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CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE POST-ALFABETIZACIÓN

Enviado por   •  16 de Marzo de 2018  •  1.153 Palabras (5 Páginas)  •  349 Visitas

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APOYO LOGISTO; CON EL TRANSPORTE PARA LA SUPERVISION DE LOS PUNTOS DE ALFABETIZACION Y POST ALFABETIZACION.

Asignar un presupuesto de contraparte para el apoyo a los puntos de alfabetización y Post Alfabetización en cada gestión, hasta la conclusión del programa.

Garantizar la apertura de puntos de Alfabetización y Post alfabetización en las comunidades donde interviene y apoya (CARITAS COROICO) identificando la población analfabeta o no culminaron la educación primaria elemental.

(INDICAR LOS COMPROMISOS CON LOS QUE PARTICIPARÁ LA INSTITUCIÓN)

CLÁUSULA QUINTA.- (DE LA COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO).

La coordinación y seguimiento de los compromisos asumidos en el presente Convenio Interinstitucional por parte de la DIRECCIÓN estará a cargo del Programa Nacional de Post-alfabetización y de las Representaciones Departamentales.

Por parte del (CARITAS COROICO), la responsabilidad de la coordinación y seguimiento del cumplimiento de los compromisos del presente está a cargo de (NOTA: EL CARGO DE LA PERSONA QUE SERÁ DESIGNADA POR LA INSTITUCIÓN).

CLÁUSULA SEXTA. -(MODIFICACIONES).

Se podrán introducir modificaciones y/o enmiendas al presente Convenio, previo acuerdo de partes, mediante la suscripción de Convenios Modificatorios.

CLÁUSULA SÉPTIMA.- (DE LAS NOTIFICACIONES).

Para los efectos de comunicación o notificación relacionada con el desarrollo y ejecución del Acuerdo, las partes señalan como domicilio las siguientes direcciones:

DIRECCIÓN GENERAL DE POST-ALFABETIZACIÓN

Calle Pinilla Nº 453 entre avenida 20 de octubre y Sánchez Lima

Zona Sopocachi

La Paz - Bolivia

PROGRAMA NACIONAL DE POST-ALFABETIZACIÓN – (LA PAZ)

Avenida Jorge Carrasco

Calle 4 y 5 Nº 79

Zona 12 de octubre

(CIUDAD DE EL ALTO PNP DEPARTAMENTAL) - Bolivia

(CARITAS COROICO)

(Calle, Av., Pasaje ó Plaza) ……. Nº …….

Provincia ………, (

(Departamento) - Bolivia

CLÁUSULA OCTAVA.- (VIGENCIA).

El presente Convenio deberá ser suscrito por las partes intervinientes y entrará en vigencia desde la suscripción del presente Convenio hasta la conclusión del programa.

CLÁUSULA NOVENA.- (RESOLUCIÓN).

El presente Convenio podrá ser resuelto por cualquiera de las Partes, por incumplimiento del objeto u obligaciones o por conveniencia particular, previa comunicación a la otra Parte de la decisión mediante nota, con una anticipación no menor a veinte (20) días.

CLÁUSULA DÉCIMA.- (CONFORMIDAD).

En señal de conformidad a todas y cada una de las cláusulas insertas en el presente Convenio Interinstitucional, firman las partes en cuatro ejemplares de un mismo tenor y con el mismo valor legal, a los (LITERAL) días del mes de (LITERAL) de dos mil doce años.

Lic. Hector Ramiro Tolaba Rivera

DIRECTOR GENERAL DE POST-ALFABETIZACIÓN

. ……………………………

(NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL Y DE LA INSTITUCIÓN)

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