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DERECHOS Y DEBERES ESTABLECIDOS RELATIVOS AL USO DE LAS TIC´s

Enviado por   •  23 de Mayo de 2018  •  3.910 Palabras (16 Páginas)  •  541 Visitas

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También se ha ocupado de establecer un marco legal que permita el uso correcto y eficiente de las nuevas tecnologías, donde el ciudadano puede evidenciar los deberes y derechos que están establecidos para el uso de estas nuevas tecnologías

Tomando como punto de partida la vigente Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sobre cuáles son los deberes de los medios de comunicación estos se encuentran establecidos en el artículo 108, en el Titulo III, Capítulo VI, De los Derechos Culturales y Educativos, así mismo, en dicho artículo la Constitución impone al Estado la obligación de garantizar los servicios de radio, televisión, redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información, estableciendo como deber de los centros educativos, la necesidad de incorporar el conocimiento y la aplicación de las Nuevas Tecnologías en los procesos de enseñanza.

Artículo 108: Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. El estado garantizara servicios públicos de radios, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información. Los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley.

DERECHOS

La consagración del derecho que da acceso a la tecnología puede apreciarse en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, sobre la influencia de la tecnología en el ámbito jurídico, al consagrarse el acceso a la tecnología como un derecho fundamental de los ciudadanos, reconociéndose dentro de los derechos culturales, el carácter de interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento y la innovación, tal como se establece el artículo 110, en el cual el estado reconoce el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y los servicios de información, los cuales se consideran necesarios, por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo, económico social y político, así como, la seguridad y soberanía nacional. El sector privado deberá exportar recursos para los mismos, entre tanto el estado garantizará el complemento de los principios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanista y tecnológica.

Artículo 110: El estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el estado destinara recursos suficientes y creara el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la ley. El sector privado deberá aportar recursos para los mismos. El estado garantizara el cumplimiento de los principios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanística y tecnológica. La ley determinara los modos y medios para dar cumplimiento a esta garantía.

De igual manera, en la Constitución de la Republica bolivariana de Venezuela en el artículo 156, numeral 28, establece que es el Poder Público Nacional quien tiene la competencia sobre "el régimen del servicio de correo y de las telecomunicaciones, así como el régimen y la administración del espectro electromagnético".

Artículo 156: Es de la competencia del Poder Público Nacional:…

…28. El régimen del servicio de correo y de las telecomunicaciones, así como el régimen y la administración del espectro electromagnético.

LEY ORGÁNICA DE TELECOMUNICACIONES (LOTEL)

La Ley Orgánica de Telecomunicaciones, promulgada el 12 de junio de 2000, y reformada en el año 2010, otorgó las competencias estatales para la regulación del sector a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones.

En tal sentido y de acuerdo a la competencia que le confiere la máxima norma del nuestro dentro de los objetivos de esta ley en materia de tecnológica, se destacan: la promoción a la investigación, el desarrollo y la transferencia tecnológica en materia de telecomunicaciones y la utilización de nuevos servicios, redes y tecnologías con el propósito de asegurar el acceso a éstos en condiciones de igualdad a todas las personas.

Por otra parte en el mencionado instrumento legal, en el artículo 3, se otorgada la competencia para la regulación del sector a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones CONATEL como ente regulador de las Telecomunicaciones en Venezuela y la Ley de Responsabilidad Socia Radio y Televisión.

ARTICULO 3. El régimen integral de las telecomunicaciones y del espectro radioeléctrico, es de la competencia del Poder Público Nacional y se regirá por esta Ley, sus reglamentos y demás disposiciones normativas que con arreglo a ellas se dicten. Las autoridades nacionales, estadales y municipales prestarán a los funcionarios de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, la colaboración necesaria para el cabal, oportuno y efectivo cumplimiento de sus funciones.

PLAN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES

Este derecho constitucional, es desarrollado por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), en el año 2000 en el Plan Nacional de Telecomunicaciones, donde se menciona por primera vez la necesidad de incorporar a la Nación dentro de la sociedad de la información.

En el marco de este Plan, se establecen como objetivos primordiales para el desarrollo del país:

- el fomento del uso de Internet a todos los niveles y la divulgación del conocimiento y el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, destacando entre sus principales lineamientos, la promoción a la investigación y el desarrollo de la transferencia de tecnología en el ámbito de las TIC.

- El desarrollo y la capacitación del talento humano.

- La modernización del Estado a objeto de potenciar la calidad de los servicios públicos y la promoción en el uso de las TIC en el sector productivo y su democratización a fin de establecer una sociedad en línea.

La importancia de la consagración del acceso a la tecnología como un derecho fundamental, se ha visto reflejada en la adopción de distintos textos legales que obligan a la Administración a facilitar el empleo

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