Casos: Derecho Penal
Enviado por mondoro • 23 de Enero de 2018 • 912 Palabras (4 Páginas) • 515 Visitas
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6. No, porque no hay anormalidad en las víctimas.
• Por lesiones al peatón.
Imputación objetiva a Fabiola, conductora del vehículo.
Resultado dañoso: Lesiones personales de consideración al peatón.
Análisis de causalidad natural jurídica.
1. Conditio sine quano: Si Fabiola no hubiera girado el vehículo no hubiera causado lesiones personales de consideración al peatón.
2. Proporcional, idóneo e inmediato: Sí, porque el golpe del vehículo hizo que el peatón tuviera lesiones personales en ese momento.
3. Racional y voluntario: Sí porque Fabiola conscientemente decide girar el vehículo.
Comparación con las reglas.
1. Sí, porque su acción va dirigida a disminución de un riesgo.
2. No, porque no hay riesgo desaprobado.
3. No, porque no hay nexos causales hipotéticos.
4. No, porque si tiene posición de garante.
5. No, porque no hay aceleración de causalidad.
6. No, porque no hay anormalidad en las víctimas.
No se le hace imputación a Fabiola por la muerte del caballo ni lesiones personales al peatón, porque se la absuelve gracias a la primera regla, ya que su acción va dirigida a disminución de un riesgo jurídico.
CASO 4.
Juana, Nicolás y Yamilé, se encuentran acampando en una región calurosa. Repentinamente Nicolás toma una manguera y sin ser visto, queriendo jugarle una broma a Juliana, le echa agua fría en la espalda; esta, quien tenía un puñal en la mano con el cual pelaba una fruta, lo arroja instintivamente hacia atrás clavándoselo en el pecho al bromista, quien muere instantáneamente. Analice la conducta de Juana.
Imputación objetiva a Juana.
Resultado dañoso: Muerte de Nicolás.
Análisis de causalidad natural jurídica.
1. Conditio sine quano: Si Juana no hubiera lanzado el puñal, Nicolás estaría vivo.
2. Proporcional, idóneo e inmediato: Sí, porque el golpe del puñal causó la muerte en el momento inmediato.
3. Racional y voluntario: No, porque arrojar el puñal lo hizo instintivamente.
No se le hace imputación a Juana por la muerte de Nicolás porque su acción de lanzarle el puñal fue involuntaria generada instintivamente.
CASO 5.
Carlos y Felipe toman cerveza y juegan tejo. El primero se agacha, oportunidad que aprovecha su acompañante para ¬–en plan de jugarle una broma- tomarle de los testículos bruscamente; Carlos, indignado, hace un movimiento hosco y golpea a su amigo, quien cae al piso, se golpea en la cabeza y queda inconsciente, horas más tarde muere a raíz de una “contusión frontoparietal izquierda y un hematoma apareinquimatoso”. Analice la conducta de Carlos.
Imputación objetiva a Carlos.
Resultado dañoso: Muerte de Felipe.
Análisis de causalidad natural jurídica.
1. Conditio sine quano: Si Carlos no le hubiera pegado el golpe, Felipe seguiría vivo.
2. Proporcional, idóneo e inmediato: Sí, porque el golpe de Carlos provocó la caída de Felipe y posteriormente su muerte.
3. Racional y voluntario: Sí, porque Carlos lo hizo conscientemente.
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