CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA, SEDE BOGOTÁ Y El COLEGIO
Enviado por Eric • 7 de Julio de 2018 • 1.202 Palabras (5 Páginas) • 424 Visitas
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SEXTA – SUPERVISIÓN Y CONTROL: EL COLEGIO y LA UNIVERSIDAD nombrarán de cada parte un coordinador para el convenio, con el fin de que programen y supervisen todas las actividades que se generen en el desarrollo del presente convenio. Los coordinadores del convenio tendrán la obligación de presentar informes semestrales sobre el desarrollo y resultados al COLEGIO y a LA UNIVERSIDAD.
SÉPTIMA – MODALIDAD DE VINCULACIÓN: Queda entendido que dada la naturaleza, origen legal y objeto del convenio, no existe ningún tipo de relación laboral, ni de prestación de servicios entre EL COLEGIO y LA UNIVERSIDAD ó entre ésta y los estudiantes.
OCTAVA – COSTOS DEL SERVICIO: De acuerdo a lo expresado en la cláusula anterior, no habrá cobro de matrícula para los estudiantes del COLEGIO. Sin embargo, la inscripción al programa de Inmersión a la U, tendrá un costo en pesos colombianos determinado por LA UNIVERSIDAD y que deberá ser cancelado por cada estudiante al momento de registrarse en LA UNIVERSIDAD.
NOVENA – DURACIÓN: El presente convenio durará tres (3) años a partir de la firma del mismo. Si alguna de las partes optará por no prorrogarlo, deberá comunicarlo por escrito a la otra, con una anticipación no inferior a los treinta (30) días anteriores a la finalización del plazo respectivo. En caso de no producirse el aviso dentro del término establecido, el convenio se entenderá prorrogado por un período igual al inicialmente pactado
DÉCIMA – CAUSALES DE TERMINACIÓN: El presente convenio se terminará definitivamente y cesarán los servicios de que trata el mismo, en los siguientes casos:
- Por el vencimiento del término.
- Por el mutuo acuerdo entre las partes.
- Por fuerza mayor o caso fortuito que haga imposible la continuación en la prestación de los servicios convenidos en el presente convenio.
DÉCIMA PRIMERA – CESIÓN DEL CONTRATO: Ninguna de las partes podrá ceder los derechos y obligaciones que se deriven de este convenio sin autorización expresa, previa y escrita de la otra parte.
DÉCIMA SEGUNDA – SITUACIONES NO PREVISTAS: Las situaciones no previstas en el presente Convenio serán resueltas por las partes a través de los representantes de LA UNIVERSIDAD y EL COLEGIO, de común acuerdo. Cualquier modificación de la que sea objeto el presente convenio, debe constar por escrito y ser suscrita por las partes intervinientes en el mismo.
DÉCIMA TERCERA – PERFECCIONAMIENTO: El presente convenio se perfeccionará con la firma de las partes que en él intervienen.
Para constancia se firma en Bogotá, D.C. en dos ejemplares de igual tenor y valor, a los __ días del mes de _____ del año 2012.
FRAY PABLO CASTILLO NOVA, OFM ______________________________
C.C. No. 8’289.904 de Medellín C.C. No. __________ de __________
Rector Representante Legal
Universidad de San Buenaventura _______________________________
Sede Bogotá
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