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DIVISIÓN DEL DERECHO.

Enviado por   •  14 de Diciembre de 2017  •  1.280 Palabras (6 Páginas)  •  262 Visitas

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Positivo. El derecho positivo en cambio es un conjunto de normas jurídicas vigentes creadas por las personas y aplicadas en una comunidad las cuales se expresan mediante ley, costumbre y jurisprudencia.

Ambos sistemas aunque son diferentes se relacionan entre sí, ya que el derecho natural se expresa mediante las normas que integran el derecho positivo y este no puede irse en contra de las normas superiores del derecho natural.

Cuando el ordenamiento jurídico no está en concordancia a estas normas superiores no hay un ordenamiento jurídico valido ya que esto sería como aceptar un ordenamiento jurídico no amparado en los principios superiores que rigen el derecho.

Nuestro ordenamiento jurídico recoge los principios atractivos de las garantías constitucionales consagrados en nuestra Constitución.

EL ORDEN PÚBLICO

Conjunto de normas jurídicas, cuyo cumplimiento es indispensable para preservar el mínimo de condiciones necesarias para una convivencia normal. El derecho busca el orden social. ¿Cuáles son las normas jurídicas que deben ser respetadas para que el orden social exista? Otro término con el que se conoce es normas de orden público, no todas las normas son de orden público.

BUENAS COSTUMBRES

Dentro del código civil se menciona también leyes a las buenas costumbres, las mismas tiene consecuencias iguales que las normas de orden público.

Las buenas costumbres van de acuerdo con la sana moral imperante en un lugar y en un momento dado.

Estas se refieren a un carácter variado según los diferentes conceptos.

La moral reinante queda garantizada por el derecho, la aplicación del derecho en los casos correspondientes puede irse adaptando a las variaciones históricas de la moral.

FUENTES DEL DERECHO

Se refiere al estudio de cómo surge el derecho y se divide en dos:

• Fuentes materiales

• Fuentes formales

Las fuentes materiales son los acontecimientos de caracteres económico, social, político y hasta religioso, que generalmente son recogidos por el derecho.

Las fuentes formales son procesos a través de los cuales se exterioriza la voluntad creadora, haciendo que surja el derecho. Dentro de estas fuentes formales encontramos cuatro fuentes:

1. La ley

2. La costumbre

3. La jurisprudencia

4. La doctrina

LA LEY

La ley es la principal fuente del derecho, según algunos autores proviene del verbo latino LIGARE que significa ligar, vincular, esto establece que la ley vincula a las personas en su actividad; otros autores consideran que proviene la ley de la palabra LEGERE que significa leer, esto alude a la forma escrita de la ley.

La ley según la definición que establece el Art. 1 del Código Civil Ecuatoriano “Es la manifestación de la voluntad soberana en forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite”.

LA COSTUMBRE

La costumbre es un conjunto de actos repetitivos en forma uniforme, constante y general por los miembros de una comunidad. Para que una costumbre se convierta en fuente del derecho es necesario que se agregue un elemento: la fuerza obligatoria, es decir, la convicción del pueblo de que los actos repetidos son necesarios para regular una situación existente. La costumbre está formada por dos elementos:

• El Objetivo (Material). En los cuales los actos deben ser generales, constantes y uniformes.

• El Subjetivo. Obligación de cumplir un deber jurídico, es un imperativo jurídico

La conciencia de la comunidad de acatar en forma obligatoria la costumbre existente.

Para Abelardo Torré, es el conjunto de normas jurídicas derivadas de la repetición más o menos constante de actos uniformes.

CARACTERES DE LA COSTUMBRE

• Surge espontáneamente

• Es de formación lenta

• No tiene autor conocido

• Suele ser incierta o imprecisa

• Es particularista

Para Du Pasquier la costumbre es un uso implantado en la colectividad y considerado por esta jurídicamente obligatorio, es el derecho nacido consuetudinariamente.

Carlos Ducci establece: “La costumbre es anterior y determina el origen de la ley, ya que la norma jurídica no nace de un producto de creación espontánea o arbitraria, sino que recoge un uso consuetudinario social uniformemente aceptado. La ley recoge la costumbre y le da fijeza, claridad y fuerza obligatoria.”

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