Diplomado en Dirección del Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales Unidad V Análisis de texto.
Enviado por klimbo3445 • 26 de Abril de 2018 • 1.108 Palabras (5 Páginas) • 373 Visitas
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La persona del facilitador judicial, es electa por su comunidad, nombrado y juramentado por el Juez Local del municipio de su residencia, conforme las disposiciones del Reglamento del Servicio de Facilitadores Judiciales. Los facilitadores judiciales brindan sus servicios gratuitamente como auxiliares de la administración de justicia y son ejemplo de pacificación en su comunidad. Cada facilitador es electo a través de esta Asamblea Comunitaria; en ella los propios integrantes de cada comunidad eligen a través del voto directo a la persona de confianza para desempeñar esta función. Terminado este proceso y verificados los requisitos exigidos para ser facilitador, la Asamblea presenta al candidato a la Oficina del Sistema Nacional de Facilitadores Judiciales, para su designación formal por medio de resolución fundada y el posterior acto de juramento para la toma del cargo.
Los facilitadores no cumplen funciones jurisdiccionales; simplemente se alzan como un puente de comunicación entre los operadores de justicia y los miembros de su comunidad, sirviéndoles el Sistema como un instrumento para que los integrantes de las comunidades logren salir de su situación de exclusión social.
Constituye una red nacional de líderes comunitarios, quienes de manera voluntaria y de forma gratuita para los usuarios del servicio, trabajan para mejorar el acceso a la justicia,
Además de ello, cada facilitador desempeña un rol incomparable en la formación cívico-jurídica ciudadana, educando en derechos y, de este modo, sirviendo como una herramienta fundamental en la prevención de la conflictividad social y en el afianzamiento de la gobernabilidad democrática.
Son derechos del facilitador judicial, entre otros, los siguientes:
1. Obtener su acreditación por la Corte Suprema de Justicia, que le reconozca y autorice como facilitador judicial en su función como auxiliar de la administración de justicia.
2. Ser atendido oportunamente por el Juez Local del municipio, para evacuar consultas y recibir orientaciones legales.
3. No realizar ninguna gestión cuando se ponga en peligro su integridad, la vida o que atente contra la integridad y seguridad de su familia o de otras personas.
4. Solicitar colaboración del facilitador judicial más cercano para la ejecución y seguimiento de las mediaciones o acuerdo extrajudiciales dentro de su municipio, en los casos especiales contemplados en el Reglamento del Servicio de Facilitadores Judiciales.
Son deberes del facilitador judicial, entre otros, los siguientes:
1. Desarrollar sus funciones dentro de los límites que señalan las leyes, el ordenamiento jurídico y el Reglamento del Servicio de Facilitadores
2. Mantener comunicación fluida con los funcionarios que integran el sistema de justicia y autoridades o delegados municipales de las diversas instituciones.
3. Celebrar las mediaciones y acuerdos extrajudiciales
4. No efectuar cobro alguno a las personas usuarias por cualquiera de los servicios brindados en su calidad de facilitador judicial.
5. Orientar a las personas comparecientes los efectos que surte la mediación o acuerdos extrajudiciales celebrados por ellas y los trámites a seguir para su debido cumplimiento.
CONCLUSIÓN
A modo de comentario final, se concluye alguna propuestas a fin mejorar el manual, La sugerencia consiste específicamente en ampliar el marco normativo, fundamentando en bases legales como el código electoral o el código de Organización judicial de cada región. En cuanto al formato la sugerencia consiste en capitular por temas, por ejemplo: Artículo 1 o sección 1 “de la publicidad de la Asamblea”……………. Articulo 2 “del Escrutinio” etc.
Bibliografía
- Asamblea de selección de facilitadores judiciales. Programa Interamericano de Facilitadores Judiciales, Washington D.C. 23 de octubre de 2014. Actualizado 2016.
- http://www.diplomadooeapifj.org/dip_vi/tareas/editar.php
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