Análisis de los Pincipios Fundamentales de la Declaración de Río, 1992.
Enviado por Sara • 6 de Abril de 2018 • 3.143 Palabras (13 Páginas) • 357 Visitas
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Como parte de la responsabilidad de los Estados, es preciso replantear conceptos de crecimiento y desarrollo, puesto que la acelerada industrialización y el rápido crecimiento de la población agotan los recursos y deterioran el medio ambiente.
PRINCIPIO 8
Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados deberían reducir y eliminar las modalidades de producción y consumo insostenibles y fomentar políticas demográficas apropiadas.
Se deberán considerar evaluaciones de Impacto Ambiental como procesos sistemáticos e instrumentos de políticas ambientales que examinen con anticipación las consecuencias ambientales de las acciones humanas, con la finalidad de predecir e interpretar los impactos que esa actividad producirá.
PRINCIPIO 9
Los Estados deberían cooperar en el fortalecimiento de su propia capacidad de lograr el desarrollo sostenible, aumentando el saber científico mediante el intercambio de conocimientos científicos y tecnológicos, e intensificando el desarrollo, la adaptación, la difusión y la transferencia de tecnologías, entre estas, tecnologías nuevas e innovadoras.
Se debe unificar la visión sobre estrategias de modernización ecológica con tecnologías de desarrollo sustentable para reconciliar la ecología y economía de mercado, promoviendo la gestión y evaluación ambiental mediante acuerdos de las empresas hacia el monitoreo de emisiones de contaminantes, asimismo asegurar una gestión ecológicamente racional de la biotecnología, promover y fomentar el desarrollo de aplicaciones viables de la biotecnología y establecer los mecanismos apropiados que faciliten esa gestión, sobre todo en los países en desarrollo.
PRINCIPIO 10
El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.
Como parte para aumentar la conciencia ambiental, el acceso a la información y reportes ambientales forman parte fundamental para el desarrollo social, puesto que la información permite evaluar y decidir hacia la generación de mejores condiciones de equilibrio ecológico, por lo que será necesario fortalecer organismos que vigilen el cumplimiento de la Ley ambiental, según corresponda en cada Estado.
PRINCIPIO 11
Los Estados deberán promulgar leyes eficaces sobre el medio ambiente. Las normas, los objetivos de ordenación y las prioridades ambientales deberían reflejar el contexto ambiental y de desarrollo al que se aplican. Las normas aplicadas por algunos países pueden resultar inadecuadas y representar un costo social y económico injustificado para otros países, en particular los países en desarrollo.
La legislación ambiental surge de la necesidad de responder ante la sociedad a los problemas ambientales que se presentan, ya que el hombre de siempre ha pretendido dominar la naturaleza. El instruir e inducir al ser humano para que modere su comportamiento con el fin de proteger la vida, es tarea de la educación, pero exigir ese comportamiento a través de la norma y la coacción son propios del derecho.
PRINCIPIO 12
Los Estados deberían cooperar en la promoción de un sistema económico internacional favorable y abierto que llevara al crecimiento económico y el desarrollo sostenible de todos los países, a fin de abordar en mejor forma los problemas de la degradación ambiental. Las medidas de política comercial con fines ambientales no deberían constituir un medio de discriminación arbitraria o injustificable ni una restricción velada del comercio internacional. Se debería evitar tomar medidas unilaterales para solucionar los problemas ambientales que se producen fuera de la jurisdicción del país importador. Las medidas destinadas a tratar los problemas ambientales transfronterizos o mundiales deberían, en la medida de lo posible, basarse en un consenso internacional.
Las políticas económicas de los países y las relaciones económicas internacionales son en gran medida pertinentes al desarrollo sostenible. La reactivación y la aceleración del desarrollo requieren un ambiente económico internacional dinámico y propicio, así como políticas decididas a nivel nacional.
PRINCIPIO 13
Los Estados deberán desarrollar la legislación nacional relativa a la responsabilidad y la indemnización respecto de las víctimas de la contaminación y otros daños ambientales. Los Estados deberán cooperar asimismo de manera expedita y más decidida en la elaboración de nuevas leyes internacionales sobre responsabilidad e indemnización por los efectos adversos de los daños ambientales causados por las actividades realizadas dentro de su jurisdicción, o bajo su control, en zonas situadas fuera de su jurisdicción.
Será imprescindible adoptar procedimientos analíticos amplios para la evaluación previa y simultánea de las consecuencias de las decisiones hacia el desgaste ambiental, incluidas las consecuencias para la economía y para la relación que existe entre ambos sectores, por lo que esos procedimientos deberían abarcar no sólo los proyectos sino también las políticas y los programas y el análisis debería incluir también la evaluación de los costos, los beneficios y los riesgos.
PRINCIPIO 14
Los Estados deberían cooperar efectivamente para desalentar o evitar la reubicación y la transferencia a otros Estados de cualesquiera actividades y sustancias que causen degradación ambiental grave o se consideren nocivas para la salud humana.
La preocupación por el cambio climático y la variabilidad climática, la contaminación del aire y el agotamiento del ozono ha creado una nueva demanda de información científica, económica y social para reducir las incertidumbres que aún quedan en esas esferas. Es
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