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CONCEPTO UNIVERSAL DE AUDITORÍA.

Enviado por   •  25 de Mayo de 2018  •  7.328 Palabras (30 Páginas)  •  285 Visitas

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- Libros principales y registros auxiliares

Con respecto a este elemento, la Ley de Contabilidad dispone en su artículo 35 que “los entes públicos deberán mantener un registro histórico detallado de las operaciones realizadas como resultado de su gestión financiera, en los libros diario, mayor e inventarios y balances”.

En el mismo sentido, el Artículo 36 establece que “la contabilidad deberá contener registros auxiliares que muestren los avances presupuestarios y contables, que permitan realizar el seguimiento y evaluar el ejercicio del gasto público y la captación del ingreso, así como el análisis de los saldos contenidos en sus estados financieros”.

El libro “Diario”, registra en forma descriptiva todas las operaciones, actos o actividades siguiendo el orden cronológico en que éstos se efectúen, indicando la cuenta y el movimiento de débito o crédito que a cada una corresponda, así como cualquier información complementaria que se considere útil para apoyar la correcta aplicación en la contabilidad de las operaciones, los registros de este libro serán la base para la elaboración del Libro Mayor.

En el libro “Mayor”, cada cuenta de manera individual presenta la afectación que ha recibido por los movimientos de débito y crédito, de todas y cada una de las operaciones, que han sido registradas en el Libro Diario, con su saldo correspondiente.

El libro “Inventarios, registrar el resultado del levantamiento físico del inventario al 31 de diciembre de año correspondiente, de materias primas, materiales y suministros para producción, almacén de materiales y suministros de consumo e inventarios de bienes muebles e inmuebles, el cual contendrá en sus auxiliares una relación detallada de las existencias a esa fecha, con indicación de su costo unitario y total.

En el libro de “Balances”, incluirán los estados del ente público en apego al Manual de Contabilidad Gubernamental, en su capítulo VII Normas y Metodología para la Emisión de Información Financiera y Estructura de los Estados Financieros Básicos del Ente Público y Características de sus Notas, emitido por el CONAC.

En complemento a lo anterior, los registros auxiliares básicos del sistema serán, como mínimo, los siguientes:

- Registro auxiliar del ejercicio de la Ley de Ingresos, en los diferentes momentos contables.

- Registro auxiliar del ejercicio del Presupuesto de Egresos, en los diferentes momentos contables.

- Registro auxiliar de inventario de los bienes muebles o inmuebles bajo su custodia que, por su naturaleza, sean inalienables e imprescriptibles, como lo son los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos. (Artículo 25 de la Ley de Contabilidad).

- Registro de responsables por la administración y custodia de los bienes nacionales de uso público o privado.

- Registro de responsables por anticipo de Fondos realizados por la Tesorería.

Así mismo, como señala el Artículo 42 de la Ley de Contabilidad “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen” y conservarla durante el tiempo que señalan las disposiciones legales correspondientes.

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA.

Las Normas de Auditoría son los lineamientos de calidad a seguir en el desarrollo de un trabajo de auditora y que se refieren al cumplimiento enunciativo y no limitativo de la personalidad del auditor, del trabajo que realiza y de la información que presenta como conclusión del trabajo.

Clasificación de las Normas de Auditoría:

- Personales. Para desarrollar un trabajo de auditoría es necesario e indispensable tener ciertas cualidades personales, las cuáles deben estar siempre presentes. Dentro de las normas personales se encuentran las siguientes:

- La de entrenamiento técnico y capacidad profesional. El contador público que desempeñe el trabajo de una auditoría debe tener un adecuado entrenamiento técnico que cumple con la obtención de su título profesional (legalmente expedido y reconocido) y una adecuada capacidad profesional que cumple con la aplicación constante de sus conocimientos en el campo laboral.

- La de cuidado y diligencia profesional. El auditor debe tener mucho cuidado y diligencia cuando realice una auditoría, así como en la realización de su informe (en el caso de una auditoría interna) o dictamen (en caso de una auditoría externa).

- La de independencia. Cuando se realice un trabajo de auditoría el contador público debe mantener una independencia mental que le permita emitir como resultado de su trabajo una opinión objetiva e imparcial.

- Ejecución del trabajo. En general se refieren al cuidado y diligencia que se debe tener en un trabajo de auditoría, pues de ello depende la imagen positiva y calidad demostrada por el profesional. Dentro de las normas de ejecución del trabajo se encuentran las siguientes:

- La de planeación y supervisión. Para realizar una auditoría es indispensable hacer una planeación antes de iniciar con el trabajo pues constituye una guía que nos permite optimizar el tiempo y tener una mejor organización. Además es necesario que las personas que intervienen en el trabajo sean constantemente supervisadas por el responsable de ésta o en determinado caso por la persona indicada.

- Del estudio y evaluación del control interno. El auditor debe estudiar y evaluar el control interno de la empresa, pues de los resultados que se obtengan de éste dependerá la confianza que se deposita en la misma y por tanto es un factor determinante en la aplicación de la naturaleza, extensión y oportunidad de los procedimientos de auditoría.

- La de obtención de evidencia suficiente y competente. Para que el auditor pueda dar una opinión deberá sustentarla o respaldarla con las pruebas necesarias, es decir, debe obtener y recabar evidencia relevante y suficiente.

- Información. Después de haber realizado el examen correspondiente el auditor estará en condiciones de poder emitir su opinión a través de un informe o dictamen, el cuál será el resultado final de su trabajo y que además brindará confianza y será de utilidad a las personas interesadas en este resultado.

El informe o dictamen es de suma importancia para el auditor, para el cliente y para terceras personas

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