COSTOS BASE 1. Precios base de materiales
Enviado por Ensa05 • 19 de Diciembre de 2018 • 1.025 Palabras (5 Páginas) • 501 Visitas
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de Precios Unitarios
• Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).- Índice Nacional de Precios (INP)
2. Precios base de mano de obra
Cronología de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos de México
1933 - Sistema de fijación de los salarios mínimos constituido por comisiones especiales integradas en cada municipio. Deficiencias en el sistema de fijación de los salarios mínimos, derivadas principalmente de que la división municipal, producto de diversos fenómenos históricos y accidentes geográficos, no guardaba relación alguna con las características del desarrollo económico regional ni con otros fenómenos económicos de alcance nacional, por lo que no podía servir de fundamento para la determinación de los salarios mínimos en condiciones adecuadas.
1963.- Fijación de los salarios mínimos por zonas económicas y no por municipios, creación de una Comisión Nacional y 111 Comisiones Regionales de los Salarios Mínimos, instancias capaces de armonizar el conocimiento general de las condiciones sociales y económicas de la República.
1981.- Desaparición del salario mínimo aplicable a los trabajadores del campo, a partir de entonces y en lo sucesivo, la igualación de las percepciones de aquéllos con las de los trabajadores de las zonas urbanas. Reducción del número de salarios diferentes aplicables a las zonas económicas, que se redujo a tan solo tres niveles, que son los que se aplican actualmente.
1987.- Reducción a 67 Comisiones Regionales, los salarios mínimos serán fijados por una Comisión Nacional, lo que dio lugar a la desintegración del sistema de Comisiones Regionales.
1992.- Fijación de los salarios mínimos para 3 zonas geográficas diferenciadas según su preponderancia económica:
• Zona “A”: Los estados de Baja California y Baja California sur, el Distrito Federal y algunos municipios de los estados de Chihuahua, Estado de México, Guerrero, Sonora, Tamaulipas y Veracruz.
• Zona “B”: Algunos municipios de los estados de Jalisco, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas y Veracruz.
• Zona “C”: Los estados de Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Morelos, Puebla, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas, más todos los municipios no comprendidos en las áreas geográficas "A" y "B" de los estados de Chihuahua, Guerrero, Jalisco, Estado de México, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas y Veracruz.
2012.- A partir del 27 de noviembre solo existen 2 zonas geográficas la "A" y la "B". Debido a que el área "B" se integró a la "A" y la "C" se renombró como "B”.
2015.- A partir de 01 de octubre de 2015 se homologa un solo salario mínimo a nivel nacional, prevaleciendo el de la zona "A".
El nuevo precepto constitucional dispone la más amplia flexibilidad territorial en la fijación de los salarios mínimos, al señalar que éstos serán fijados por áreas geográficas que pueden estar integradas por uno o más municipios, de una o más entidades federativas, sin limitación alguna. Esta disposición permitió corregir deficiencias e inconsistencias observadas en cuanto a las zonas de aplicación de los salarios mínimos, así como tomar en cuenta, cuando fue necesario, las características particulares de áreas geográficas de rápido desarrollo o con características
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