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Derecho fiscal actividad 8

Enviado por   •  4 de Abril de 2018  •  2.361 Palabras (10 Páginas)  •  456 Visitas

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• Base Gravable: es el valor sobre el cual se aplica la tarifa del impuesto.

• Tarifa: Es el porcentaje establecido en la ley que aplicado a la base gravable determina la cuantía del tributo.

Artículos englobados

42, 43, 44, 47, 48, 49, 50 y 51 del Código Tributario

4.-¿QUÉ IMPLICACIONES TIENE EL DOMICILIO FISCAL Y CUÁL ES SU IMPORTANCIA?

Se considera domicilio fiscal:

I. Tratandose de personas fisicas:

A). Cuando realizan actividades empresariales, el local en que se encuentre el principal asiento de sus negocios.

B). Cuando no realicen las actividades señaladas en el inciso anterior, el local que utilicen para el desempeño de sus actividades.

C). Únicamente en los casos en que la persona fisica, que realice actividades señaladas en los incisos anteriores no cuente con un local, su casa habitacion. Para estos efectos, las autoridades fiscales haran del conocimiento del contribuyente en su casa habitacion, que cuenta con un plazo de cinco dias para acreditar que su domicilio corresponde a uno de los supuestos previstos en los incisos a) o b) de esta fraccion.

Siempre que los contribuyentes no hayan manifestado alguno de los domicilios citados en los incisos anteriores o no hayan sido localizados en los mismos, se considerara como domicilio el que hayan manifestado a las entidades financieras o a las sociedades cooperativas de ahorro y prestamo, cuando sean usuarios de los servicios que presten estas.

Ii. En el caso de personas morales:

A). Cuando sean residentes en el pais, el local en donde se encuentre la administracion principal del negocio.

B). Si se trata de establecimientos de personas morales residentes en el extranjero, dicho establecimiento; en el caso de varios establecimientos, el local en donde se encuentre la administracion principal del negocio en el pais, o en su defecto el que designen.

Cuando los contribuyentes no hayan designado un domicilio fiscal estando obligados a ello, o hubieran designado como domicilio fiscal un lugar distinto al que les corresponda de acuerdo con lo dispuesto en este mismo precepto o cuando hayan manifestado un domicilio ficticio, las autoridades fiscales podran practicar diligencias en cualquier lugar en el que realicen sus actividades o en el lugar que conforme a este articulo se considere su domicilio, indistintamente.

Articulo 27. En caso de cambio de domicilio fiscal deberan presentar el aviso correspondiente dentro de los diez dias siguientes al dia en el que tenga lugar dicho cambio, salvo que al contribuyente se le hayan iniciado facultades de comprobacion y no se le haya notificado la resolucion a que se refiere el articulo 50 de este codigo, en cuyo caso debera presentar el aviso previo a dicho cambio con cinco dias de anticipacion. La autoridad fiscal podra considerar como domicilio fiscal del contribuyente aquel en el que se verifique alguno de los supuestos establecidos en el articulo 10 de este codigo, cuando el manifestado en las solicitudes y avisos a que se refiere

este articulo no corresponda a alguno de los supuestos de dicho precepto.

5. ¿QUÉ PASA SI UN EMPLEADOR-PATRÓN NO RETIENE LOS IMPUESTOS A SUS TRABAJADORES?

El artículo 109 del Código Fiscal de la Federación señala que será sancionado con las mismas penas del delito de defraudación fiscal, quien:

II. Omita enterar a las autoridades fiscales, dentro del plazo que la ley establezca, las cantidades que por concepto de contribuciones hubiere retenido o recaudado.

En este artículo vuelve a mencionarse la obligación de enterar el impuesto retenido en el momento que se realicen los pagos de salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, considerándose incluso delito fiscal la omisión del pago del impuesto, es por lo cual la importancia de conocer el momento que se debe considerar como generado el ingreso.

Artículo 76 del Código Fiscal de la Federación

Cuando la comisión de una o varias infracciones origine la omisión total o parcial en el pago de contribuciones incluyendo las retenidas o recaudadas, excepto tratándose de contribuciones al comercio exterior, y sea descubierta por las autoridades fiscales mediante el ejercicio de sus facultades, se aplicara una multa del 55% al 75% de las contribuciones omitidas.

Cuando el infractor pague las contribuciones omitidas junto con sus accesorios después de que se inicie el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales y hasta antes de que se le notifique el acta final de la visita domiciliaria o el oficio de observaciones a que se refiere la fracción VI del artículo 48 de este Código, según sea el caso, se aplicara la multa establecida en el artículo 17, primer párrafo de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente.

Si el infractor paga las contribuciones omitidas junto con sus accesorios, después de que se notifique el acta final de la visita domiciliaria o el oficio de observaciones, según sea el caso, pero antes de la notificación de la resolución que determine el monto de las contribuciones omitidas, pagará la multa establecida en el artículo 17, segundo párrafo de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente.

Si las autoridades fiscales determinan contribuciones omitidas mayores que las consideradas por el contribuyente para calcular la multa en los términos del segundo y tercer párrafo de este artículo, aplicaran el porcentaje que corresponda en los términos del primer párrafo de este artículo sobre el remanente no pagado de las contribuciones.

El pago de las multas en los términos del segundo y tercer párrafo de este articulo, se podrán efectuar en forma total o parcial por el infractor in necesidad de que las autoridades dicten resolución al respecto, utilizando para ello las formas especiales que apruebe la Secretaria de Haciendo y Crédito Público.

Por lo anterior se concluye, que la obligación de retener las contribuciones al trabajador es del patrón y que esta retención se deberá enterar el impuesto en el momento del pago de la contraprestación no importa que se obtenga el ingreso por salarios y en general por la

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