Como se indica en el Chapoy Bonifaz INGRESOS MUNICIPALES
Enviado por tolero • 17 de Junio de 2018 • 5.029 Palabras (21 Páginas) • 317 Visitas
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En cuanto a las participaciones federales la Ley de Coordinación Fiscal coordina el sistema fiscal de la federación en los estados, municipios y el Distrito Federal, se establecen las bases de participación de cada uno de ellos en los ingresos federales, la forma de distribuir las participaciones, las reglas de colaboración administrativa entre las diversas autoridades fiscales y la creación de los organismos en materia de coordinación fiscal.
Los ingresos federales es la recaudación federal repartible en la que participan los estados, municipios y Distrito Federal y que se destina a un fondo el cual se distribuye entre todos los estados. Por otro lado también existen otros fondos para el fomento municipal.
En este rubro tanto municipios y estados buscan siempre una mejor participación de estos recursos, los porcentajes son establecidos pero siempre se buscan la participación en otros fondos.
A partir de los setenta se establece un tipo de cooperación, mediante la cual se busca modificar el control fiscal de la Federación ejerce sobre las entidades federativas, sus resultados han sido muy limitados. La base de esta cooperación y coordinación son los Convenios de Coordinación Fiscal pero implican la renuncia de estados y municipios al ejercicio de sus facultades tributarias, en consecuencia, la autoridad local no cuenta con la autosuficiencia necesaria para financiar su gasto con recursos propios, por lo que su ejercicio de gobierno depende financieramente de la mayor o menor participación de los ingresos federales.
Aunque el esquema de Coordinación Fiscal evita que se superpongan gravámenes locales sobre fuentes impositivas de orden federal, limita el margen de maniobra de entidades y municipios. En resumen el acuerdo es que si las entidades federativas y municipios dejaban de cobrar impuestos al ingreso de las personas y las empresas, el gobierno federal cobraría por todos el Impuesto sobre la Renta y el correspondiente al Valor Agregado, de modo que los ingresos se distribuirían entre los tres órdenes de gobierno.
El resultado es la limitación en la capacidad de los gobiernos locales en un esquema que nos les permite explotar fuentes de ingreso propias que les garanticen autonomía financiera; de manera que si bien se tiene acceso a las Participaciones, no existen otras formas de recaudación. Tan solo el 8% corresponde a la recaudación local y el resto a los impuestos federales.
Así pues este esquema el gobierno federal transfiere recursos a las entidades y municipios y son estas las que constituye la base del financiamiento del gasto público de los mismos.
Las transferencias se integran fundamentalmente por la Participaciones (Ramo 28) y las Aportaciones Federales (Ramo 33). Otras fuentes de financiamiento son las de los Ramo 28 Programa de Apoyo para el Fortalecimiento de la Entidades Federativas, el Ramo 25 Previsión y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica y Normas (DF) y los Convenios de Desarrollo.
En promedio las participaciones representan 43% y las aportaciones Federales 4%.
Participaciones
Las Participaciones a Entidades Federativas o Ramo 28 son los recursos asignados a los estados y los municipios en los términos establecidos por la Ley de Coordinación Fiscal y los Convenios de Adhesión al Sistema de Coordinación Fiscal y de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal.
Las participaciones en ingresos federales y los incentivos que se entregan a las entidades federativas y municipios, se hace a través de los fondos siguientes:
- Fondo General de Participaciones
- Fondo de Fomento Municipal Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
- Fondo de Fiscalización
- Fondo de Compensación
- Fondo de Extracción de Hidrocarburos
- Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos
- El 0.136 por ciento de la RFP
Los recursos que reciben estados y municipios vía Participaciones son aquellos que se recaudan por el cobro de impuestos federales como resultado de un convenio de coordinación. En suma se puede apreciar que las Participaciones Federales son el instrumento que utiliza la Federación para destinar recursos las entidades federativas que utiliza la Federación para destinar recursos a las entidades federativas y a los municipios, el propósito fundamental es la de operar un mecanismo que equilibre la distribución de recursos entre estados y municipios.
Del esquema de Participaciones Federales se integran básicamente por dos Fondos:
- Fondo General de Participaciones
- Fondo de Fomento Municipal
El Fondo General de Participaciones se integra por dos factores: u coeficiente fijo correspondiente a 20% de la recaudación federal participable de un ejercicio fiscal y, un coeficiente adicional de 1% de dicha recaudación, para compensar a aquellos estados que resultaran con menos recursos.
Los criterios de distribución son de la siguiente manera
- 45.17 % del Fondo en proporción directa al número de habitantes de cada entidad
- 45.17 % en función a su grado de recaudación.
- 9.66% en proporción inversa a las participaciones por habitante de cada entidad.
El Fondo de Fomento Municipal se sustenta básicamente en la evolución de los ingresos por el impuesto predial y los derechos del agua. Este Fondo está conformado por el 1% de la recaudación federal participable.
Aportaciones
El Ramo 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios es el mecanismo presupuestario diseñado para transferir a los estados y municipios recursos que les permitan fortalecer su capacidad de respuesta y atender demandas de gobierno en los rubros siguientes:
- Educación;
- Salud;
- Infraestructura básica;
- Fortalecimiento financiero y seguridad pública;
- Programas alimenticios y de asistencia social; e,
- Infraestructura educativa.
Con tales recursos, la federación
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