Cuales son los Transportes de agregados
Enviado por Kate • 31 de Octubre de 2018 • 3.736 Palabras (15 Páginas) • 306 Visitas
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Resulta necesario a efectos de ejemplificar los casos de corrupción en el que el Perú se ha visto involucrado, es pues de conocimiento que en los últimos años (2014 a la actualidad), se descubrieron problemas de corrupción en gran número que involucra a actores políticos, tales como Jefes de Estado, Presidentes de los Gobiernos Regionales, Alcaldes entre otros, percibiendo con mucha sorpresa que son pocos sobre los cuales recaen prisiones efectivas ante los delitos cometidos, inicialmente el caso César Álvarez de la Región Ancash(Centralita-2014), Iván Vásquez de Loreto(elaboración del perfil proyecto de alcantarillado -2014), Klever Meléndez de Pasco(audios de laguna de Yanacocha -2011), Gerardo Viñas de Tumbes(liquidación a favor de AIJ inversiones- 2011) y Luis Aguirre Pastor de Madre de Dios(colusión desleal-2012), los casos relacionados con Martín Belaúnde Lossio y Juan Carlos Rivera Ydrogo.(Antalsis-2011).
Finalmente, como resultado de las investigaciones realizadas en la operación Lava Jato, en el cual se ha abierto denuncias contra empresarios y políticos, dentro de los cuales se encuentra el caso de mayor impacto de corrupción en nuestro país es el Caso Odebrecht, el cual ha tenido implicancias directas e indirectas en el desarrollo económico, legislativo, social y político, tales como la creación de más órganos jurisdiccionales especializados en procesos de Corrupción, implementación de decretos legislativos sobre Contrataciones del Estado en el que incluso se dispuso la incorporación de la cláusula de anticorrupción, todo ello en aras de disminuir la incidencia de corrupción en nuestro país.
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Ley Contrataciones Del Estado
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Línea de tiempo
Tal como se muestra en artículo “Referentes de la evolución del pensamiento administrativo en la legislación de contrataciones del estado”[4] fueron los primeros intentos fragmentados sobre Contrataciones del Estado hasta el año 1978 en que correspondieron a los Ministerios de Hacienda y Comercio (D.S. de 03.FEB.1950) y del de Fomento y Obras Públicas (D.S. de 23.2.1950). Con este “sustento legal” se inició el festín de las grandes obras públicas y compras del gobierno de Facto de Manuel Odría 1948 a 1956, en que se ejecutaron obras mayormente en el campo educativo, la construcción de las “grandes unidades escolares” en las principales ciudades del país así como hospitales e, incluso, el estadio nacional y las unidades vecinales.
Hasta diciembre de 1977 en que se expidió el Decreto Ley N° 22056 instituyendo en la administración pública el sistema de abastecimiento con el fin de dar unidad, nacionalidad y eficiencia a los procesos técnicos del abastecimiento de bines y servicios no personales, dentro de los principios fundamentales de moralidad y austeridad.
Las adquisiciones en las entidades públicas, sea con dinero del tesoro público recursos o ingresos propios donaciones o fondos provenientes de convenios de préstamos internacionales se hacía de acuerdo a las normas internas que para el efecto existían solo en algunas dependencias, ocasionando compras indiscriminadas, stocks innecesarios gastos indebidos, etc.
La puesta en vigencia del sistema de abastecimiento a partir del 01.ENE.78 trajo como consecuencia un cierto ordenamiento del proceso de adquisición de bienes y de servicios en las entidades públicas, ya ex INAP (Instituto Nacional de Administración Pública) a través de la Dirección Nacional de Abastecimiento, empezó a emitir y divulgar una serie de normas regulando dicho proceso, hecho que se complementaba con la correspondiente capacitación especializada en la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) Institución hoy desaparecida. Entre las normas más importantes se tiene las Normas Generales del Sistema de Abastecimiento.
Gráfico 1: Línea de tiempo[pic 2]
Tal como se advierte del gráfico antes mostrado (Gráfico 1) hasta antes de la dación de la Constitución Política del Perú (1979), la normatividad sobre Contrataciones del Estado, era de manera dispersa, existiendo a partir de dicha fecha una unificación que potenció sustancialmente dicha regulación de dicha especialidad.
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Nuevo Enfoque En Gestión Pública Y De Las Contrataciones Del Estado
Es una corriente que plantea transformación de la Gestión Publica cuyo enfoque parte del entendido que la responsabilidad de los gestores públicos está asociada a la eficacia y eficiencia de su gestión y no solo del cumplimiento de su manto formal o normativo.
Gira en el entorno de los siguientes aspectos claves:
- Promover programas, proyectos y actividades claves de mayor productividad en las Entidades Públicas.
- Solida orientación hacia el servicio al ciudadano de manera tal que los bienes, servicios, consultorías y ejecución de obras públicas cercanas a las finalidades públicas.
- Mayor capacidad y voluntad de los niveles de decisión para diseñar y monitorear las políticas públicas.
- Promover una gerencia publica orientada a resultados.
- La rendición de cuentas del uso y aplicación de los recursos públicos deben ser permanentes y en todos los niveles de la administración pública.
- Requerimientos Necesarios Para Implementar Políticas De Gestión Pública En El Marco De La Ley De Contrataciones Y Adquisiciones Del Estado.
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Voluntad política.
Entendida desde dos aspectos[5]: el primero está relacionado con el deseo de cambiar la gestión y dinámica de la administración pública hacia modelos que promueven la modernidad del Estado, tales como la gestión por resultados; y el otro de apoyar con las decisiones y recursos para que se puedan implementar estos modelos estratégicos.
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Liderazgo visionario.
La alta dirección debe establecer una visión orientada hacia el ciudadano, demostrar valores organizacionales claros y visibles, y establecer altas expectativas para los servicios públicos, balanceando las necesidades de todas las partes interesadas.
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Los valores y estrategias definidos.
Estos
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