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CODIGO INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DE LOS BUQUES Y LAS INSTALACIONES PORTUARIAS

Enviado por   •  14 de Febrero de 2018  •  1.217 Palabras (5 Páginas)  •  339 Visitas

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La Conferencia Diplomática sobre Protección Marítima celebrada en Londres en diciembre 2002 adoptó nuevas disposiciones del Convenio SOLAS 74 Enmendado, asimismo adoptó el Código PBIP, con la finalidad de incrementar la Protección Marítima.

Esta nuevas prescripciones (Código PBIP), constituyen el ordenamiento internacional que permite que los buques y las instalaciones portuarias puedan cooperar para detectar y prevenir actos que supongan una amenaza para la protección del sector del transporte marítimo

Fue adoptado mediante la Resolución 2 por la Conferencia de los Gobiernos Contratantes del Convenio SOLAS 74 del 12 de diciembre de 2002

Mediante la Resolución 6 se establece que el código es de cumplimiento obligatorio a partir del 1 de julio 2004, e insta a los Gobiernos Contratantes a que adopten con carácter prioritario las medidas necesarias legislativas y/o administrativas a nivel nacional para la aplicación de las enmiendas adoptadas al CONVENIO SOLAS 74.

ORGANIZACIÓN MARITIMA INTERNACIONAL - OMI

La OMI es un organismo especializado de las Naciones Unidas que tiene por finalidad exclusiva la elaboración de medidas relativas a la seguridad al transporte marítimo y a la prevención de la contaminación desde lo buques.

CÓMO RESPONDE EL PERÚ ANTE LAS EXIGENCIAS DE LA OMI ?

Mediante el D. S. 019-2004 MTC del 23 abril 2004 el Gobierno del Perú adoptó lo siguiente:

Medidas para la aplicaicon del Codigo Internacional para la Proteccion de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (CODIGO PBIP) en el Peru.

El Articulo 2º (de la norma mencionada).- Establece que la APN es la Autoridad competente para la aplicación del Código PBIP en lo que se refiere a las Instalaciones Portuarias.

Luego de la promulgación de la norma anterior el Perú emitió a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones las siguientes normas:

R. M. Nº 329-2004-MTC-02 donde se aprueba :

“Norma Nacional para la Inscripción, Certificación y Registro de las Organizaciones de Protección Reconocidas” (OPRs).

R. M. Nº 330-2004-MTC-02 donde se aprueba :

“Norma Nacional para la obtención de la Declaración de Cumplimiento de la instalación portuaria (DCIP) conforme a la parte “A” del Codigo PBIP”

Durante el año 2005 la APN emitió la siguientes normas relativas a capacitación de protección:

RPD Nº 028-2005-APN, donde se aprueba :

Cursos de capacitación del Código PBIP a seguir por el personal de una instalación portuaria

RPD Nº 073-2005-APN, donde se aprueba :

Lineamientos sobre capacitación de protección y aprobación de cursos estándares de protección portuaria: Básico I, Básico II y OPIP.

RPD Nº 093-2005-APN, donde se aprueba :

Lineamientos sobre capacitación de protección y aprobación de cursos estándares de protección portuaria: Auditor Interno PBIP y Mantenimiento de Protección.

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[pic 3]

EL SIGNIFICADO Y LOS REQUISITOS PRIMORDIALES DE LOS DISTINTOS NIVELES DE PROTECCION

- NIVEL DE PROTECCIÓN 1:

En este nivel se deberá mantener medidas minimas normales adecuadas de protección en todo momento.

- NIVEL DE PROTECCIÓN 2 :

El nivel en el cual deberán mantenerse medidas adecuadas de protección adicionales durante un periodo de tiempo, como resultado de un aumento del riesgo de que ocurra un suceso que afecte a la protección marítima.

- NIVEL DE PROTECCIÓN 3 :

El nivel en el cual deberán mantenerse medidas concretas de protección durante un proceso durante un periodo de tiempo limitado cuando sea probable o inminente un suceso que afecte a la protección maritima, aunque no sea posible determinar el blanco concreto.

SITUACIÓN ACTUAL DE LAS AMENAZAS MARÍTIMAS

La OMI ha establecido las siguientes amenazas, y estima que actualmente están presentes en todos los puertos del mundo:

- Terrorismo

- Tráfico Ilícito de Drogas

- Piratería

- Delincuencia común: Robos y hurtos

- Sabotaje

- Polizones e inmigrantes ilegales

- Turbas

ALUMNO : PLACIDO VARGAS VALENCIA

CARRERA : GESTION DE PUERTOS Y ADUANA

CODIGO : 290119078

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