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CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN NO LUCRATIVA

Enviado por   •  23 de Diciembre de 2018  •  4.054 Palabras (17 Páginas)  •  309 Visitas

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de la comunidad en aras de la unidad y solidaridad; d) Gestionar ante instituciones estatales y no gubernamentales, nacionales o extranjeras, proyectos de carácter económico y social e infraestructura que sean de beneficio para los asociados y la comunidad; e) Promover la capacitación técnica y la formación de recursos humanos, para el mejoramiento de la aplicación de los métodos o sistemas de producción y comercialización de la comunidad; f) Coordinar actividades de desarrollo con instituciones nacionales y extranjeras que beneficien a la Asociación; g) Aumentar la participación de la mujer, menores, ancianos y discapacitados en las actividades de la Asociación, en las principales actividades de la Asociación y en otras afines a estos grupos de vulnerabilidad; h) Para el cumplimiento de los fines descritos, establecerá y promoverá todo tipo de relaciones con otras entidades afines, gubernamentales o privadas; i) Promover la organización de sus asociados para la solución de problemas y necesidades comunes; j) Procurar el mejoramiento de las condiciones de vida de los asociados y de la comunidad. c) Fomentar los valores cívicos, éticos, morales, espirituales y científicos de sus asociados y de la comunidad. La asociación también podrá desarrollar y realizar entre otras las actividades siguientes: aceptar donaciones internas y externas, contratar empréstitos y celebrar convenios con instituciones de carácter nacional e internacional para el logro de los fines de la Asociación. Todas las actividades que conlleven una prestación de servicios tanto en el objeto como en los fines, se realizarán de manera gratuita, de acuerdo con la Naturaleza Jurídica de la entidad y todas aquellas autorizaciones o licencias que sean necesarias para la realización de los mismos, serán tramitadas ante la autoridad que corresponda. CAPÍTULO SEGUNDO: DE LOS ASOCIADOS. Artículo Seis. Requisitos de Ingreso. Para ingresar como asociado se establecen los siguientes requisitos: a) Solicitar por escrito su ingreso, b) Ser mayor de edad, c) ser guatemalteco, d) ser responsable, confiable, de reconocida honorabilidad y honradez, e) Cancelar la cuota o contribución que establezca la Asamblea General. Se considerarán asociados activos, aquellos que estén inscritos en el libro de ingresos y egresos de la asociación, que cuenten con la constancia que lo acredite como tal suscrita por el secretario y el presidente de la Junta Directiva, y estar al día en el pago de cuotas ordinarias y extraordinarias que se establezcan. Artículo Siete. Derechos de los Asociados: a) Elegir y ser electos para optar a cualquier cargo en la Asociación; b) Tener voz y voto en las sesiones de la Asamblea General; c) Mantenerse informado acerca de todos los asuntos que tengan relación con la Asociación. Artículo Ocho. Deberes de los asociados. Son deberes de los asociados los siguientes: a) cumplir y hacer que se cumplan los estatutos, reglamentos y demás disposiciones adoptados por la asociación, y las leyes de la República de Guatemala; b) Concurrir a las sesiones a las que fueren convocados; c) Desempeñar con responsabilidad los cargos y comisiones que se le confíen. CAPÍTULO TERCERO. ESTRUCTURA ORGÁNICA. Artículo Nueve. Órganos. Son órganos de la Asociación los siguientes: a) Asamblea General; y b) Junta Directiva. Artículo Diez. Asamblea General. La Asamblea General es la máxima autoridad de la asociación. Artículo Once. Integración. La Asamblea General se integra con los asociados activos presentes y legalmente representados. Artículo Doce. Sesiones de la Asamblea General. La Asamblea General se reunirá en forma ordinaria una vez al año y en forma extraordinaria las veces que sea necesario. Asimismo se podrá reunir cuando lo solicite un mínimo del diez por ciento de los asociados activos. La asamblea se deberá realizar dentro de los tres meses siguientes al período contable que haya concluido, el cual será del uno de enero al treinta y uno de diciembre de cada año, salvo el primer año el cual iniciará a partir de la fecha de la inscripción de la asociación al treinta y uno de diciembre del año que se trate. Artículo Trece. Convocatoria. Las convocatorias a las Asambleas Generales Ordinarias o Extraordinarias se harán por medio de la junta directiva, indicando el carácter de la sesión, fecha, hora y lugar. En el caso de la asamblea general extraordinaria también se deberá incluir la agenda a tratar. La convocatoria debe llegar a cada asociado por lo menos con diez días de anticipación. Artículo Catorce. Resoluciones. Las resoluciones de la Asamblea General a menos que los presentes estatutos establezcan una mayoría especial, se adoptarán por mayoría simple de votos de los asociados activos presentes y representados legalmente en la sesión, siempre que se ajusten a la ley y a los presentes estatutos y no se podrá alegar desconocimiento de las mismas ya que tienen carácter obligatorio para todos los asociados, aunque no hayan asistido a las sesiones en que fueron acordados o que hayan votado en contra. Artículo Quince. Representaciones. El asociado activo que por causa justa no pueda asistir a una asamblea general, tiene derecho a ser representado por otro asociado activo, lo que se hará constar por escrito haciendo ver el motivo de la ausencia. No se podrá ejercer más de una representación. Artículo Dieciséis. Quórum. El quórum para que las sesiones de asamblea general se consideren válidamente reunidas, deberá estar integrado por lo menos con la presencia del sesenta y cinco por ciento de los asociados activos presentes y representados. Si el día y hora fijados en la convocatoria no se reúne el quórum indicado, la sesión se celebrará una hora después, en el mismo lugar y fecha fijados con los asociados que se encuentren presentes o representados, sin necesidad de nueva convocatoria. Artículo Diecisiete. Atribuciones de la Asamblea General Ordinaria. Las atribuciones de la asamblea general son: a) Elegir a los miembros de la Junta Directiva; b) Autorizar las cuotas ordinarias y extraordinarias que deben pagar los asociados, propuestas por la junta directiva; c) conocer y resolver los informes de actividades, estados financieros y contables, planes de trabajo y presupuestos que presente la junta directiva. Artículo Dieciocho. Atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria. Son atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria: a) Autorizar la enajenación o gravamen de cualquier bien mueble, inmueble o derecho de la Asociación; b) Acordar la reforma de los presentes estatutos y reglamentos; c) Aprobar los reglamentos que sean necesarios para la buena marcha de los asuntos de la Asociación. Artículo Diecinueve. Junta Directiva. La Junta Directiva es el Órgano Ejecutivo y Administrativo de la Asociación y se integra con los siguientes cargos: a) Presidente; b) Vicepresidente; c) Secretario;

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