que se vale de los menores de edad o incapaces para la realización de un delito.
IX.5. Cómplice: es aquel que auxilia o preste medios para la realización del delito.
IX.6. Encubridor: es aquel que calla la verdad del delito.
IX.7. Asociación o banda delictuosa: Banda con miembros que se relacionan realizar actividades delictivas en grupo.
IX.8. Muchedumbres: actuar espontáneamente, carecen de organización y sentir heterogéneo, los individuos actúan por el todo inorgánico y tumultuario el que intervienen.
PTítulo segundo (el delito) CPDF
TENTATIVA-Capítulo II
Artículo 20. Tentativa punible- se impone pena.
Artículo 21. Desistimiento y arrepentimiento-no se impone pena.
Autoría y participación Capitulo III
Artículo 22. forma de autoría y participación (responsables del delito, conducta, antijuricidad, responsabilidad)
Artículo 23. Principios de intrascendencia de la pena (la pena no trasciende-sujeto activo)
Artículo 24. Culpabilidad personal y punibilidad ( Los autores responden en la medida de su culpabilidad.
Artículo 25. Delito emergente (surge al realizar el hecho delictivo-nuevo ilícito)
Artículo 26. Autoría indeterminada(Cuando no se pueda precisar el daño)
Artículo 27. Responsabilidad de las personas morales (representantes de las personas morales) (artículo 65, 64, CPDF)
Título segundo (el delito).
Capitulo IV. Concurso de delitos-(artículo 28, CPDF)
- Concurso ideal
- Concurso real-pluralidad de conductas y se cometan varios delitos.
Nota: no hay concurso cuando las conductas constituyen un delito continuado. En caso de concurso de delitos estará a lo dispuesto en el artículo 79 del CPDF. (aplicación de la sanción en el caso de concurso de delitos-mayor punibilidad es la que se impone)
Concurso ideal: cuando con una sola conducta se concretan varios delitos, cuando un sujeto cometa varios delitos mediante diferentes e independientes.
Concurso material: cuando con pluralidad de conducta se cometen varios delitos, por medio de la conducta de una gente siguiendo en dos o más tipos penales.
Concurso aparente: se denomina a la situación en la cual los distintas leyes penales consumen aparentemente la aplicación de un tipo excluye la aplicación de otro.
EL DELITO ( conducta típica antijuridica y culpable)
- Acción
- Omisión (conducta típica)
- Tipo penal-descripción de la conducta prohibida
Conducta típica
1.- DE RESULTADO-Consumadas (se consume en este momento)
2.- DE MANERA ACTIVA-tipo penal (no describe resultado alguno) (para su consumación basta con el despliegue de la conducta-sujeto activo)
Ejemplo: artículo 160. Armas prohibidas, 199 Bis. Peligro de contagio, CPDF, artículo 159, CPDF , articulo 251, CPDF.
3.-INSTANTANEA-la lesión del bien jurídico se concreta en un momento (homicidio)
4.-PERMANENTE-la se prolonga en el tiempo (privación ilegal de libertad)
Causas de exclusión del delito-eximentes de responsabilidad penal.
I.Ausencia de conducta. No interviene el agente
II.Atipicidad. Falta algún elemento del delito
III.consentimiento del titular- bien jurídico disponible , Titular del bien jurídico tenga capacidad jurídica, que en el consentimiento no haya vicio del consentimiento.
IV. Prima defensa. Que haya necesidad de la defensa.
V. Estado de necesidad. Sobre por la necesidad de salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno.
VI. Cumplimiento de un deber o ejercicio de un derecho. Cumplimiento de un deber jurídico.
VII.Imputabilidad y acción libre en su causa. Trastorno mental o desarrollo intelectual retardado.
VIII. Error del tipo y error de prohibición. Acción u omisión (error invencible)
IX. inegibilidad de otra conducta. En atención a las circunstancias que concurren en la realización de una conducta ilícita
Nota: los cruces de exclusión del delito: se resiste de oficio en cualquier estado del proceso, En los casos de legítima defensa (fracción IV)estado de necesidad (fracción V) Y cumplimiento de un deber o ejercicio de
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