Acta de consejo de famila
Enviado por Mikki • 20 de Enero de 2018 • 1.262 Palabras (6 Páginas) • 363 Visitas
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4.- Señor Jonathan Alexander Díaz Valdez, dominicano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad y electoral No. 003-0092179-8, domiciliado y residente en la calle Cambronal No. 10, Los Pescadores de esta ciudad de Bani, Provincia Peravia; en su calidad de sobrino y manifestar que: ”A simple vista se ve como una persona normal, luego te sale con cosas, te cambia el tema, te dice quien eres tú, donde tu vive, él dice que los santos no lo dejan salir; tengo dos meses que no lo veo, hace años que viene con ese problema, el no tiene capacidad para firmar ningún documento, recuerdo que para sacarle la cédula lo trajeron a mucha lucha porque él decía que no le dieron permiso”.
5.- Señora Maris Risaris Ortiz Díaz de Pimentel, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la cedula de identidad y electoral No. 003-0052494-9, domiciliada y residente en esta ciudad de Bani, Provincia Peravia; en su calidad de sobrina, ella informa que: “Hace muchos años que mi mamá me dice que está mal, yo conversé con él, el dice que no le dan permiso, que lo están llamando para darle un medicamento, el dice que lo van a matar, lo vi muy perdido, y sus hijos me dicen que está mal de la mente, el debe de tener como 78 años, no tiene capacidad para firmar nada, el no está en condiciones de decidir su mente no está apta, si le dan un medicamento dice que lo quieren matar”.
6.- Señora Evelyn Magdalena Díaz Valdez, dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la cedula de identidad y electoral No. 003-0052637-3, domiciliada y residente en esta ciudad de Bani, Provincia Peravia; en su calidad de sobrina, la cual expresa que: “Lo veo muy mal de salud, se pone a limpiar tierras ajenas y dice que son de él, que hay una luz, hace veinte días que lo vi, hay veces que está bien hablando y de repente sale con cosas, el no tiene capacidad para firmar ningún tipo de documentos”.
Después de haber escuchado cada una de las opiniones ofrecidas por los comparecientes, hemos comprobado lo siguiente: PRIMERO: que hay una coincidencia en las informaciones que ofrecen los comparecientes, las cuales van en la dirección de que el señor RAMON ARTURO DIAZ REYNOSO no goza de optima salud mental, que experimenta estados prolongados de incoherencias y no tiene una percepción idónea de la realidad, por lo que debe ser asistido por sus hijos para que estos lo cuiden y protejan; SEGUNDO: que el señor RAMON ARTURO DIAZ REYNOSO no se encuentra en la capacidad mental para realizar o firmar actos o documentos de ningún tipo. TERCERO: Que el señor RAMON ARTURO DIAZ REYNOSO, debe ser declarado interdicto a los fines de que sea asistido por sus hijos, deseo expresado por el Consejo de Familia. En fe de lo cual se levanta la presente acta que después de haber sido leída a todos los comparecientes la aprueban, motivos por lo cual la firman los miembros que conforman este Consejo de Familia, y también quien presidió, Magistrada KAREN CASADO MINYETY, Jueza Suplente del Juzgado de Paz Ordinario del Municipio de Bani, E IGNACIA I. NOVA MOSCAT, Secretaria que certifica y da fe.
Delia Ydamia Díaz Reynoso Luis Manuel Díaz Jiménez
Miembro Miembro
Pura Maribel Ortiz Díaz Evelyn Magdalena Díaz Valdez
Miembro Miembro
Jonathan Alexander Díaz Valdez Maris Risaris Ortiz Díaz de Pimentel
Miembro Miembro
Karen Casado Minyety
Jueza Suplente
Dada y firmada ha sido la presente decisión que antecede por la Juez Interino que en ella figura, en la misma fecha que figura en la misma, la cual fue firmada, sellada y publicada por mí secretaria que CERTIFICO.
Ignacia Y. Nova Moscat
Secretaria
KCM/Inm
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