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EL INCIDENTE DE INCONFORMIDAD DE MEDIDA PROVISIONAL DE ALIMENTOS EN JUICIO DE CUSTODIA

Enviado por   •  24 de Octubre de 2017  •  4.052 Palabras (17 Páginas)  •  858 Visitas

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le estoy proporcionando a mis hijos una pensión alimenticia.

III.- Es por lo anterior que aceptando el derecho que mis hijos tienen vengo a ofrecer que sea el 25% el que se me descuente de mi sueldo, sobre sueldo y demás prestaciones, para que yo tenga a mi favor algo de lo poco que gano y con mucho esfuerzo y peligro como policía municipal. Porcentaje que en efectivo es la cantidad de $ 1, 059.25, como provisional y como definitiva.

Para acreditar mi dicho ofrezco los siguientes medios de

P R U E B A S

1.- LA CONFESIONAL a cargo de la C. MARIA ELISA CARDOZ BALAM actora en el presente juicio, quien deberá desahogar dando contestación al pliego de posiciones que se presente en sobre cerrado de manera insustituible, de forma personal y no por interpósita persona ni por representante legal, mismo que deberá notificársele y citarse en el domicilio que para tales efectos la misma ha señalado, con el apercibimiento que de no presentarse será declarada confesa de las posiciones que fueren calificadas de legales. Relaciono la presente prueba con todos y cada uno de los hechos del presente Incidente.

2.- LA TESTIMONIAL a cargo de la C. _________________ misma que deberá dar respuesta a las preguntas que se califiquen de legales y que se harán en la hora y fecha que se fije para el desahogo de la misma, quien tiene su domicilio ubicado en calle 68 S/N entre las calles 55 y 57 de la Colonia Juan Bautista Vega de esta ciudad y a quien me comprometo a presentar en la fecha y hora que se señale para tales efectos. Relaciono esta prueba con el Hechos 4 del presente escrito.

3.- LA DOCUMENTAL PUBLICA consistente en la copia simple del Convenio de fecha ______ celebrado entre el suscrito y la actora del presente juicio ante el Juez Calificador Municipal del H. Ayuntamiento de Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo. Relaciono la presente prueba con todos y cada uno de los hechos del presente Incidente.

4.- LA DOCUMENTAL PUBLICA consistente en la Copia Certificada que esta Autoridad solicite al Juez Calificador Municipal del H. Ayuntamiento de Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo, celebrado en fecha _______ celebrado entre el suscrito y la actora del presente juicio al el mencionado juez, misma que bajo palabra de decir verdad he solicitado al mismo y se me ha negado argumentando que es por eso que se me proporcionó ya una copia simple del mismo, la cual ya he mencionado en la prueba que antecede, manifestando que se otorgará a la autoridad Judicial si la solicita, como en su caso. Relaciono la presente prueba con todos y cada uno de los hechos del presente Incidente.

5.- LA DOCUMENTAL PRIVADA consistente en _____ recibos de pago por concepto de pensión alimenticia a favor de mis menores hijos, MANUEL YAHIR y VASTY ALEXA ambos de apellidos BALAM CARDOZ , correspondiente al periodo de la _______ quincena del mes de ______ a la _______ del mes de _______ de 2015. Prueba que relaciono con todos y cada uno de los HECHOS del presente Incidente de Inconformidad.

6.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES en todo lo que favorezca al suscrito. Relacionándola con todos y cada uno de los hechos del presente Incidente de Inconformidad para probar mis excepciones planteadas.

7.- LA PRESUNCIONAL en sus dos aspectos LEGAL y HUMANA en todo lo que favorezca al suscrito. Relacionándola con todos y cada uno de los hechos del presente Incidente de Inconformidad para probar mis excepciones planteadas.

D E R E C H O

Son aplicables a mi inconformidad los siguientes numerales 839; 845; 846; 849; 859; 990 bis y demás relativas del Código Civil vigente en la Entidad. En cuanto al procedimiento es el relativo a los numerales 85, 90; 256; 257; 304; 421 a 424 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos civiles de la Entidad.

Debe de tomarse en cuenta la proporcionalidad entre las posibilidades del deudor y la necesidad del acreedor alimentista

ALIMENTOS. PROPORCIONALIDAD DE LOS, CUANDO AMBOS DEUDORES TRABAJAN.

Si en el juicio de alimentos se acredita que los colitigantes, padres del acreedor alimentista, trabajan y obtiene ingresos, a ambos corresponde contribuir a la alimentación de este, como así lo disponen los artículos 164 y 303 del Código Civil; por tanto la fijación de la pensión hecha en contra del padre del menor, sin tomar en cuenta que la madre trabaja, resulta injusta e inequitativa, ya que en términos de lo establecido por el artículo 311 del citado ordenamiento, los alimentos deben ser proporcionales a las posibilidades del deudor alimentista y a las necesidades del acreedor alimentario, por lo que, el monto de los alimentos que cada uno de los obligados debe de proporcionar al hijo, deberá de fijarse de acuerdo con las posibilidades de cada uno de ellos y a las necesidades del menor, es decir tomando en cuenta el monto de su salario o ingresos, así como el valor de sus bienes, los que han de ser bastantes para cubrir la pensión alimenticia le corresponde al menor, pero atendiendo también a las propias necesidades del acreedor alimentista, sobre todo cuando vive separado de su acreedor alimentario, lo que obviamente ocasiona que sus necesidades sean mayores a las de éste, que vive con su madre, así como a los conceptos que se comprenden bajo la palabra alimentos, en los términos del artículo 308 del Código en cita.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 4693/95. Enrique Manuel Rojo Rajal. 14 de septiembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: José Rojas Aja. Secretario: enrique Ramírez Gámez.

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y Su Gaceta. Época: Novena Época. Tomo II, Octubre de 1995. Tesis: I.3º.C.57 C Página: 479. Tesis Aislada.

ALIMENTOS. SU PROPORCIONALIDAD CUANDO AMBOS DEUDORES TRABAJAN (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUERRERO).

De conformidad con el artículo 397 del Código Civil del Estado de Guerrero,

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