DEFENSA PUBLICA
Enviado por Mikki • 9 de Enero de 2018 • 1.040 Palabras (5 Páginas) • 269 Visitas
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6.- Indígena: La defensora Pública o el Defensor Público de Indígenas, deberá garantizar el acceso pleno de los pueblos indígenas a la jurisdicción de Estado en todos los juicios y procedimientos que involucren individual o colectivamente a los indígenas, tomando en cuenta sus prácticas jurídicas específicas.
7.- Inquilinato: Brindan especial atención para las familias que enfrentan juicios por desalojo o cualquiera de las causas comprendidas en la ley de Arrendamientos Inmobiliarios.
8.-Laboral: Representan a las personas en dos aspectos: a) procedimientos Administrativos (Inspectoría del Trabajo).
b) Procedimientos Jurisdiccionales (Tribunal del Trabajo). En casos de despido injustificado, cobro de prestaciones sociales, bono vacacional, horas extras y accidentes laborales.
9.-Militar: Garantiza la orientación, asistencia, asesoría y representación legal, a todas las personas al servicio de la Fuerza Armada Nacional.
BASE LEGAL ESTABLECIDA EN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece: Toda persona tiene derecho a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos; a la tutela efectiva de los mismos y obtener con prontitud la decisión correspondiente.
El Estado garantizara una justa gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.
Artículo 49 ordinal 1. La Defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado de la investigación y del proceso. Toda persona tiene derecho a ser notificada de los cargos por los cuales se le investiga; de acceder a las pruebas y disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa. Serán Nulas las pruebas obtenidas mediante violación del debido proceso. Toda persona declarada culpable tiene derecho a recurrir del fallo, con las excepciones establecidas en esta constitución.
Artículo 268 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establecerá la autonomía y organización, funcionamiento, disciplina e idoneidad del servicio de defensa pública, con el objeto de asegurar la eficacia del servicio y garantizar los beneficios de la carrera del defensor o defensora.
LEY ORGÁNICA DE LA DEFENSA PÚBLICA.
Artículo 7. En el ejercicio de la Defensa Pública será preeminente la defensa de los
Derechos Humanos.
Artículo 8. Competencias de la Defensoría Pública.
1. Garantizar a toda persona el derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso judicial y administrativo en todas las materias que le son atribuidas de conformidad con la Ley y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
2. Cualquier otra que, por aplicación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de las normas, tratados, pactos y convenciones internacionales suscritos y ratificados por la República Bolivariana de
Venezuela le sea atribuida.
Artículo 9 La Defensa Pública está integrada por la Defensa Pública General, la Coordinación General, las Unidades Regionales de la Defensa Pública y cualquier otra dependencia creada para el efectivo y eficaz cumplimiento de los objetivos del órgano con las atribuciones y facultades contempladas en esta Ley y las normas internas de organización y funcionamiento.
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