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EL CONTROL DE LA CONSTITUCIONALIDAD Y SU RELACION CON EL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURIDICA

Enviado por   •  28 de Septiembre de 2017  •  2.271 Palabras (10 Páginas)  •  662 Visitas

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El art 202 numeral dos de la constitución política, ahí establece que el tribunal constitucional tiene como función conocer en última y definitiva instancia las resoluciones denegatorias recaídas en procesos de amparo, habeas data, habeas corpus y acción de cumplimiento, esto tiene un significado muy importante en el tema de la interpretación porque tratándose de los derechos fundamentales lo que va a ser el juez ordinario que trabaja como juez constitucional es llevar a cabo la interpretación constitucional por lo tanto está haciendo un control de constitucionalidad, pero finalmente a quien se le otorga de la posibilidad de decir la última palabra en materia de interpretación es al tribunal constitucional

En el art 6 segundo párrafo del título preliminar del código procesal constitucional tiene una norma que constituye un límite a las facultades que pueda tener un juez cuando aplica el control difuso que dice que cuando una norma, es decir si la ley que se cuestiona de inconstitucional ha sido confirmada su inconstitucionalidad en un proceso de control normativo, un juez de cualquier materia no puede en un proceso de control concreto decir que esa norma es constitucional porque estaría yendo en contra de la interpretación que ha efectuado ya el tribunal constitucional

Así mismo el art 6to tercer párrafo título preliminar del código procesal constitucional establece que los jueces se encuentran vinculados por la interpretación que lleva a cabo el tribunal constitucional, pero que esa interpretación tiene que ser acorde a los principios y derechos que establece la constitución, entonces le va a dar al tribunal constitucional esta prevalencia.

El art 78 del código procesal constitucional que dice “La sentencia que declare la ilegalidad o inconstitucionalidad de la norma impugnada, declarará igualmente la de aquella otra a la que debe extenderse por conexión o consecuencia” es decir si se plantea una demanda de inconstitucionalidad en relación a una ley determinada y se determina también el reglamento de esa ley es inconstitucional también quedara sin efecto, como bien se sabe que la inconstitucionalidad de la ley se plantea ante el tribunal constitucional, pero la ilegalidad del reglamento se plantea ante el poder judicial y acción popular, por lo tanto esta es otra expresión de la potestad del tribunal constitucional

El art 80 del código procesal constitucional que dice “Los Jueces deben suspender el trámite de los procesos de acción popular sustentados en normas respecto de las cuales se ha planteado demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal, hasta que éste expida resolución definitiva.”, es decir que en este caso se está llevando a cabo un proceso de acción popular ante una sala especializada de cualquier corte superior del país y se plantea una demanda de inconstitucionalidad de la ley, en ese caso el juez debe suspender el trámite de la acción popular hasta que resuelva el tribunal constitucional porque es evidente que lo que resuelve el tribunal constitucional tendrá estrecha conexión con lo que se va a resolver en este proceso de acción popular.

EL CONTROL DE LA CONSTITUCIONALIDAD Y EL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURIDICA

Dicho lo anterior sobre el tema del control de la constitucionalidad, se puede afirmar que un estado está en la obligación de dar seguridad a toda su población, una de las maneras de dar seguridad constitucional es a través del control de la constitucionalidad.

Uno de los ejemplos de seguridad jurídica es que el Estado protege a la población garantizando sus derechos a través del control de la constitucionalidad ya que al hacer respetar a la constitución hace respetar también los derechos y principios que están contenidos dentro de este documento normativo y así garantizar estos derechos y evitar que estos sean vulnerados. Otro de los ejemplos es que garantiza que los jueces no sobrepasen de su poder y es por eso que los actores de un proceso pueden llegar a apelar y solicitar que su caso sea analizado por otro juez, de esta manera el estado lo que produce es que su población se sienta segura de la forma en que se aplica el derecho y las leyes. Otro ejemplo claro es que cuando un tribunal declara inconstitucional a una norma lo que se busca es que una norma o ley no pueda sobrepasar a la constitución donde están contenido la base total de todos los demás documentos normativos, ya que como bien sabemos todos los códigos de nuestro país son interpretados basándose en el contenido de la constitución, de esta manera se crea la seguridad jurídica y así garantiza lo más importante, los derechos de cada persona que pertenezca a un estado, es decir a nuestro país.

CONCLUSIONES

La constitución de 1979 estableció por primera vez un control de las decisiones judiciales por un órgano distinto al poder judicial, es decir por primera vez los jueces veían que otro órgano que no sea su corte suprema podía conocer de sus decisiones e inclusive dejarlas sin efecto a través de un amparo o de un habeas corpus contra resolución judicial, esto no había ocurrido antes de esa fecha por que no existía un órgano habilitado para llevar a cabo esa función.

Se efectuaron muchos cuestionamientos a la tarea del poder judicial y se acusaba de una escasa aplicación de un control difuso por parte de los jueces y es por eso que se dice que vamos a tener crear también otro órgano que sea capaz de llevar a cabo un control judicial de inconstitucionalidad que no se limite solo a casos concretos en serie ordinaria.

Otro cuestionamiento que se hace es que la interpretación que se llevaba a cabo en el poder judicial era una interpretación totalmente literal y formalista y que eso generaba desprotección de los derechos fundamentales por lo tanto se perdía la seguridad jurídica.

El tribunal constitucional a raíz de esto llega a adquirir mucho poder, y se crea en 1979 un tribunal de garantías constitucionales que cambia de nombre en 1993 como tribunal constitucional, estas instituciones muy jóvenes, muy recientes llegan a adquirir mucho poder, porque el poder judicial venía con todos estos cuestionamientos que se le hacían a la falta de aplicación de un control de constitucionalidad.

El poder judicial tiene la tarea de llevar a cabo la interpretación de las normas, pero que esa interpretación tiene que ser conforme a los postulados de la constitución, esto quiere decir que los jueces están obligados a llevar a cabo una interpretación que sea correcta que sea conforme a los postulados de la constitución, si esto no ocurre los ciudadanos puedes acudir a la jurisdicción constitucional, es decir

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