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Commond Reporting Standard (CRS) y el status de actual de Panamá

Enviado por   •  1 de Octubre de 2018  •  5.039 Palabras (21 Páginas)  •  560 Visitas

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¿QUIÉNES NECESITAN CUMPLIR ESTA LEY?

1. Agentes de retención de EE.UU. (USWA, por sus siglas en inglés): Entidad estadounidense que tiene control, recibo, custodia, cesión o pago de todo pago sujeto a retención.

2. Instituciones Financieras Extranjeras (FFI): Entidad no estadounidense que acepta depósitos en el curso habitual de una actividad bancaria o similar; mantiene activos financieros por cuenta de otros como parte sustancial de sus operaciones; actúa como empresa controladora o centro de tesorería de un grupo FFI o se usa en relación con ciertos vehículos de inversión; es una entidad de inversión que realiza ciertas actividades de inversión por cuenta de los clientes, es un vehículo de inversión administrado por otra FFI, o es un vehículo de inversión colectiva o similar; o es una compañía de seguros especificada (o empresa controladora de una aseguradora).

3. Entidades Extranjeras No Financieras (NFFE, por sus siglas en inglés) Cualquier entidad extranjera que no sea una FFI o alguna de las siguientes entidades específicamente EXENTAS:

› Sociedades que cotizan en bolsa y sus empresas afiliadas (más de 50 % de voto y valor)

› Entidades constituidas según las leyes de una posesión de Estados Unidos

› Gobiernos extranjeros u organismos de propiedad entera de los mismos

› Organizaciones internacionales, organismos de propiedad entera o dependencias de las mismas

› Bancos centrales extranjeros (a menos que actúen como intermediarios de clientes)

› Cualquier otra clase de personas que la Secretaría considere que presenta riesgo bajo de evasión fiscal

4. Personas estadounidenses: Ciudadanos o residentes de los Estados Unidos; sociedad o corporación constituida en Estados Unidos o de conformidad con las leyes de este país o de cualquiera de sus estados; un fideicomiso si (i) un tribunal de los Estados Unidos tiene facultades, según las leyes aplicables, de girar órdenes o tomar decisiones sobre la administración del fideicomiso y (ii) una o más personas estadounidenses tienen autoridad para controlar todas las decisiones sustanciales del fideicomiso, o la sucesión de un difunto que fue ciudadano o residente de los Estados Unidos.

¿CÓMO SE IMPLEMENTA LA LEY FATCA?

El Departamento del Tesoro de los Estados Unidos ha emitido dos modelos de acuerdos intergubernamentales (IGA):

El modelo 1 del IGA requiere que las instituciones financieras reporten toda la información relacionada con FATCA a sus propias autoridades gubernamentales, las cuales, a su vez, intercambiarán automáticamente dicha información con el IRS. Algunos IGA del modelo 1 son recíprocos, es decir, requieren que las autoridades de los Estados Unidos proporcionen cierta información sobre los residentes del país suscriptor del modelo 1 del acuerdo a la jurisdicción del modelo 1, a cambio de la información que dicha jurisdicción proporcione a los Estados Unidos. Las FFI cubiertas por el modelo 1 del IGA no necesitan firmar un acuerdo de FFI, pero sí deben registrarse en el Portal de Registro FATCA del IRS o presentar el formulario 8957.

El modelo 2 del IGA requiere que las instituciones financieras reporten la información directamente al IRS. Según el modelo 2 del acuerdo intergubernamental, las FFI deben registrarse ante el IRS, y ciertas FFI deben firmar una versión modificada del acuerdo de FFI que refleje el IGA.

¿QUÉ ES CRS?

El Estándar Común de Reportes (CRS) es el estándar global de reporte para el Intercambio Automático de Información sobre Cuentas Financieras (AEOI, por sus siglas en inglés) elaborado por la OCDE. El CRS, publicado en julio de 2014, contiene una serie de normas para que las instituciones financieras identifiquen a las personas sujetas a reporte e informen a las autoridades respectivas en sus jurisdicciones. Posteriormente, la información pertinente se intercambiará automáticamente entre las jurisdicciones participantes anualmente.

El estándar establece:

› La información que se intercambiará sobre las cuentas financieras.

› Las instituciones financieras que tienen obligación de reportar la información.

› Los diferentes tipos de cuentas y contribuyentes afectados.

› Procedimientos comunes de la debida diligencia.

¿A QUIÉNES AFECTA EL CRS?

El CRS afecta a personas y entidades (incluidos los fideicomisos) que mantienen cuentas sujetas a reporte en instituciones financieras situadas en las jurisdicciones participantes . Ciertos tipos de entidades que están situadas en jurisdicciones no participantes con personas controladoras sujetas a reporte pueden tener la obligación de reportar cierta información a las instituciones financieras localizadas en las jurisdicciones participantes al tener operaciones comerciales con estas instituciones.

2. GÉNESIS DEL CRS

Conviene recordar cómo se ha desarrollado el CRS y cuál es el estado de situación a nivel internacional respecto a los países o jurisdicciones (en adelante, POJ) que se han comprometido a aplicar el mismo.

El año en que comienza todo el proceso no está muy lejano y coincide en el tiempo con el desarrollo del modelo FATCA. El enfoque multilateral inició su andadura el 8 de febrero de 2012, cuando los Estados Unidos de América junto con España, Francia, Alemania, Italia y Reino Unido (el denominado G5), adquirieron el compromiso de desarrollar un modelo para la implementación de FATCA, que vio la luz el 26 de julio de 2012. Este modelo 1 es el eje vertebrador sobre el que se ha construido el enfoque multilateral de intercambio automático de información sobre cuentas financieras, que ha cristalizado en el CRS.

Es a partir de 2012 cuando los responsables políticos centran su atención en las posibilidades que ofrece la modalidad de intercambio automático de información. Y así, el 19 de abril de 2013, los Ministros de finanzas y los Gobernadores de los Bancos Centrales del G20 ratificaron el intercambio automático como el nuevo estándar previsto. La decisión del G20 sucedió al anuncio que hicieron previamente 5 países

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