Acciones Sociedad Anónima S.A. / Sociedad por Acciones Simplificada SAS Sociedad de Responsabilidad Limitada
Enviado por Eric • 4 de Diciembre de 2018 • 685 Palabras (3 Páginas) • 499 Visitas
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de los Socios Conjunta e ilimitada. - Los socios gestores tienen responsabilidad solidaria e ilimitada.
- Los socios comanditarios hasta el monto de su aporte. - Los socios gestores tienen responsabilidad solidaria e ilimitada.
- Los socios comanditarios hasta el monto de su aporte Hasta el monto de su aporte. Hasta el monto de su aporte.
Órganos de Gobierno - Junta de Socios
- Representante Legal. - Junta de Socios
- Representante Legal. - Asamblea General de Accionistas.
- Junta Directiva (opcional)
- Representante Legal. - Asamblea General de Accionistas.
- Junta Directiva (opcional en la SAS).
- Representante Legal. - Junta de Socios
- Representante Legal.
Transferencia y/o enajenación de
la participación - Se requiere la aprobación expresa de los demás socios.
- Se requiere la modificación de los estatutos. - Los socios comanditarios podrán transferir sus acciones libremente.
- Los socios gestores requerirán la aprobación expresa de los demás socios comanditarios y de los gestores.
- La transferencia requiere la modificación de los estatutos. - Las acciones son libremente negociables, a menos que los estatutos prevean el derecho de preferencia.
- No se requiere modificación de los estatutos. - Las acciones son libremente negociables, a menos que los estatutos prevean el derecho de preferencia.
- No se requiere modificación de los estatutos.. - Existe el derecho de preferencia
- La transferencia de acciones implica la modificación de los estatutos.
Pago de
capital Los socios manifiestan su compromiso respecto del aporte en los documentos de constitución de la empresa. El capital se paga en su totalidad en el momento de la incorporación. El cincuenta por ciento (50%) del capital social autorizado debe estar suscrito y un tercio del capital social suscrito debe ser pagado al momento de la constitución de la sociedad. En la Sociedad Anónima el cincuenta por ciento (50%) del capital social autorizado debe estar suscrito y un tercio del capital social suscrito debe ser pagado al momento de la constitución de la sociedad.
En la SAS no hay proporción entre el capital suscrito y el autorizado. El capital suscrito puede ser pagado en un plazo de hasta dos años. El capital se paga en su totalidad en el momento de la incorporación.
Auditor No es necesario. No es necesario. Obligatorio. Requerido en la corporación opcional en SAS Obligatorio.
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