Essays.club - Ensayos gratis, notas de cursos, notas de libros, tareas, monografías y trabajos de investigación
Buscar

Derecho Procesal Administrativo.

Enviado por   •  7 de Abril de 2018  •  8.113 Palabras (33 Páginas)  •  426 Visitas

Página 1 de 33

...

Interadministrativas: ----> cuando se da entre órganos de diferentes esferas, resuelve la Corte Nacional.

Contiendas Negativas y Positivas

- Declaratoria: cuando un órgano se declara incompetente, debiendo contener la afirmación de competencia de otro órgano.

- Inhibitoria: cuando un órgano se declara competente, remite comunicación al órgano interviniente para que se inhiba de seguir interviniendo.

- Contienda Negativa: se produce cuando los órganos se declaran incompetentes.

- Contienda Positiva: se produce cuando los órganos se declaran competentes.

- Resolución: por parte del órgano habilitado, sin sustanciación y dentro de los 5 días.

Competencia del Órgano (Art. 1 Regto.)

Con intervención del órgano que legalmente tiene competencia. Cuando no lo establezca la ley o el reglamento, tramitará ante el organismo que el Reglamento Interno del Ministerio determine.

Cuando deba intervenir más de un órgano, se instruirá un sólo expediente , el que tramitará ante el órgano por el cual hubiere ingresado, debiendo dictarse una resolución única.

Facultades del Superior (Art. 2 Regto.)

Con el fin de asegurar la eficacia y rapidez del trámite, pueden los Ministros u órganos directivos de entes descentralizados, dirigir la acción de sus inferiores e impulsar el trámite, impartir órdenes, instrucciones o circulares, e incluso avocarse al conocimiento y decisión del asunto, todo ello sin perjuicio de entender eventualmente en la causa si se interpusiesen los recursos a la decisión del inferior.

Impulsión de Oficio (Art. 4 Regto.)

La administración debe impulsar de oficio el procedimiento, lo cual no obsta a que el interesado también lo inste.

Se exceptúan de este principio aquellos tramites en que solo este en juego un interés privado del administrado, a menos que pase a ese carácter, la resolución a dictarse llegue a afectar el interés general.

Deberes y Facultades del Órgano

* Tramitar los expedientes según su orden y decidirlos a medida que vayan quedando en estado de resolver.

* Proveer en una substanciación simultánea y concentrar en un sólo acto audiencias y todas las medidas de prueba.

* Establecer un procedimiento sumario de gestión, mediante formularios impresos, u otros métodos que permitan el rápido despacho de los asuntos.

* Señalar antes de dar trámite, los defectos que adolezcan las peticiones, ordenando que se subsanen de oficio o por el interesado.

* Disponer en cualquier momento la comparecía de los interesados o de sus apoderados para rendir explicaciones.

Facultades Disciplinarias (Art. 6 Regto.)

* Testar toda frase injuriosa o en términos ofensivos.

* Excluir de la audiencia a quienes la perturben.

* Llamar la atención o apercibir a los responsables.

* Aplicar multas autorizadas por la ley 19.549, así como las demás sanciones, incluso pecuniarias previstas por las normas vigentes.

* Separar a los apoderados por inconducta o por entorpecer el trámite, intimando al mandatario para que intervenga por sí o por nuevo apoderado bajo apercibimiento de suspender el procedimiento o continuarlo sin su intervención según corresponda.

Colaboración e/ Oficinas (Art. 14 Regto.)

Se los solicita directamente o por oficio. Las dependencias de la administración están obligadas a prestar su colaboración, cualquiera sea su situación jerárquica.

*Iniciación del Tramite - Expediente Administrativo

Procedimiento administrativo puede tener origen en:

- Actividad propia de la administración (FUNCIÓN).

- Presentación de los particulares. No es un "acto complejo", sino un "complejo de actos". El expediente será el conjunto de documentos y actuaciones ordenados cronológicamente que brindan información para el dictado de una resolución administrativa.

Identificación (Art. 7 Regto.)

La identificación con que se inicia un expediente será conservada a través de las actuaciones sucesivas, cualquier fuesen los organismos que intervengan en su trámite.

Carátula

Debe consignarse:

- Número asignado por el organismo que inició el trámite. Debe ser conservado no pudiendo ser alterado. Dicho número contiene además del año de iniciación y la sigla que identifica al organismo de origen.

- Identificación del organismo con responsabilidad primaria, encargado del trámite y el plazo para su resolución.

Compaginación y Foliatura (Art. 8 y 9 Regto.)

En cuerpos de 200 hojas, salvo cuando tal límite obligara a dividir escritos o documentos que constituyan un sólo texto.

En orden correlativo a su incorporación, incluso cuando se integran con más de un cuerpo del expediente. Las copias no se folian.

Anexos (Art. 10 y 11 Regto.)

Son documentos que sirven como antecedentes y que por su volumen y números no pueden ser incorporados al expediente, los que se compaginan y folian en forma independiente.

Cuando otro expediente se incorpora como prueba o para ser resuelto simultáneamente, no continúa la foliatura y únicamente se deja constancia del mismo y la cantidad de fojas que contienen.

Desgloses (Art. 12 y 13 Regto.)

Se solicita verbalmente y se lo desglosa bajo constancia.

Cuando un expediente se inicia con fojas desglosadas de otro, las mismas serán precedidas con una nota

...

Descargar como  txt (56.5 Kb)   pdf (123.9 Kb)   docx (55.4 Kb)  
Leer 32 páginas más »
Disponible sólo en Essays.club