CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Enviado por Sandra75 • 16 de Marzo de 2018 • 4.175 Palabras (17 Páginas) • 502 Visitas
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SEPTIMA. (Del Gobierno y Dirección de la Sociedad) El gobierno y dirección de la sociedad estará a cargo de la Asamblea de Socios.
OCTAVA. (Administración) La administración de la sociedad estará a cargo de la Gerencia General, a cuyo efecto se designa como Gerente General a la Sra. ___________________, quien es mayor de edad, titular de la cedula de identidad #__________ (CO) y domiciliado en la ciudad de Cochabamba, misma que tendrá la representación legal y será el encargado de los tramites pertinentes que hacen a la Constitución de la presente Sociedad ante cualquier repartición, teniendo todas las facultades que se anotan; quien en representación de la sociedad gozara de todas las atribuciones para que se apersone con personería legitima judicial y extrajudicialmente ante toda clase de entidades publicas o privadas, administrativas, corporaciones o personas naturales o jurídicas nacionales, departamentales, municipales, consulares, diplomáticas, universitarias, militares, políticas y otras establecidas en la Republica o el exterior del País. El carácter de las prerrogativas, facultades y atribuciones que fueron detalladas y que se detallan además a continuación, son de carácter simplemente enunciativo y de ninguna manera limitativas: I. (Actos Administrativos) 1. Tendrá plenas facultades ejecutivas y de administración, para dirigir, conducir, atender y disponer de la totalidad de los negocios, asuntos, intereses y bienes en general de la sociedad, pudiendo para ello en forma general suscribir cualquier tipo de contrato y/o documento, Escrituras Publicas, protocolos, poderes y otros necesarios. 2. Contratar y designar el personal necesario para el funcionamiento de la Sociedad sean trabajadores permanentes, gerentes regionales, administradores, encargados y otros; así también facultades para despedirlos, renovar contratos, sueldos, bonificaciones y demás derechos que tengan de acuerdo a las leyes bolivianas y lo pactado. Establecer y efectivizar mecanismos de incentivo para los trabajadores, sanciones y todo tipo de instrumentos de administración personal. 3. Ejercer representación de la sociedad ante cualquier entidad Publica o Privada, Centralizada, Descentralizada, Mixta, Autónoma del país y del exterior, con amplios poderes para presentar memoriales, solicitudes, suscribir propuestas, contratos, documentos, retirar documento cualquiera, participar en reuniones con voz y voto, intervenir en actos emergentes de las invitaciones directas o licitaciones publicas en las que tenga participación la sociedad con plenos derechos de impugnación y de aprobación de determinaciones que tengan que ver con los intereses de la sociedad. 4. Realizar cualquier tipo de tramite o interponer recursos, quejas, sean estos ya judiciales como administrativos u otros tantos ordinarios como extraordinarios, demandas, solicitudes, ante cualquier tipo de autoridad, ante la Dirección General y/o Administración Regional del Servicio de Impuestos Nacionales de cualquier Departamento del país, ante cualquier Alcaldía Municipal, autoridad provincial, cantonal o seccional; ante el Servio Nacional de Registro de Comercio (SENAREC), el Registro de Propiedad Industrial, Prefecturas, Policía, Dirección General y/o Administración Regional de Aduanas de cualquier Departamento del país, Superintendencia de Bancos, de Seguros, Ministerios, Secretarias Nacionales y Subsecretarias, Cámaras Nacionales y Departamentales u otra autoridad, entidad y/o sección del Poder Ejecutivo y en general de entidad publica, descentralizada, desconcentrada, autónoma, o mixta y/o entidad privada. 5. Cobrar sumas de dinero adeudadas a la Sociedad por cualquier concepto firmando recibos, otorgando cartas de pago, cancelando hipotecas, devolviendo prendas, rescindiendo contratos de cualquier naturaleza. 6. Realizar cualquier operación sobre mercaderías y cosas muebles del giro de la sociedad, verificar despachos, envíos o mercancías por vía terrestre, marítima, lacustre o área y recibir los que vengan consignados, teniendo todas las facultades para reclamar a las compañías ferroviarias, navieras, aéreas o cualquier tipo de empresa de transporte en general y/u otra, sobre retrasos, daños a las mercancías, desaparición de las mismas y proceder al cobro de indemnizaciones que convengan o que fueran condenadas mediante cualquier tramite o proceso. 7. comprar acciones, cuotas de capital, certificados u otros títulos representativos, comprar, vender, permutar, subastar, aceptar donaciones, herencias o legados; dar, tomar en arriendo, como dato o deposito, toda clase de bienes, otorgar fianzas y garantías prendarías o hipotecarias; en general, realizar cuanta negociación convenga a los intereses de la sociedad. 8. Delegar sus facultades de gestión y ejecución o parte de ellas. II. (Facultades Bancarias) 1. Realizar operaciones bancarias y/o financieras de cualquier naturaleza como ser la apertura y manejo de cuentas corrientes, cajas de ahorro, depósitos a plazo fijo, a la vista, apertura cartas de crédito u otros instrumentos de comercio exterior, pida avales bancarios, obtenga boletas de garantía, firme pagares, Letras, contratos de fianza, endose cualquier titulo de valor en cobranza o en propiedad, obtenga préstamos bancarios, negocie y acepte intereses y comisiones. 2. Gire cheques a favor de terceros, los socios o el personal que trabaje en la sociedad, cobre cheques, letras, pagares, documentos de pago y otros que contengan derechos crediticios a favor de la sociedad. 3. Impugnar los saldos que arrojen las cuentas corrientes, presentados por los Bancos respectivos, cuando se considere que ellos no se encuentran conforme con los estados contables. 4. Gestionar y obtener prestamos, financiamientos o avales de instituciones bancarias, financieras o de cualquier otra persona jurídica o natural, nacional o extranjera. 5. Efectuar en los Bancos nacionales o extranjeros cuantas operaciones sean permitidas por ley sin restricción alguna. III. (Actos Judiciales) 1. Apersonarse, iniciar, proseguir y concluir en representación de la sociedad acciones o juicios civiles ordinarios y extraordinarios, penales, comerciales, labores, tributarias, administrativas u otras contra cualquier persona colectiva o individual sea publica o privada, tanto nacional como extranjera, conteste y/o responda a las iniciadas, reconvenga acciones judiciales u otras pertinentes, con todas las facultades establecidas en el articulo 62 del Código de Procedimiento Civil, oponga excepciones previas y perentorias, suscriban memoriales, proponga produzca pruebas, cualquiera de las señaladas por el Código de Procedimiento Civil, impugne las propuestas producidas de contrario, desistir o retirar demandas en cualquier estado, pida la excusa de magistrados y jueces u otras autoridades que tengan competencia y jurisdicción
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